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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (20/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 56

PÆg. 317018 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de abril de 2006 debiendo reincorporarse al término de su licencia, es decir el 1 de julio del 2004; Que el Profesor Mario Jesús Palma Ochoa se encontraría en falta grave por ausencias injustificadasen su función laboral, tiene un adeudo por la suma de S/. 8,708.18, por cobro indebido del 1 de abril del 2004 al 30 de setiembre del mismo año, y además un adeudo alFondo Préstamos de la UNI por la suma de S/. 2,496.00, que asciende a la suma total de S/. 11,204.18; Por lo expuesto en el expediente, materia del proceso se establece que el Ing. Mario Jesús Palma Ochoa ha infringido con los deberes y obligaciones del servidor precisadas en el Art. 21º Incs. a) y c) del DecretoLegislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y el Art. 28º Incs. a) y k) del mencionado Decreto Legislativo; De conformidad con el Art. 166º del D.S. Nº 005-90- PCM, Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa y el Art. 52º, Inc.c) del Estatuto de la UNI; SE RESUELVE: 1. Abrir proceso administrativo disciplinario al Ing. Mario Jesús Palma Ochoa, Profesor de la Facultad de Ingeniería Civil, por la falta cometida de acuerdo a loprevisto en el Art. 28º incisos a) y k) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público. 2. Notificar la presente resolución al procesado a fin que efectúe los descargos que estime pertinentes a su defensa, debiendo presentarlos por escrito en el plazode 5 días útiles a partir del siguiente día de ser notificado. Regístrese, comuníquese y archívese.ROBERTO MORALES MORALES Rector 06828 UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 333 Lima, 23 de marzo de 2006Visto el Oficio Nº 007-2006-CPPADDOC-UNI del Presidente de la Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios de Personal Docente, quien solicita la apertura de proceso administrativo al Profesor Ing. Hugo Jiménez Grados; CONSIDERANDO: Que el Decano (e) de la Facultad de Ingeniería Eléctrica y Electrónica con Carta Nº 952-Decanato-FIEE, informa que el Profesor de la Facultad de IngenieríaEléctrica y Electrónica, Ing. Hugo Jiménez Grados, ha incurrido en abandono de cargo, habiendo efectuado cobros indebidos; Que la Oficina Central de Personal informó que el Profesor Jiménez Grados se encontraría en falta grave por ausencias injustificadas en su función laboral y tieneun adeudo por la suma de S/. 30,460.20, por cobro indebido del 1 de marzo del 2004 al 31 de octubre del 2005; Que, con lo expuesto en el expediente, materia del proceso se establece que el Ing. Hugo Jiménez Grados ha infringido con los deberes y obligaciones del servidorprecisadas en el Art. 21º Incs. a) y c) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y el Art. 28º Incs. a) y k) del mencionadoDecreto Legislativo; De conformidad con el Art. 166º del D.S. Nº 005-90- PCM - Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa yel Art. 52º, Inc. c) del Estatuto de la UNI; SE RESUELVE:1. Abrir proceso administrativo disciplinario al Ing. Hugo Jiménez Grados, Profesor de la Facultad deIngeniería Eléctrica y Electrónica, por la falta cometida de acuerdo a lo previsto en el Art. 28º incisos a) y k) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de laCarrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público. 2. Notificar la presente resolución al procesado a fin que efectúe los descargos que estime pertinentesa su defensa, debiendo presentarlos por escrito en el plazo de 5 días útiles a partir del siguiente día de ser notificado. Regístrese, comuníquese y archívese. ROBERTO MORALES MORALES Rector 06829 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISIÓN NACIONAL DE LA JUVENTUD Aceptan renuncia y designan Gerente de la Gerencia de Investigación yDesarrollo de la Comisión Nacional dela Juventud RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL COMISIÓN NACIONAL DE LA JUVENTUD Nº 034-P/CNJ-CONAJU-2006 Lima, 18 de abril de 2006VISTO: La carta de renuncia de fecha 17 de abril de 2006, presentada por el señor Porfirio Villar Rojas al cargo de Gerente de la Gerencia de Investigación y Desarrollo dela Comisión Nacional de la Juventud - CNJ; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Presidencial Nº 018-P/CNJ- CONAJU-2006, se designó al señor Porfirio Villar Rojasen el cargo de Gerente de la Gerencia de Investigación y Desarrollo de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ; Que, con fecha 17 de abril de 2006, el señor Porfirio Villar Rojas ha formulado renuncia al cargo de Gerente de la Gerencia de Investigación y Desarrollo de laComisión Nacional de la Juventud - CNJ, cargo previsto en el Cuadro de Asignación Personal - CAP, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 023-2004-PCM, lamisma que habiendo sido aceptada, se hará efectiva a partir de la fecha; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27802, Ley del Consejo Nacional de la Juventud, el Reglamento de la Ley Nº 27802, aprobado por Decreto Supremo Nº 106-2002-PCM, y el Reglamento deOrganización y Funciones de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, aprobado mediante Resolución Presidencial Nº 034-P/CNJ-CONAJU-2003; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia del señor Porfirio Villar Rojas al cargo de Gerente de la Gerenciade Investigación y Desarrollo de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ, a partir de la fecha, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Presidencial en la página Web Oficial de la Comisión Nacional de la Juventud - CNJ y en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO ROJAS MONTES Presidente 06905