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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE ABRIL DEL AÑO 2006 (20/04/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 70

PÆg. 317032 NORMAS LEGALES Lima, jueves 20 de abril de 2006 ORDENANZA DE BENEFICIO DE EXONERACIÓN DE PAGO DE DERECHOS POR OBRAS DE CONSTRUCCIÓN, MEJORA E INSTALACIÓN DE MOBILIARIO E INFRAESTRUCTURA URBANA Y PARA EL SERVICIO DE SUPERVISIÓN TÉCNICA DE EJECUCIÓN DE OBRAS EJECUTADAS POR LA POBLACIÓN Artículo 1º.- OTORGAR, el beneficio de EXONERACIÓN DE PAGO DE DERECHOS para Obrasde Construcción, mejora e instalación de mobiliario e infraestructura urbana y para el servicio de supervisión técnica de ejecución de obras ejecutadas por la poblaciónen los siguientes casos: 1. Cuando la Población financie la totalidad del costo de la Obra, 2. Cuando la Obras que se ejecuten sean con financiamiento compartido con la Municipalidad oterceros. En cualquiera de los casos, siempre que cumpla con la presentación de los requisitos establecidos en el TUPA Artículo 2º.- EXTIÉNDASE el presente beneficio que se otorga mediante la presente Ordenanza a la poblaciónque tiene obras en proceso de ejecución. Artículo 3º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia General Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano, Secretaríade Imagen Institucional y Jefes de las Agencias Municipales, la implementación, difusión y cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía emita las normas complementarias que sean necesarias para su mejor aplicación y prórrogas de los beneficios concedidosmediante la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LEONARDO VILCHEZ FERNANDEZ Alcalde 06908 Prorrogan plazos de vencimiento para pago del Impuesto Predial y de Arbitrios DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011 Ate, 31 de marzo de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE. VISTO; la Ordenanza Nº 096-MDA, modificada por la Ordenanza Nº 104-MDA, en la cual se establecen los importes de los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques yJardines Públicos y Serenazgo correspondiente al ejercicio fiscal 2006, la Ordenanza Nº 095-MDA, con la que se aprueba las fechas de vencimiento de lasobligaciones tributarias correspondiente al año 2006, el Informe Nº 085-GR/MDA de la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 819-06-GAJ/MDA de la Gerencia de AsuntosJurídicos y el Proveído Nº 1169-06-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 010 de fecha 15 de marzo de 2006 se prorrogó el plazo de vencimiento para el pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial y del 1er trimestre y pago al contado de la Tasade Arbitrios Municipales del ejercicio fiscal 2006, para los propietarios de más de un predio o un solo predio con uso distinto a vivienda o terreno sin construir.Que, la presente Administración con la finalidad de flexibilizar los plazos otorgando las más amplias facilidades a los contribuyentes que se encuentran incursos en este tipo de vencimientos considerapertinente ampliar los mismos, para que este grupo pueda cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias. Que, mediante Informe Nº 819-06-GAJ/MDA la Gerencia de Asuntos Jurídicos señala que el artículo 29º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, estableceque el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la Administración Tributaria. Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos opina que mediante Decreto de Alcaldía se disponga la prórroga del vencimiento del pago al contado y de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios, según la propuesta de laGerencia de Rentas. Que, la Gerencia general Municipal mediante Proveído Nº 1169-06-GGM/MDA señala se proyecte el Decretode Alcaldía respectivo. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR, el plazo de vencimiento establecido en el artículo 1º de la Ordenanza Nº 95- MDA, para los propietarios de más de predio o un prediocon uso distinto al de Vivienda o Terreno Sin Construir, el mismo queda establecido de la siguiente manera: El plazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2006 vence: - Pago al contado : 19 de abril - Pago fraccionado : Primera Cuota : 19 de abril El plazo para el pago de la Tasa de Arbitrios correspondientes al ejercicio 2006 vence: - Pago al contado : 19 de abril - Pago fraccionado : Primera Cuota : 19 de abril Artículo 2º.- PRORROGAR, el plazo de vencimiento establecido en los artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 95-MDA, para los propietarios de un solo predio o un predio destinado a vivienda o terreno sin construir, elmismo queda establecido de la siguiente manera: El plazo para el pago del Impuesto Predial del ejercicio 2006 vence: - Pago al contado : 19 de abril - Pago fraccionado : Primera Cuota : 19 de abril El plazo para el pago de la Tasa de Arbitrios correspondientes al ejercicio 2006 vence: - Pago al contado : 19 de abril - Pago fraccionado : Primera Cuota : 19 de abril Artículo 3º.- PRORROGAR, la vigencia del beneficio otorgado en la Segunda Disposición Transitoria y Finalde la Ordenanza Nº 096-MDA, teniendo en consideración lo dispuesto en los artículos 1º y 2º del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 4º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración, Agencias Municipales deSalamanca, Huaycan y Santa Clara y demás áreas pertinentes de esta Corporación Edil. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. LEONARDO VILCHEZ FERNANDEZ Alcalde 06909