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PÆg. 317031 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de abril de 2006 MUNICIPALIDAD DE ATE Otorgan beneficio de exoneración de pago de derechos para Obras de Construcción, mejora e instalación de mobiliario e infraestructura urbana ypara el servicio de supervisión tØcnicade ejecución de obras ejecutadas porla población ORDENANZA Nº 112-MDA Ate, 30 de marzo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; POR CUANTO:El Concejo Distrital de Ate en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de marzo de 2006 y visto elDictamen Nº 02-06-CP/MDA de la Comisión de Planificación; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º modificado por la Ley de Reforma Constitucional N.º 28607 establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativaen los asuntos de su competencia. Que, el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por DecretoSupremo Nº 156-2004-EF, dispone que conforme a lo establecido por el inciso 4) del artículo 195º y por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, lasMunicipalidades son competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a ley. Que, el inciso 3.2 del numeral 3 del artículo 79º de la Ley Nº 27972; precisa que es función específicaexclusiva de la Municipalidad Distrital en materia de Organización del espacio físico y uso del suelo autorizar y fiscalizar la ejecución del plan de obras de servicios públicos o privados que afecten o utilicen la vía pública ozonas aéreas, así como sus modificaciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental. Que, la Ordenanza Nº 203-MML “Reglamento para la Ejecución de Obras en Áreas de Dominio Público” en su artículo 7º establece que las empresas de servicios públicos, o las personas naturales o jurídicascorrespondientes, están obligadas a tramitar ante la respectiva Municipalidad la Autorización de ejecución de obras en áreas de dominio público. Que, en la jurisdicción del distrito de Ate existe un gran número de obras que ejecutan los vecinos y/u organizaciones del distrito con sus recursos propios omediante el financiamiento compartido, quienes encuentran un obstáculo al tener que pagar Derecho de Autorización y supervisión de obras a demás de ellosmismos ejecutar la obra y entre otras razones por el alto costo en los trámites administrativos y lo oneroso de las sanciones que corresponden a este tipo de infracción. Que, por ello la Autoridad Municipal considera oportuno emitir una Ordenanza que facilite la Ejecución de obras con recursos propios o mediante elfinanciamiento compartido y contribuir al desarrollo local. Que, para facilitar la mayor ejecución de obras en el distrito y facilitar el acceso de un mayor número devecinos y/o organizaciones a los beneficios que se establezcan en la presente norma, se hace necesario que la Municipalidad flexibilice los montos establecidosen el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos - TUPA - para los trámites de Obras de Construcción, mejora e instalación de mobiliario einfraestructura urbana y para el servicio de supervisión técnica de ejecución de obras ejecutadas por la población. Estando a los fundamentos expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando con el voto por mayoría de los señores regidores asistentes a la sesión de concejo y con la dispensa deltrámite de lectura y aprobación de actas, se ha aprobado la siguiente:ANEXO MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA CALENDARIO DE COMPROMISOS POR GENERICA DEL GASTO Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO ABRIL - MAYO 2006 PLIEGO : 465 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA UNIDAD EJECUTORA : 001 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA METROPOLITANA GENERICA DEL GASTO MARCO MENSUALIZADO TOTAL SALDO % CAT.GRP.MOD.ELE. ABRIL MAYO JUNIO 00 RECURSOS ORDINARIOS 5,896,778 871,594 268,705 327,683 1,467,982 4,428,796 24.9 5 GASTOS CORRIENTES 2,086,363 180,454 169,314 167,624 517,392 854,330 24.8 1 PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES 873,384 68,724 69,054 68,724 206,502 666,882 23.6 3 BIENES Y SERVICIOS 1,212,979 111,730 100,260 98,900 310,890 902,089 25.6 6 GASTOS DE CAPITAL 3,810,415 691,140 99,391 160,059 950,590 2,859,825 24.9 5 INVERSIONES 3,810,415 691,140 99,391 160,059 950,590 2,859,825 24.9 01 CANON, SOBRECANON y REGALIAS 4,569,406 49,300 0 260,000 309,300 4,260,106 6.8 6 GASTOS DE CAPITAL 4,569,406 49,300 0 260,000 309,300 4,260,106 6.8 5 INVERSIONES 3,728,388 49,300 0 0 49,300 3,679,088 1.3 7 OTROS GASTOS DE CAPITAL 841,018 0 0 260,000 260,000 581,018 30.9 09 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 86,765 7,500 2,500 2,500 12,500 74,265 14.4 5 GASTOS CORRIENTES 72,765 7,500 2,500 2,500 12,500 60,265 17.2 3 BIENES Y SERVICIOS 72,765 7,500 2,500 2,500 12,500 60,265 17.2 6 GASTOS DE CAPITAL 14,000 0 0 0 0 14,000 0.0 7 OTROS GASTOS DE CAPITAL 14,000 0 0 0 0 14,000 0.0 13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 512,339 0 0 0 0 512,339 0.0 6 GASTOS DE CAPITAL 512,339 0 0 0 0 512,339 0.0 5 INVERSIONES 512,339 0 0 0 0 512,339 0.0 TOTAL 11,065,288 928,394 271,205 590,183 1,789,782 9,275,506 16.2 06798