Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2006 (03/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano jueves 3 de agosto de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

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plazo fijo, de conformidad a lo estipulado en la Resolucion Nº Nueve de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Tercer Juzgado Especializado en lo Civil. Articulo 2º.- ENCARGAR a las Oficinas Centrales de Personal y de Planificacion y Desarrollo Institucional, implementar las acciones complementarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolucion. Articulo 3º.- NOTIFICAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los alcances de la presente resolucion. Articulo 4º.- ENCARGAR a la Oficina Central de Adquisiciones y Contrataciones de la UNE, se gestione la publicacion de la presente resolucion, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA TUTUY ASPAUZA Rector

en el Diario Oficial El Peruano. Los aportes al Plan de Contingencia podran ser remitidos a cualquiera de las siguientes direcciones: laoroya@conam.gob.pe; Sede Central de CONAM: Av. MORDAZA Civil Nº 205, San MORDAZA, MORDAZA o sede de la SER Centro: Jr. Paucartambo Nº 476 Tarma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LORET DE MOLA DE MORDAZA Presidente Plan de Contingencia para Estados de Alerta por Contaminacion del Aire en la MORDAZA Atmosferica de La Oroya Decreto del Consejo Directivo Nº - 2006-CONAM/CD MORDAZA,

00597-1 CONSIDERANDO:

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE
Aprueban la Consulta Publica del Plan de Contingencia para Estados de Alerta por Contaminacion del Aire en la MORDAZA Atmosferica de La Oroya
DECRETO DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 021-2006-CONAM/CD MORDAZA, 23 de junio de 2006 CONSIDERANDO: El Consejo Nacional del Ambiente - CONAM es la Autoridad Ambiental Nacional segun la Ley Nº 26410, Ley de creacion del CONAM, la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental y la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente y normas reglamentarias; Que, mediante Decreto del Consejo Directivo Nº 0202006-CONAM/CD se aprueba el Plan "A Limpiar el Aire de la MORDAZA Atmosferica de La Oroya" destinado a cumplir los Estandares Nacionales de Calidad del Aire con el objetivo general de proteger la salud de las personas y la calidad del ambiente; Que, es necesaria la aplicacion de medidas de contingencia para los estados de alerta por contaminacion atmosferica en la MORDAZA atmosferica de La Oroya con la finalidad de reducir la exposicion de la poblacion a altos niveles de contaminacion asi como para reducir las emisiones en los episodios mas agudos de contaminacion, las cuales deben contar con la activa participacion de la poblacion afectada y el macroemisor; Estando a lo acordado en la sesion extraordinaria del Consejo Directivo Nº 102, de fecha 23 de junio de 2006; Con la visacion del Secretario Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la publicacion con fines de Consulta Publica de la propuesta de Plan de Contingencia para los estados de alerta por contaminacion atmosferica en la MORDAZA atmosferica de La Oroya, elaborada de acuerdo a la normatividad legal vigente a fin de recoger las opiniones y comentarios. Articulo 2º.- La Secretaria Ejecutiva Regional Centro de CONAM - SER Centro, la Direccion General de Salud Ambiental - DIGESA, el Ministerio de Energia y Minas y la Municipalidad Provincial de Yauli, La Oroya, deberan realizar las coordinaciones previas necesarias para la organizacion y aplicacion del Plan de Contingencia. Articulo 3º.- La Consulta Publica tendra una duracion de treinta (30) dias calendario a partir del dia de su publicacion

Que, el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM es la Autoridad Ambiental Nacional segun la Ley Nº 26410, Ley de creacion del CONAM, la Ley Nº 28245, Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental y la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; y normas reglamentarias; Que, segun lo dispuesto por el articulo 23º del Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM, la declaracion de estados de alerta tiene por objeto activar en forma inmediata un conjunto de medidas destinadas a prevenir el riesgo a la salud y evitar la exposicion excesiva de la poblacion a los contaminantes del aire que pudieran generar danos a la salud humana; Que, mediante Decreto Supremo Nº. 009-2003-SA, modificado por el Decreto Supremo Nº 012-2005-SA, se aprobaron los niveles de estados de alerta nacionales para contaminantes del aire, estableciendose en la Disposicion Complementaria MORDAZA la necesidad de aplicacion de planes de contingencia en La Oroya para el material particulado (PM) y dioxido de azufre (S02); Que, en cumplimiento de la Tercera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 009-2003 SA, el CONAM publico con fecha 2 de septiembre de 2004, para Consulta Publica, el proyecto de Directiva para la aplicacion del Reglamento de los niveles de estados de alerta nacionales por contaminacion del aire, el cual finalmente fue aprobado por Decreto de Consejo Directivo 015-2005-CONAM-CD; Que, el Gesta Zonal de Aire de La Oroya elaboro lineamientos basicos para el Plan de Contingencia que fueron remitidos a DIGESA quien elaboro la propuesta del referido Plan de Contingencia; Que, la Resolucion Ministerial Nº 257-2006-MEM/DM que aprueba en parte la solicitud de la empresa Doe Run Peru de extender el plazo de cumplimiento del Programa de Adecuacion y Manejo Ambiental contiene medidas especiales y complementarias encontrandose dentro de ellas, el sistema de prevencion en base a los estados de alerta, en aplicacion del citado Decreto Supremo Nº 009-2003-SA, modificado por el Decreto Supremo Nº 012-2005-SA, estableciendose la necesidad de cumplir con las acciones que se establezcan en el MORDAZA del Plan de Accion para el mejoramiento de la calidad del aire y de la salud de La Oroya y en su respectivo Plan de Contingencia para episodios agudos de contaminacion del aire en La Oroya; Que, es necesario aplicar al caso de La Oroya, lo dispuesto por el ultimo parrafo del articulo 9º de la Directiva del CONAM aprobada por Decreto de Consejo Directivo Nº 015-2005CONAM-CD que establece que donde la informacion historica y la experiencia de gestion acumulada por emisores y/o autoridades publicas, demuestre fehacientemente la presencia de una correlacion MORDAZA de una determinada condicion o fenomeno atmosferico con eventos de altas concentraciones de uno o mas contaminantes declarados criticos, sera posible declarar el estado de cuidado; Estando a lo acordado en la sesion del Consejo Directivo Nº , de fecha de 2006; Con la visacion del Secretario Ejecutivo. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan de Contingencia para episodios agudos de contaminacion del aire en La Oroya

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