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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (09/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G39/G32/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de setiembre de 2005 Que, en consecuencia resulta necesario designar al representante de la SUNAT en la mencionada Comisión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 y al artículo 7º de la Resolución Ministerial Nº 282-2005-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Carlos Drago Llanos como representante de la SUNAT en la ComisiónMultisectorial a la que se refiere la Resolución Ministerial Nº 282-2005-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 15499 EDUCACIÓN /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G65/G6E/G20/G65/G78/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/GE1/G63/G74/G65/G72/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2005-ED Lima, 8 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio "RE" (SPC-CLT) 1-2-A(03), del 12 de abril de 2005, el Subsecretario de Política CulturalExterior del Ministerio de Relaciones Exteriores informa el interés de la Primera Dama de los Estados Unidos de América en llevar a cabo la Exposición "Divina y Humana:La Mujer en el Perú y México Antiguos", en el National Museum of Women in the Arts, de la ciudad de Washington D.C.; Que, asimismo, con Oficio Nº 724-2005/ME-SG, la Secretaría General del Ministerio de Educación, da respuesta al citado Oficio, manifestando la disposicióndel Sector en llevar a cabo la Exposición "Divina y Humana: La Mujer en el Perú y México Antiguos", en el National Museum of Women in the Arts; Que, a fin de concretar el referido proyecto, el mismo que permitirá difundir en otros países la riqueza cultural de Perú y México respectivamente, resulta necesario lacoordinación y gestión de acciones que permitan viabilizar la realización de la referida muestra cultural en el National Museum of Women in the Arts; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Dr. Pedro Patrón Bedoya, Secretario General del Ministerio de Educación, y de la señora Bertha Vargas Vargas, Comisaria de laExposición Binacional "Divina y Humana: La Mujer en el Perú y México Antiguos", a la ciudad de Washington D.C., del 12 al 17 de septiembre de 2005, para los fines a losque se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán sufragados con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1,440.76 Viáticos : US$ 2,640.00 Tarifa CORPAC : US$ 56.48 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios cuyoviaje se autoriza, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.Artículo 4º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos ni derechos aduaneros de ninguna clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 15546 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61 /G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0556-2005-ED Lima, 5 de setiembre de 2005 Vistos, el Oficio Nº 2026-2005-PP/ED del Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación, el Expediente Nº 46341-2005 y demás actuados; CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 2026-2005-PP/ED el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales delMinisterio de Educación solicita se emita la Resolución Ministerial Autoritativa que le permita interponer las acciones judiciales pertinentes contra los responsablesque aparecen en el Informe Especial Nº 005-2005-2-0190, por la presunta comisión del delito contra la Administración Pública en las modalidades de Omisión de ActosFuncionales, Colusión en grado de tentativa y Negociación Incompatible o Aprovechamiento Indebido del Cargo, ilícitos penales previstos y sancionados en los artículos377º, 384º y 399º, respectivamente, del Código Penal; Que, dicha solicitud se fundamenta en las responsabilidades determinadas en el Informe EspecialNº 005-2005-2-0190, emitido por el Órgano de Control Institucional del Ministerio de Educación, en base a las facultades constitucionales y legales atribuidas al SistemaNacional de Control; Que, el precitado Informe Especial precisa que existen indicios razonables de la presunta comisión del delitocontra la Administración Pública en las modalidades de Omisión de Actos Funcionales, Colusión en grado de tentativa y Negociación Incompatible o AprovechamientoIndebido del Cargo, en detrimento de los intereses del Estado Peruano, ilícitos contenidos en los artículos 377º, 384º y 399º, respectivamente, del Código Penal; Que, el literal "f" del artículo 15º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República Nº 27785 establece que esatribución del Sistema Nacional de Control "el emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los Informes respectivos con el debido sustento técnico ylegal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que sean recomendadas en dichos informes" ; Que, el artículo 11º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República Nº 27785 dispone que "cuando en el Informe (de Control) respectivo se identifiquen responsabilidades, sean éstas de naturaleza administrativa funcional, civil o penal, las autoridades institucionales y aquellascompetentes de acuerdo a Ley, adoptarán inmediatamente las acciones para el deslinde de la responsabilidad administrativa funcional y aplicación dela respectiva sanción, e iniciarán, ante el fuero respectivo, aquellas de orden legal que consecuentemente correspondan a la responsabilidad señalada" ;