Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2005 (09/09/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 9 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Pag. 299927

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; dispositivo legal que fue MORDAZA en su vigencia por ciento ochenta (180) dias calendario mediante Decreto de Urgencia Nº 0072005, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de marzo de 2005; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designo como Administrador del Fondo a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 010-2004 dispone, que es obligacion del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periodicamente, en los plazos que establezca el Reglamento, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, el articulo 6º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF preve que el Administrador del Fondo debera publicar por lo menos una vez cada mes en el Diario Oficial El Peruano las mencionadas Bandas de Precios; Que, con fecha 6 de setiembre de 2005 se publico en el Diario Oficial El Peruano, la MORDAZA actualizacion de las Bandas de Precios para todos los Productos; Que, en sesion realizada el 7 de setiembre de 2005, la Comision Consultiva ha emitido opinion favorable a fin de actualizar la Banda de Precios para el Diesel 2; Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF que aprueba las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, asi como del Decreto de Urgencia Nº 007-2005 que amplia el plazo de vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Actualizar la Banda de Precio para el Diesel 2. PRODUCTOS Soles por Galon DIESEL 2 LIMITE SUPERIOR 7,10 LIMITE INFERIOR 7,00

INTERIOR
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1932-2005-IN/1701 MORDAZA, 16 de agosto del 2005 VISTO: el Acta de Sesion de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Organos no Policiales) de fecha 6JUN2005, designada por Resolucion Ministerial N° 1125-2005-IN/ 0901 del 19MAY05 relacionada con la instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex Directores Generales de la Oficina General de Administracion, ex Directores de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion y ex Directores de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior; CONSIDERANDO: Que, con el Informe N° 2942-2005-IN-02-04 emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior recomienda abrir MORDAZA Administrativo Disciplinario a los funcionarios publicos que habrian incurrido en faltas graves de caracter disciplinario comprendidos en el Informe N° 001-2005-IN/OCI-OAI.INS sobre el Examen Especial practicado a las exoneraciones de los procesos de seleccion que efectuo la Oficina General de Administracion del MIN en el periodo 2000 al 2004; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos del Ministerio del Interior (Organos No Policiales) designada mediante R.M. N° 1125-2005-IN/ 0901 del 19MAY05 para pronunciarse sobre la pertinencia de abrir MORDAZA administrativo disciplinario y calificar las faltas administrativas incurridas por los ex funcionarios al MORDAZA de lo establecido en el articulo 165° del D.S. N° 005-90-PCM, se ha pronunciado por unanimidad por la Apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario, por infracciones que se encuentran establecidas en los Incisos a) y d) del Articulo 28° de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Legislativo N° 276; a los ex Directores Generales de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LENCH MORDAZA, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLONTOP, y a los ex Directores de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior MORDAZA RIGLOS MORDAZA, MORDAZA FRISANCHO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA PERALDO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lizbet EGUSQUIZA PONTE, Jhanett SAYAS OROCAJA y contra los ex Directores de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incumplido lo dispuesto el Art. 21° del Capitulo IV de las Obligaciones, Prohibiciones y Derechos de los Servidores incisos a) y b) del Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; Estando a lo recomendado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios y de conformidad con lo previsto en la Ley del Ministerio del Interior aprobada por Decreto Legislativo N°370 y el Texto Unico Ordenado aprobado por D.S N° 003-2004-IN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a los ex Directores Generales de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA LENCH MORDAZA, Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA LLONTOP, y a los ex Directores de la Oficina de Abastecimientos y

Articulo Segundo.- Mantener las Bandas de Precios para el GLP, Gasolinas 97, 95, 90 y 84, Kerosene, Petroleo Industrial Nº 6 y Petroleo Industrial 500.; senalada en la Resolucion Directoral Nº 254-2005-EM/DGH publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 6 de setiembre de 2005. Articulo Tercero.- Publicar la nueva Banda de Precios para cada uno de los productos a que hace referencia el Decreto de Urgencia Nº 010-2004. PRODUCTOS Soles por Galon GLP Soles por Kg. GASOLINA 97 GASOLINA 95 GASOLINA 90 GASOLINA 84 KEROSENE DIESEL 2 Petroleo Industrial Nº 6 Petroleo Industrial 500 LIMITE SUPERIOR 2,00 7,92 7,74 7,28 6,91 7,58 7,10 4,08 3,83 LIMITE INFERIOR 1,90 7,82 7,64 7,18 6,81 7,48 7,00 3,98 3,73

Articulo Tercero.- La presente Resolucion Directoral tendra efectos desde la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Hidrocarburos 15501

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.