Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2005 (30/09/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 30 de setiembre de 2005

NORMAS LEGALES

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por adquisiciones de bienes en periodos anteriores a MORDAZA, se regiran por las normas que regulaban el Reintegro Tributario vigentes a la fecha de adquisicion de los bienes. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de setiembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 16748

Aclaran nombre de institucion financiera designada en la R.M. Nº 463-2005EF/75
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 493-2005-EF/75 MORDAZA, 28 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 463-2005EF/75 se designo, entre otras, a MORDAZA & MORDAZA Capital Services Inc. como una de las instituciones financieras que suscribiran el contrato MORDAZA denominado International Swap Dealers Association Inc. (ISDA) Master Agreement (Version 1992), que incluye un anexo denominado "Schedule", en virtud al Decreto Supremo Nº 020-2005-EF y modificatorias; Que, es necesario aclarar el nombre de la institucion financiera designada mediante la Resolucion Ministerial Nº 463-2005-EF/75 MORDAZA referida; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y por el Decreto Supremo Nº 020-2005-EF y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar el nombre de MORDAZA & MORDAZA Capital Services Inc. referido en el Articulo Unico de la Resolucion Ministerial Nº 463-2005-EF/75 por el de MORDAZA MORDAZA Capital Services Inc. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 16709

correspondientes a sus adquisiciones e importaciones de bienes de capital, materia prima, insumos, servicios de preprensa electronica y servicios graficos destinados a la realizacion del Proyecto Editorial; asimismo senala, entre otros, que los requisitos a seguir para el goce del beneficio seran establecidos en el Reglamento; Que, el Articulo 37º del Reglamento de la Ley Nº 28086 Ley de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2004-ED y normas modificatorias, establece que para efecto de lo senalado en el parrafo anterior, los bienes y servicios materia de este beneficio son los que se indican en el Anexo A, el cual forma parte integrante del citado Reglamento; Que, se ha visto por conveniente incorporar el papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas dentro del citado Anexo A; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Inclusion de bien en el Anexo A del Decreto Supremo Nº 008-2004-ED Incluyase en el Anexo A del Decreto Supremo Nº 0082004-ED, el siguiente bien: Subpartida Nacional 4801.00.00.00 Descripcion Papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas.

Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Educacion y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de setiembre del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 16750

Autorizan viaje de delegacion a Colombia para participar en la XX Olimpiada Iberoamericana de Matematica
RESOLUCION SUPREMA Nº 029-2005-ED MORDAZA, 29 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 26 de agosto de 2005, el Presidente de la Comision de Olimpiadas de la Sociedad Matematica Peruana, comunico al Ministro de Educacion que se ha culminado el MORDAZA de seleccion de los estudiantes que integraran la delegacion peruana que participara en la XX Olimpiada Iberoamericana de Matematica, que se llevara a cabo en la MORDAZA de Cartagena, Colombia, del 24 de septiembre al 1 de octubre de 2005; Que, la participacion del Peru en la XX Olimpiada Iberoamericana de Matematica es de suma importancia, pues se trata de un trascendental evento que motiva a los alumnos a prepararse en competencias cientificas a nivel nacional e internacional; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 572-2005ED se oficializo la conformacion de la delegacion peruana que asistira al citado evento; Estando a lo opinado por la Unidad de Promocion Escolar de Cultura y Deporte, mediante Informe Nº 0072005-UPECUD; y teniendo en consideracion el Oficio Nº 635-2005-UPECUD, es necesario emitir la Resolucion que autorice el presente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;

EDUCACION
Incluyen el papel prensa en bobinas (rollos) o en hojas en el Anexo A del D.S. Nº 008-2004-ED, Reglamento de la Ley de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura
DECRETO SUPREMO Nº 017-2005-ED EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28086, Ley de Democratizacion del Libro y de Fomento de la Lectura, establece en los numerales 20.1 y 20.3 del Articulo 20º que los editores de libros tendran derecho a un reintegro tributario equivalente al Impuesto General a las Ventas consignado separadamente en los comprobantes de pago

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