Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2005 (09/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, viernes 9 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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e) Dirigir y evaluar la actividad de la contabilidad del Sector Publico, de conformidad con los dispositivos legales vigentes. f) Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de los organos de la Direccion Nacional de Contabilidad Publica. g) Proponer al Comite de Coordinacion de la Administracion Financiera del Sector Publico aquellos aspectos de su competencia, asi como atender sus requerimientos. h) Presentar a la Contraloria General de la Republica la Cuenta General de La Republica en el plazo establecido por Ley. i) Representar a la Direccion Nacional de Contabilidad Publica ante los demas Organos Rectores de la Administracion Financiera y los Organismos del Sector Publico. j) Las demas funciones que le asigne el Viceministro de Hacienda. Articulo 130º.- Son funciones del Consejo Normativo de Contabilidad: a) Estudiar, analizar y opinar sobre las propuestas de normas relativas a la contabilidad. b) Emitir las normas de contabilidad para las entidades del Sector Privado. c) Absolver consultas presentadas por la Direccion Nacional de Contabilidad Publica. d) Oficializar las normas internacionales de contabilidad a aplicarse en el Sector Privado. Articulo 131º.- Son funciones de la Direccion de Normatividad: a) Proponer normas y procedimientos de caracter contable que permitan uniformizar la contabilidad en el pais. b) Planear, dirigir y evaluar el desarrollo y perfeccionamiento de la contabilidad. c) Efectuar el estudio e investigacion comparados, sobre la aplicacion de las normas y procedimientos contables, acorde con las exigencias de armonizacion contable. d) Planear y desarrollar actividades de capacitacion, asi como difundir las publicaciones en materia contable. e) Absolver las consultas relacionadas con la normatividad contable que disponga la Direccion Nacional. f) Efectuar coordinaciones en el ambito de su competencia con los Organos Rectores que integran la Administracion Financiera, asi como con los organismos del Sector Publico. g) Evaluar la aplicacion de las normas y procedimientos contables en los organismos del Sector Publico. h) Las demas funciones que le asigne el Director Nacional. Articulo 132º.- Son funciones de la Direccion de Gobierno Nacional y de Gobierno Regional: a) Proponer la forma y los terminos en que los pliegos conformantes del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional deberan presentar la rendicion de cuentas sobre la informacion financiera y presupuestaria y de otra indole, para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica. b) Analizar y verificar el MORDAZA presupuestario de los pliegos conformantes del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional. c) Recopilar y verificar la informacion financiera, presupuestaria y complementaria de las rendiciones de cuenta de los pliegos confortantes del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional. d) Analizar, evaluar y validar la informacion financiera, presupuestaria y complementaria de los pliegos confortantes del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional. e) Elaborar e integrar los estados financieros, presupuestarios e informacion complementaria, a nivel de Gobierno Nacional y de Gobierno Regional.

f) Las demas funciones que le asigne el Director Nacional. Articulo 133º.- Son funciones de la Direccion de Gobiernos Locales y de Sociedades de Beneficencia Publica: a) Proponer la forma y los terminos en que los pliegos conformantes de los Gobiernos Locales y las Sociedades de Beneficencia Publica, deberan presentar la rendicion de cuentas sobre la informacion financiera y presupuestaria y de otra indole, para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica. b) Analizar y verificar el MORDAZA presupuestario de los Pliegos conformantes de los Gobiernos Locales y las Sociedades de Beneficencia Publica. c) Recopilar y verificar la informacion financiera y presupuestaria de los pliegos conformantes de los Gobiernos Locales y las Sociedades de Beneficencia Publica. d) Analizar, evaluar y validar la informacion financiera, presupuestaria y complementaria de las rendiciones de cuenta de los pliegos conformantes de los Gobiernos Locales y las Sociedades de Beneficencia Publica. e) Elaborar e integrar los estados financieros, presupuestarios e informacion complementaria a nivel de los Gobiernos Locales y de las Sociedades de Beneficencia Publica. f) Las demas funciones que le asigne el Director Nacional. Articulo 134º.- Son funciones de la Direccion de Empresas Publicas: a) Proponer la forma y los terminos en que las Empresas Publicas deberan presentar la rendicion de cuentas sobre la informacion financiera y presupuestaria y de otra indole, para la elaboracion de la Cuenta General de la Republica. b) Analizar y verificar el MORDAZA presupuestario de las Empresas Publicas. c) Recopilar y verificar la informacion financiera y presupuestaria de las Empresas Publicas. d) Analizar, evaluar y validar la informacion financiera, presupuestaria y complementaria de las Empresas Publicas. e) Elaborar e integrar los Estados Financieros, Presupuestarios e informacion complementaria por nivel de Empresas Publicas. f) Las demas funciones que le asigne el Director Nacional. Articulo 135º.- Son funciones de la Direccion de Analisis, Consolidacion y Estadistica: a) Dirigir, coordinar y efectuar la integracion y consolidacion de la informacion financiera, presupuestaria y complementaria de los diversos niveles de Gobierno, Sociedades de Beneficencia Publica y Empresas Publicas, para conformar la Cuenta General de la Republica. b) Elaborar el informe sobre las entidades omisas en las rendiciones de cuentas para su inclusion en la Cuenta General de la Republica. c) Analizar el comportamiento de la informacion financiera y presupuestaria consolidada del Sector Publico. d) Elaborar los estados financieros y presupuestarios consolidados del Sector Publico. e) Incluir en la Cuenta General de la Republica la informacion sobre los aspectos relacionados al desenvolvimiento de la economia asi como las estadisticas del comportamiento de los tributos, Estado de Tesoreria y Estado de la Deuda Publica y los Informes de Gasto Social, Inversion Publica y Privatizacion. f) Formular series estadisticas periodicas de la informacion financiera y presupuestaria. g) Difundir la Cuenta General de la Republica. h) Las demas funciones que le asigne el Director Nacional.

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