NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (09/09/2005)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 24
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G39/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de setiembre de 2005 k) Coordinar con la Dirección de Programación y Evaluación e implementar progresivamente losprocedimientos y aplicativos informáticos necesarios parael mejor registro y procesamiento oportuno de lainformación presupuestaria de los Gobiernos Locales. l) Las demás funciones que le asigne el Director Nacional. DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL TESORO PÚBLICO Artículo 108º.- La Dirección Nacional del Tesoro Público es el órgano de línea del Ministerio de Economía y Finanzas, encargado de centralizar la disponibilidad delos fondos públicos, programar y autorizar los pagos y elmovimiento de fondos con cargo a sus cuentas bancarias,en función al Presupuesto de Caja del Gobierno Nacional,así como custodiar los valores del Tesoro Público. Como órgano rector del Sistema Nacional de Tesorería, dicta las normas y establece los procedimientos relacionadoscon su ámbito. Depende directamente del Viceministrode Hacienda. Artículo 109º.- Son funciones de la Dirección Nacional del Tesoro Público: a) Proponer la política y dictar normas para regular el manejo de los fondos públicos como Órgano rector delSistema Nacional de Tesorería, coordinando los aspectosde política fiscal del movimiento efectivo de los fondospúblicos. b) Aprobar y administrar el Presupuesto de Caja del Gobierno Nacional y la Posición de Caja de la Dirección Nacional del Tesoro Público. c) Centralizar la recaudación y efectuar la distribución de los fondos que administra y registra la DirecciónNacional del Tesoro Público; atender toda devolución oextorno con sujeción a la legislación vigente. d) Establecer las condiciones para el diseño, desarrollo e implementación de mecanismos o instrumentosoperativos orientados a optimizar la gestión del SistemaNacional de Tesorería. e) Autorizar, a través del SIAF-SP, las operaciones de pagaduría con cargo a los fondos que administra y registra. f) Custodiar valores del Tesoro o participación del Estado, así como todo documento que signifiqueacreencia a favor del Tesoro Público, coordinando sucorrespondiente reembolso o recuperación. g) Autorizar la apertura de cuentas y subcuentas bancarias de los organismos conformantes del Sistema Nacional de Tesorería. h) Presentar los estados financieros, el Estado de Tesorería e información estadística sobre las operacionesdel Sistema Nacional de Tesorería. i) Autorizar la emisión y colocación de instrumentos de financiamiento de corto plazo. j) Ejercer la supervisión técnica y evaluar la Gestión de Tesorería de las Unidades Ejecutoras o dependenciasequivalentes. k) Elaborar y difundir información estadística sobre la ejecución de ingresos y egresos de los fondos públicos. Artículo 110º.- La Dirección Nacional del Tesoro Público cuenta con los órganos siguientes: - Despacho de la Dirección Nacional. - Oficina de Contabilidad. - Dirección de Normatividad. - Dirección de Programación.- Dirección de Ingresos.- Dirección de Ejecución de Egresos. Artículo 111º.- Son funciones del Despacho de la Dirección Nacional: a) Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar el cumplimiento de la misión y funciones de la DirecciónNacional del Tesoro Público asignadas en el presenteReglamento y en normas y disposiciones especiales. b) Asesorar a la Alta Dirección en asuntos propios de su competencia.c) Participar en las coordinaciones y formulación de la política del movimiento efectivo de fondos fiscales. d) Proponer la política del Sistema Nacional de Tesorería. e) Aprobar las directivas, instructivos y normatividad en general orientadas al funcionamiento y aplicación del Sistema Nacional de Tesorería. f) Las demás funciones que le asigne el Vice-Ministro de Hacienda. Artículo 112º.- Son funciones de la Oficina de Contabilidad: a) Contabilizar las operaciones del estado y movimiento de fondos. b) Preparar estados financieros e informes de la gestión financiera de la Dirección Nacional del TesoroPúblico. c) Las demás funciones que le asigne el Director Nacional. Artículo 113º.- Son funciones de la Dirección de Normatividad: a) Proyectar normas y dispositivos respecto al Sistema Nacional de Tesorería y sobre otros asuntos relacionadoscon la gestión de la Dirección Nacional del Tesoro Público. b) Realizar estudios e investigaciones respecto de la gestión financiera en los diversos organismos del Estadocon especial énfasis en la administración de los fondos que administra y registra la Dirección Nacional del Tesoro Público c) Absolver las consultas y proponer los pronunciamientos oficiales respecto de asuntosrelacionados con el Sistema. d) Conducir las coordinaciones orientadas a establecer e implementar mecanismos o instrumentos operativos orientados a modernizar y optimizar la gestión del SistemaNacional de Tesorería. e) Las demás funciones que le asigne el Director Nacional. Artículo 114º.- Son funciones de la Dirección de Programación: a) Elaborar el Presupuesto Mensual de Caja del Gobierno Nacional y determinar la Posición de Caja de laDirección Nacional del Tesoro Público. b) Evaluar la ejecución del Presupuesto Mensual de Caja del Gobierno Nacional y el comportamiento de laPosición de Caja del Tesoro Público, elaborandopropuestas para la obtención de financiamientoestacional. c) Recolectar, procesar e interpretar información estadística sobre el Sistema Nacional de Tesorería. d) Proponer normas y acciones de política orientadas a una adecuada programación y ejecución de los egresose ingresos que administra y registra la Dirección Nacionaldel Tesoro Público. e) Las demás funciones que le asigne el Director Nacional. Artículo 115º.- Son funciones de la Dirección de Ingresos: a) Mantener el registro y seguimiento de los ingresos que administra y registra la Dirección Nacional del Tesoro Público así como las acreencias y/o participaciones afavor del Tesoro Público, coordinando con los organismosadministradores y recaudadores su acreditaciónoportuna. b) Efectuar todo tipo de operaciones bancarias y de tesorería con cargo a las cuentas de la Dirección Nacional del Tesoro Público en el proceso de ejecución financieray atender las devoluciones de fondos y extornos que seautoricen de acuerdo a Ley. c) Participar en la formulación del Presupuesto de Caja del Gobierno Nacional, teniendo en cuenta la información de los Organismos Acotadores y Recaudadores, y demás operaciones de ingresos.