Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2005 (09/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 9 de setiembre de 2005 RESOLUCION JEFATURAL Nº 857-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 17 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

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VISTO: los Informes Nºs. 283 y 287-2005-GP/SGP/ RENIEC y el Informe Nº 891-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 3 de agosto del 2005. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo MORDAZA que cuenta con personeria de derecho publico interno, que esta encargada de organizar y mantener el registro unico de identificacion de las personas naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; tales como registrar los nacimiento, matrimonios, divorcios, defunciones y demas actos que modifiquen el estado civil de las personas; Que, la Subgerencia de Procesamiento del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su permanente labor de investigacion, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MARIVEL MORDAZA MORDAZA, en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones, se presentaron ante el Registro a solicitar tramites de inscripcion, para lo cual adjuntaron como documentos sustentatorios sendas Partidas de Nacimiento, expedida supuestamente por funcionario competente; Que, luego de la verificacion realizada en cada caso, por la Unidad de Investigaciones de la Subgerencia de Procesamiento, se ha concluido que las Partidas de Nacimiento ofrecidas como sustentos para los tramites de inscripcion son falsas, por cuanto se ha evidenciado que no fueron expedidas por las oficinas de registros civiles correspondiente; Que, si bien se ha procedido administrativamente, esto es, desaprobar la propuesta registral de inscripcion, los hechos MORDAZA descritos constituyen indicio suficiente de la comision de presunto delito contra la Fe Publica en las modalidades de Falsificacion de Documentos y Falsedad Ideologica, previstos y sancionados en los articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente, dado que no solo se ha insertado datos falsos, sino que ademas se ha hecho uso de un documento falso, como si fuera verdadero, afectando la seguridad y funcionabilidad del registro; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica y en atencion al considerando precedente, resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MARIVEL MORDAZA MORDAZA y contra los que resulten responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MARIVEL MORDAZA MORDAZA y contra los que resulten responsables, por presunto delito Contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsificacion de Documentos y Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 15402

Delegan y ratifican a funcionarios y servidores para efectuar la labor de autenticacion de firmas de Registradores del Estado Civil en copias certificadas y constancias para uso en el exterior
RESOLUCION JEFATURAL Nº 917-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 7 de setiembre de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 793-2005-GO/RENIEC, emitido por la Gerencia de Operaciones y el Informe Nº 285-2005-GAJ/ RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, asi como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, conforme a lo dispuesto por Resolucion Jefatural Nº 001-99-JEF/RENIEC del 4 de enero de 1999, las certificaciones de Actas de nacimiento, matrimonio o defunciones que expide el RENIEC, a traves de las Oficinas del Registro de Estado Civil requieren para su uso en el exterior la MORDAZA de verificacion de la firma del funcionario que las expidio; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 263-2004-JEF/ RENIEC modificada a traves de la Resolucion Jefatural Nº 770-2004-JEF/RENIEC, se designo a las personas que desempenarian la labor de autenticacion de firmas de Registradores Civiles para uso en el exterior, circunscribiendolos a una agencia determinada dentro de sus respectivas Jefaturas Regionales de MORDAZA, MORDAZA, Iquitos, MORDAZA y Puno; Que, segun Oficio Nº 793-2005-GO/RENIEC de la Gerencia de Operaciones se informa que habiendose incrementado la demanda por el servicio indicado resulta necesaria su ampliacion a las sedes de las Jefaturas Regionales MORDAZA, MORDAZA y Huancayo, para lo cual resulta imprescindible el nombramiento del personal que se encargara de dicha labor. Por la misma razon, se informo la necesidad de nombrar a nueve servidores adicionales para ejercer dicha funcion en la circunscripcion de la Jefatura Regional Lima; Que, asimismo, la Gerencia de Operaciones informa la necesidad que la designacion de los funcionarios y servidores para la labor de autenticacion de firmas de Registradores Civiles para uso en el exterior no se circunscriba a una agencia determinada sino que la funcion pueda ser ejercida a nivel de la circunscripcion territorial de la Jefatura Regional para las cuales fueran nombrados; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 699-2005-JEF/ RENIEC del 17 de junio del 2005 se dio por concluida la designacion del senor abogado MORDAZA MORDAZA Balarezo MORDAZA en el cargo de confianza de Jefe Regional MORDAZA de la Gerencia de Operaciones, encargandose en su reemplazo al senor MORDAZA MORDAZA Belleza en forma provisional; Que, a traves de la Resolucion Jefatural Nº 810-2005JEF/RENIEC de fecha 27 de MORDAZA del 2005 se establece que a partir del 4 de agosto del 2005 se da por concluido el encargo conferido al senor MORDAZA MORDAZA Belleza en el cargo de confianza de Jefe Regional MORDAZA de la Gerencia de Operaciones, nombrandose en su reemplazo al Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a partir del 4 de agosto del 2005, confirmandose lo dispuesto en la Resolucion Jefatural Nº 786-2005-JEF/ RENIEC; Que, a fin de reorganizar la estructura operativa de la Gerencia mencionada en lo que respecta a la labor de autenticaciones en la MORDAZA de MORDAZA resulta conveniente modificar la designacion de las personas responsables de dicha funcion efectuada mediante Resolucion Jefatural Nº 770-2004-JEF/RENIEC del 23 de noviembre del 2004;

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