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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (09/09/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G39/G39/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 9 de setiembre de 2005 /G41/G63/G65/G70/G74/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G75/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G4A/G75/G65/G7A/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G7A /G4C/G65/G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G6D/G61/G6E/G74/GED/G2C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G64/G65/G6C/G20/G43/G75/G73/G63/G6F RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 169-2005-CE-PJ Lima, 23 de agosto del 2005 VISTOS:El Oficio Nº 2733-2005-P-CSJCU-PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco, y la solicitud de renuncia presentada por la Magistrada Dunia Victoria Terrazas Gonzales, con certificación defirma ante el Secretario General de la citada CorteSuperior de Justicia; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Cusco eleva a este Órgano de Gobierno la solicitudpresentada por la Magistrada Dunia Victoria TerrazasGonzales mediante la cual formula renuncia por razonespersonales, de salud y profesionales al cargo de Juez dePaz Letrado de Camantí, para la que fue nombrada mediante Resolución Nº 349-2005-CNM, expedida por Consejo Nacional de la Magistratura con fecha 9 defebrero del 2005; Que, el cargo de magistrado termina entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conformelo establece el artículo 245º inciso 3), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; Que, en tal sentido, y sin perjuicio de lo dispuesto en la norma antes acotada, la aceptación de la renunciaformulada por la recurrente no implica en modo algunoexoneración de responsabilidad por cualquier hechomateria de investigación que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como magistrada del Distrito Judicial del Cusco; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión extraordinaria de la fecha,sin la intervención del señor Presidente de este Órganode Gobierno y del señor Consejero Luis Alberto Mena Núñez, por encontrarse de licencia y por motivos de salud, respectivamente, por unanimidad; RESUELVE:Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la Magistrada Dunia Victoria Terrazas Gonzales al cargo de Juez de Paz Letrado de Camantí, comprensióndel Distrito Judicial del Cusco; sin perjuicio de loexpuesto en el tercer considerando de la presenteresolución. Artículo Segundo.- Solicitar al Consejo Nacional de la Magistratura la convocatoria al concurso público respectivo, por haberse producido una vacante de Juezde Paz Letrado de Camantí, comprensión del DistritoJudicial del Cusco. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, a la Presidencia de la Corte Superiorde Justicia del Cusco, a la Gerencia General del PoderJudicial y a la interesada, para su conocimiento y finesconsiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS.ANTONIO PAJARES PAREDES JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN JOSÉ DONAIRES CUBAWÁLTER COTRINA MIÑANO 15480/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G4D/G61/G72/G63/G6F/G20/G54/G72/G69/G70/G61/G72/G74/G69/G74/G6F/G20/G64/G65 /G43/G61/G70/G61/G63/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G50/G6F/G64/G65/G72/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G2C/G20/G65/G6C/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G6C/G6F/G72/GED/G61/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 171-2005-CE-PJ Lima, 1 de setiembre del 2005 VISTO: El Oficio Nº 1628-2005-CG/DC, cursado por el Contralor General de la República; y, CONSIDERANDO: Que, se remite a este Órgano de Gobierno para su aprobación el proyecto de Convenio Marco Tripartito deCapacitación a celebrarse entre el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Contraloría General de la República a efectos de establecer el marco de cooperación y decoordinación entre las tres instituciones que permita llevar a cabo programas de capacitación sobre control gubernamental; Que, dicha propuesta ha sido presentada con ocasión del Contrato de Préstamo Nº 1591/OC-PE suscrito con fecha 28 de febrero del presente año entre la Repúblicadel Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo, con el propósito de ejecutar el Proyecto de Modernización de la Contraloría General de la República y deDesconcentración del Sistema Nacional de Control, cuyo Componente III "Coordinación Interinstitucional, Promoción de Probidad y Atención de Denuncias", yespecíficamente el subcomponente de coordinación interinstitucional, entre otros aspectos, prevé la promoción de mecanismos de coordinación y capacitación conjuntaentre la Contraloría General de la República, el Poder Judicial y el Ministerio Público; Que, dentro de este contexto, se ha propuesto la celebración del mencionado Convenio de Cooperación Interinstitucional, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo de actividades de capacitacióncorrespondientes precisamente a la ejecución del aludido componente III "Promoción de Probidad, Coordinación Interinstitucional y Atención de Denuncias"Subcomponente "Coordinación Interinstitucional" del Proyecto Modernización de la Contraloría General de la República y Desconcentración del Sistema Nacional deControl; para lo cual dentro del marco del citado Convenio se elaborarán en forma conjunta los respectivos Programas de Capacitación en los que sedefinirán tanto los perfiles y competencias a ser alcanzados por los diferentes participantes, como la implementación de soportes y materiales de difusión,desarrollo y difusión de material didáctico relacionado con las actividades y responsabilidades propias de cada una de las partes; así como entrenamiento especializadoa los distintos actores del Poder Judicial, Ministerio Público y Contraloría General de la República, y que se llevarán a cabo a través de cursos y otras modalidadesde capacitación; Que, siendo así, la celebración del Convenio Marco Tripartito de Capacitación entre el Poder Judicial, elMinisterio Público y la Contraloría General de la República, resulta de particular transcendencia, y en consecuencia es conveniente su aprobación a fin de iniciar en el másbreve plazo su implementación y ejecución; Que, asimismo, es menester precisar que el plazo de vigencia del presente Convenio Marco Tripartito deCooperación Interinstitucional será por el período de duración de las actividades de capacitación del Componente III "Promoción de Probidad, CoordinaciónInterinstitucional y Atención de Denuncias", Subcomponente "Coordinación Interinstitucional" del Proyecto de modernización de la Contraloría General dela República y Desconcentración del Sistema Nacional de Control antes mencionado, y regirá a partir de la fecha de su suscripción; de igual modo, se establece que cadauna de las tres instituciones designará a su representante a efectos de que asuman la responsabilidad de la coordinación y facilitación de la ejecución de los acuerdosplasmados en el Convenio;