Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2006 (03/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano jueves 3 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

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mecanismos de enlace y de reportes de informacion, control y aseguramiento de la calidad para la veracidad de los datos, asi como los mecanismos de auditoria independiente de la red, de acuerdo a las recomendaciones que DIGESA establezca de inmediato. La red podra ser sujeta a verificacion inopinada por parte del CONAM en su calidad de Autoridad Ambiental Nacional. Medida 10: Establecer un modelo de prediccion que entregue valores maximos de concentracion para cada una de las estaciones evaluadas y permita la aplicacion de los estados de alerta de manera preventiva Medida 11: Disponer el izado de banderolas de color en los principales locales de referencia o servicio publico previamente establecidos (mercados, terminales terrestres, bancos, hospitales, etc.) de acuerdo a las concentraciones existentes, y segun los limites establecidos para los estados de alerta por D.S. 012-2005SA. Los MORDAZA establecidos son: Estado de Cuidado : MORDAZA Estado de Peligro : Naranja Estado de Emergencia : MORDAZA Medida 12: Instalar y operar paneles luminosos en lugares visibles para la poblacion de La Oroya Antigua parte baja, La Oroya Antigua parte alta, Huaymanta, Marcavalle, Sacco, Chuccis, Curipata. Los paneles reportaran el estado de la calidad del aire e informaran el estado de alerta que corresponda y las medidas a ser adoptadas segun corresponda.. La implementacion del sistema de informacion remota a tiempo real de la calidad del aire y meteorologica en los plazos establecidos, incluira la difusion de informacion en tiempo real de las condiciones meteorologicas y el nivel de concentracion de SO2 y PM10 registrado. 4. Programa de Fiscalizacion Medida 13: El macroemisor debera reportar a DIGESA, CONAM y CAM de manera obligatoria y en un plazo no mayor a 30 dias, las actividades realizadas por su empresa, desde la declaracion de cada estado de alerta hasta su cese; tanto para el estado de cuidado como el de emergencia, este informe debe incluir entre: MORDAZA de estado de alerta y frecuencia, variaciones temporales de emisiones, niveles de concentraciones, insumos empleados, calidad de concentrados usados y otros. Medida 14: El Ministerio de Energia y Minas, a traves de la Direccion de Fiscalizacion, verificara el cumplimiento de los niveles de reduccion de emisiones comprometidos por DOE RUN y lo remitira a CONAM y DIGESA. Medida 15: El CONAM realizara un estudio especial de verificacion del cumplimiento del Plan de Contingencias, cuando lo considere necesario. Los costos que esta actividad implique seran asumidos por el macroemisor Medida 16: Cuando se considere necesario, el macroemisor sera responsable de evaluar el impacto de las emisiones de los contaminantes sobre la salud de las personas, mediante estudios especificos solicitados por CONAM en coordinacion con DIGESA, a fin de verificar la efectividad de las medidas implementadas del presente plan y ademas permita establecer medidas complementarias a fin de salvaguardar la salud de las personas.

contingencia, se conformara un Comite Tecnico de Contingencia que cumplira las siguientes funciones, a. Sensibilizar a la poblacion sobre la importancia de la aplicacion del Plan de Contingencia para el cuidado de la salud; b. Promover la implementacion adecuada y oportuna de las medidas, responsabilidades y mecanismos establecidos en el plan de contingencia, incluyendo el monitoreo de la eficiencia y eficacia del Sistema de Control Suplementario del macro emisor. c. Proponer las adecuaciones necesarias a las medidas del plan de contingencia a fin de optimizar su eficiencia y eficacia; d. Conocer y opinar sobre los informes generados por la Secretaria Tecnica del Comite Tecnico de Contingencia sobre la ejecucion de cada una de las medidas del plan de contingencia; El Comite Tecnico de Contingencia de La Oroya sera conformado con los representantes acreditados de las siguientes instituciones / sectores: 1. Municipalidad Provincial de Yauli - La Oroya, que actuara como Secretaria Tecnica de este Comite en calidad de autoridad ambiental local y responsable del sistema provincial de defensa civil. 2. Direccion General de Salud Ambiental - DIGESA o quien lo represente (prioritariamente la Direccion Ejecutiva de Salud Ambiental de la Direccion Regional de Salud de Junin). 3. Dos representantes de la Unidad de Gestion Educativa - UGEL. 4. Policia Nacional. 5. Empresa Doe Run Peru. 6. Parroquia de La Oroya - Arzobispado de Huancayo. 7. Movimiento por la Salud de La Oroya. 8. Medios de comunicacion radial. 9. Tres representantes de las organizaciones civiles de La Oroya 10. Sindicato de los trabajadores metalurgicos de La Oroya. 11. Consejo Nacional del Ambiente - CONAM. Procedase primero a la practica de simulacros en los tres tipos de estados de alerta y luego a su implementacion en coordinacion estrecha con el conjunto de actores relevantes incluidos DIGESA, Ministerio de Salud, Ministerio de Educacion, CONAM y la Municipalidad Provincial de Yauli. Articulo 3º.- Encarguese a la Secretaria Ejecutiva Regional del Centro del CONAM, el seguimiento para el cumplimiento del Plan aprobado con el presente Decreto del Consejo Directivo, debiendo reportar semestralmente a la Secretaria Ejecutiva los avances y dificultades. Articulo 4º.- Disponer la publicacion del Plan de Contingencia en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del CONAM: www.conam.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. 00636-2

CONSUCODE
Disponen que el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se abstenga de emitir pronunciamiento alguno en el procedimiento sancionador contra la empresa MORDAZA Contratistas Generales E.I.R.L.
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 325/2006.TC-SU

Articulo 2º.- Para facilitar y coordinar la implementacion y monitoreo de las medidas del plan de

Sumilla : Conforme a la Tercera Disposicion Complementaria del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM, las adquisiciones y contrataciones realizadas dentro del MORDAZA de convenios internacionales, estaban sujetas a las disposiciones establecidas en dichos compromisos.

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