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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G35/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de setiembre de 2005 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G41/G54 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G64/G6F/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G54/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G53/G75/G62/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00000904 Lima, 25 de agosto de 2005CONSIDERANDO: Que, el Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales, CEATS, ha organizado las 1eras. Jornadas Técnicas: "La importancia de las ATS en elfinanciamiento de los presupuestos locales", las que tendrán lugar en la ciudad de Buenos Aires, Argentina, durante los días 8 y 9 de setiembre de 2005; Que, la citada organización tiene como misión fundamental la de proveer un foro permanente sobre tributación, en donde se promueva el intercambio deexperiencias, la colaboración mutua y la asistencia entre sus miembros, con el fin de fortalecer las herramientas referidas al cumplimiento voluntario de las obligacionestributarias de los contribuyentes, y de lucha contra el fraude, la evasión, la elusión y cualquier otra forma de incumplimiento de las obligaciones fiscales; Que, con fecha 3 de agosto de 2005, el Centro de Administraciones Tributarias Subnacionales, CEATS, remite vía electrónica, invitación a las Jornadas Técnicasmencionadas, a fin que representantes de la Institución participen con la presentación de una ponencia relacionada con las temáticas propuestas en elPrograma; Que, conforme a lo expuesto, resulta indispensable para el desarrollo de la Institución, autorizar el viaje a laciudad de Buenos Aires, Argentina, de los señores Miguel Ángel Montero Oneto y Lily Joanna Eyzaguirre Eyzaguirre, Jefe y Jefe Adjunto del Servicio de AdministraciónTributaria, SAT, respectivamente; a fin que participen en dichas jornadas; Que, de otro lado, la invitación del CEATS no cubre el costo de los pasajes, tarifas de aeropuerto, ni viáticos, por lo que estos conceptos se sujetarán a lo dispuesto en los artículos 5º y 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo dispuesto por el literal d) del artículo 6º del Edicto Nº 227, inciso c) del artículo 7º de la LeyNº 28427, Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047- 2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Miguel Angel Montero Oneto y Lily Joanna Eyzaguirre Eyzaguirre, Jefe y Jefe Adjunto del Servicio de Administración Tributaria, SAT, respectivamente, para losfines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Los gastos por concepto de viáticos, pasajes aéreos y tasas del aeropuerto serán cubiertos por el presupuesto institucional del Servicio de Administración Tributaria, de acuerdo al detalle siguiente: Sr. Miguel Ángel Montero Oneto PASAJES VIÁTICOS T ARIFAS USO US$ US$ AEROPUERTO US$ 301.20 600.00 28.24 Sra. Lily Joanna Eyzaguirre Eyzaguirre PASAJES VIÁTICOS T ARIFAS USO US$ US$ AEROPUERTO US$ 301.20 600.00 28.24Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los referidosfuncionarios deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo Cuarto.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de losfuncionarios cuyos viajes se autoriza. Regístrese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ÁNGEL MONTERO ONETO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 15106 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G2D /G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G67/G64/G61/G6C/G65/G6E/G61/G20/G64/G65/G6C /G4D/G61/G72 ORDENANZA Nº 218-MDMM Magdalena del Mar, 31 de agosto de 2005 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidadespromueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, en concordancia con el referido precepto constitucional los artículos 17º y 42º, literal g) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establecen que los gobiernos locales están obligados apromover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos y en la gestión pública y a garantizar ycanalizar el acceso de todos los ciudadanos a la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control,evaluación, rendición de cuentas y vigilancia, siendo de competencia exclusiva de las municipalidades aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación,concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal; Que, el numeral 5º del artículo 73º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades asumen competencias y ejercen las funciones específicas en materia de participaciónvecinal, debiendo promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local, y organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales desu jurisdicción; Que, mediante la Ordenanza Nº 170-MDMM la Municipalidad ha regulado el proceso de elección derepresentantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de Magdalena del Mar indicando en su artículo 3º que el CCL esta conformadopor el Alcalde, nueve (9) regidores, cuatro (4) representantes de las organizaciones de la sociedad civil;