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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (03/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 47

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G36/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 3 de setiembre de 2005 Segunda.- Todas las cuestiones no previstas serán resueltas por el Consejo de Coordinación Local Distrital,considerando la base legal del presente reglamento y demás normas sobre la materia. Regístrese, comuníquese, publíquese. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 15194 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G45/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G2D /G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G61/G67/G64/G61/G6C/G65/G6E/G61/G20/G64/G65/G6C /G4D/G61/G72 ORDENANZA Nº 219-MDMM Magdalena del Mar, 31 de agosto de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria de fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, su artículo 197º establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan laparticipación vecinal en el desarrollo local; Que, mediante la Ley Nº 27783 se aprobó la Ley de Bases de la Descentralización estableciendo en elnumeral 1 de su artículo 17º que los gobiernos locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planesde desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública; Que, el literal g) del artículo 42º de la precitada ley expresa que es competencia exclusiva de lasmunicipalidades, aprobar y facilitar los mecanismos y espacios de participación, concertación y fiscalización de la comunidad en la gestión municipal; Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 53º que las municipalidades se rigen por presupuestos participativosanuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes dedesarrollo concertados de su jurisdicción; Que, conforme a lo establecido en la décimo sexta disposición complementaria de la mencionada LeyOrgánica, las municipalidades regularán mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su reglamento aprobado mediante el D.S. Nº 171-2003-EF, establecen disposiciones que promuevenla efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de elaboración del presupuesto participativo, que se desarrolla en armonía con los planes de desarrolloconcertado; Que, la primera disposición final del D.S. Nº 171-2003- EF prescribe que los gobiernos locales preparan y emitendisposiciones complementarias a lo dispuesto en dicha norma y a las directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 006-2005- EF/76.01 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de febrero de 2005 se aprobó el Instructivo Nº 001-2005-EF/76.01, el cual establece los lineamientos para la elaboración del presupuesto participativo de los gobiernos locales y mejorar su gestión institucional en el marco delpresupuesto 2006;De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, LeyOrgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- La presente Ordenanza institucionaliza el Proceso de Presupuesto Participativo como mecanismo de gestión que conduce a la construcción de unaciudadanía plena dentro de un proceso de participación y concertación local para el logro del desarrollo sustentable del distrito. Artículo 2º.- Se considera Proceso de Presupuesto Participativo al conjunto de acciones tendientes a la planificación, formulación, validación del Plan Integral deDesarrollo Concertado y Presupuesto Participativo, con la intervención de los ciudadanos y de sus organizaciones sociales, instituciones públicas y privadas, las cualesdeberán participar en dicho proceso de acuerdo a las normas legales vigentes y a la presente ordenanza. Artículo 3º.- La Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar promueve y facilita el proceso de ejecución del Presupuesto Participativo con el propósito de: a) Formalizar la participación y aportes de los ciudadanos y de sus organizaciones sociales en el distrito. b) Movilizar recursos y medios locales para concretar progresivamente, los objetivos del Plan Integral de Desarrollo. c) Promover y facilitar la construcción de un sistema de participación y gestión local. TÍTULO II OBJETIVOS Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo 4º.- La presente ordenanza tiene por objetivo regular los mecanismos y procedimientos para la conformación del Equipo Técnico, convocatoria,identificación, registro y capacitación de los agentes participantes, las fases, cronograma y desarrollo del proceso de programación del presupuesto participativoen el distrito de Magdalena del Mar. Artículo 5º.- Para efectos de la presente ordenanza se tomará en consideración las definiciones establecidasen el artículo 1º del D.S. Nº 171-2003-EF - Reglamento de la Ley de Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056. Artículo 6º.- La aplicación de la presente Ordenanza y del Proceso de Presupuesto Participativo comprende el ámbito geográfico del distrito de Magdalena del Mar y es complementaria a las disposiciones establecidas enla Ley Nº 28056, D.S. Nº 171-2003-EF, y el Instructivo Nº 001-2005-EF/76.01 aprobado por la Resolución Directoral Nº 006-2005-EF/76.01 en lo que corresponda. TÍTULO III DESARROLLO DEL PROCESO PARTICIPATIVO CAPÍTULO 1 FASES Artículo 7º.- El proceso de Presupuesto Participativo se ejecutará por fases conforme al siguiente esquema de trabajo: - Preparación del Proceso. - Convocatoria Pública.- Identificación e inscripción de agentes participantes en el Proceso. - Capacitación de agentes participantes.- Talleres de Trabajo. - Evaluación Técnica. - Formalización de Acuerdos.- Rendición de cuentas.