NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2005 (30/09/2005)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G31/G32/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 30 de setiembre de 2005 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la delegación peruana, a la ciudad de Cartagena, Colombia, del 23 deseptiembre al 1 de octubre de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema, la misma que se encuentraintegrada por los siguientes estudiantes: - Claudio Vicente Espinoza Choquepura - Sergio Eduardo Vera Patiño - Franco Eloy Vargas Pallete - Jossy Milagros Alva Gutiérrez Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán sufragados con cargo alpresupuesto del Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes x 4 : US$ 1 924.00 - Tarifa CORPAC x 4 : US$ 112.96 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la delegación cuyo viaje se autoriza, deberá presentar un informe detalladodescribiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y/o derechos aduaneros, cualesquiera que sea su denominación o clase a favor de la delegación, cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica de DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la República Encargado del Despacho de laPresidencia de la República JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación y Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros 16755 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G6D/G61/G20/G64/G65 /G64/G69/G6E/G65/G72/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4F/G45/G49/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G22/G49/G6D/G70/G6C/G65/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G41/G74/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G61/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G48/G75/G61/G73/G63/G61/G72/GE1/G6E/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 030-2005-ED Lima, 29 de setiembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 058-2004- ED, se aprobó la suscripción del Convenio de Administración de Recursos y Cooperación Técnica entre el Ministerio de Educación y la Organización de EstadosIberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, que tiene por finalidad encargar a dicho organismo internacional la ejecución del Proyecto "Implementacióny Atención a Instituciones Educativas del Proyecto Huascarán", que a la fecha se encuentra vigente; Que, por el artículo 3º de la referida Resolución Suprema, se autorizó la Transferencia de hasta S/. 9'296,541.00 (Nueve millones doscientos noventa y seis mil quinientos cuarenta y uno y 00/100 Nuevos Soles) a la OEI, de los cuales sólo se letransfirió efectivamente la suma de S/. 5'812,979.00 (Cinco millones ochocientos doce mil novecientos setenta y nueve y 00/100 Nuevos Soles) que fueron invertidos por dichainstitución en la adquisición y/o contratación de parte de los bienes y servicios materia del referido Proyecto; Que, mediante Memorándum Nº 3713-2005/ P:HUASCARÁN-CR, el Director Ejecutivo del Proyecto Huascarán, remite el Informe Nº 011-2005-DIC P. HUASCARÁN el cual sustenta la necesidad de que en elpresente ejercicio se transfiera a la OEI el saldo de los recursos financieros originalmente asignado, a efecto de ejecutar lasactividades restantes del Proyecto "Implementación y Atención a Instituciones Educativas del Proyecto Huascarán; Que, la Unidad de Presupuesto mediante Informe Nº 331-2005-ME/SPE-UP, se ha pronunciado favorablementerespecto de la transferencia solicitada de hasta porS/. 3'483,562.00 (Tres millones cuatrocientos ochenta y tresmil quinientos sesenta y dos y 00/100 Nuevos Soles) para lo cual ha evaluado las ventajas y beneficios y ha certificado la disponibilidad presupuestal para tal fin; Que, en el primer párrafo de la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional dePresupuesto, se establece que los Convenios deAdministración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares, que las entidades del Gobierno Nacional suscriban con organismos o institucionesinternacionales para encargarles la administración de susrecursos, deben aprobarse por resolución supremarefrendada por el Ministro del sector correspondiente, previoinforme de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, en el que se demuestre las ventajas y beneficios de su concertación así como la disponibilidad de losrecursos para su financiamiento. El procedimiento señaladose empleará también para el caso de las demás revisionesu otros que amplíen la vigencia, modifiquen o añadan metasno contempladas originalmente; Que en consecuencia, resulta necesario transferir a la Organización de Estados Iberoamericanos para laEducación, la Ciencia y la Cultura - OEI, S/. 3'483,562.00(Tres millones cuatrocientos ochenta y tres mil quinientossesenta y dos y 00/100 Nuevos Soles) para la ejecucióntotal del referido Convenio; Con la opinión favorable de la Unidad de Presupuesto y el Proyecto Huascarán expresada respectivamente enlos Informes Nº 331-2005-ME/SPE-UP, MemorándumNº 3713-2005/P:HUASCARÁN-CR e Informe Nº 011-2005-DIC P.HUASCARÁN; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510 y Decretos Supremos Nºs. 051-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la Transferencia de hasta S/. 3'483,562.00 (Tres millones cuatrocientos ochenta y tresmil quinientos sesenta y dos y 00/100 Nuevos Soles) a la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, a fin de que culmine la ejecucióndel Proyecto "Implementación y Atención a Instituciones Educativas del Proyecto "Huascarán", para cuyo efecto la Oficina de Administración deberá fijar los procedimientosadministrativos que correspondan conforme a ley. Artículo 2º.- Aprobar la suscripción de la Addenda al Convenio de Administración de Recursos suscrito entre elMinisterio de Educación y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura - OEI, para la ejecución del Proyecto: "Implementación yAtención a Instituciones Educativas del Proyecto Huascarán". Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica de DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la RepúblicaEncargado del Despacho de la Presidencia de la República JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 16756 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G73/G61/G6C/G69/G64/G61/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73 /G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G72/G20/G65/G78/G70/G6F/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G22/G41/G6D/GE9/G72/G69/G63/G61/G45/G78/GF3/G74/G69/G63/G61/G3A/G20/G50/G61/G6E/G6F/G72/GE1/G6D/G69/G63/G61/G73/G2C/G20/G54/G69/G70/G6F/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G73/G74/G75/G6D/G62/G72/G65/G73/G64/G65/G6C/G20/G73/G69/G67/G6C/G6F/G20/G58/G49/G58/G22/G2C/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G45/G63/G75/G61/G64/G6F/G72 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 031-2005-ED Lima, 29 de setiembre de 2005