Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2006 (16/08/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano miercoles 16 de agosto de 2006

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NORMAS LEGALES

326381

(iv) Informe trimestral de los actos que hubiere realizado en virtud del dominio fiduciario, y, en general, en relacion con los activos que integran el patrimonio fideicometido, en los mismos plazos establecidos para la MORDAZA de los estados financieros; (v) Modificaciones en las clausulas relativas al fideicomiso, dentro de los dos (2) dias siguientes de efectuadas, adjuntando, cuando corresponda, la aprobacion del o de los fideicomisarios; y, (vi) Toda aquella informacion y/o documentacion que CONASEV le requiera, para el desempeno de sus labores de supervison y control. Articulo 3º.- Para la inscripcion del programa de emision o de valores a ser respaldados con un fideicomiso en garantia, es requisito que el contrato de fideicomiso o acto constitutivo del fideicomiso en garantia se encuentre inscrito en el Registro Mobiliario de Contratos y/o en el (los) Registro (s) Juridico (s) de Bienes que corresponda, administrados por la SUNARP, segun los activos que constituyan el patrimonio fideicometido, a fin que sea oponible a terceros. De modo previo al lanzamiento de la oferta debera haberse efectuado la transferencia de los activos que conforman el patrimonio fideicometido. Articulo 4º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Articulo 5º.- Disponer la difusion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de CONASEV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Presidente 01081-1

INDECI
Sustituyen el Anexo 5.5 del "Manual para la Ejecucion de las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 356-2006-INDECI 26 de MORDAZA del 2006 VISTOS: Memorandum Nº 1177-2006-INDECI/DNP/ 10.3, que adjunta el Informe Nº 037-2006-INDECI/J-UITS de fecha 6 de MORDAZA del 2006, a traves del cual la Direccion Nacional de Prevencion del INDECI recomienda y sustenta tecnicamente la modificacion del "Manual para la Ejecucion de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil"; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM y sus modificatorias D.S. Nº 0100-2003-PCM y D.S. Nº 074-2005-PCM, se aprobo el Reglamento de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil, el cual establece entre otros aspectos, las competencias, el procedimiento, oportunidad y vigencia de las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil (ITSDC); Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 440-2005INDECI de fecha 22 de noviembre de 2005 se modifico la Resolucion Jefatural Nº 419-2004-INDECI, que aprobo el "Manual para la ejecucion de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil" que como Anexo forma parte de la Directiva Nº 006-2003INDECI/DNP/10.0 "Normas para la ejecucion de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil", aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 067-2003-INDECI; Que, de conformidad con la normatividad mencionada dentro de los objetos de inspeccion se encuentran los establecimientos de salud, a los cuales les corresponde ITSDC Basica o de Detalle en funcion de la complejidad presente en los mismos (area

ocupada, instalaciones, uso, estado de conservacion del bien, entre otros); Que, el anexo 5.5 (lista de verificacion de los locales de salud -Arquitectura) del Manual aludido, establece algunos aspectos que deben ser verificados durante la ITSDC a los establecimientos de salud; Que, durante los meses de febrero a marzo del presente ano, profesionales de la Oficina de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, el Organismo Panamericano de la Salud y la Direccion Nacional de Prevencion del INDECI se reunieron a fin de elaborar una guia para la ejecucion de ITSDC a establecimientos de salud, la misma que como anexo cuenta con una lista de verificacion de los aspectos que deben ser identificados durante la diligencia de ITSDC; Que, el indicado anexo (lista de verificacion para establecimientos de salud) ha unificado en una sola lista los aspectos de arquitectura, electricidad, instalaciones sanitarias, instalaciones especiales, seguridad y proteccion funcional, seguridad contra incendios, entre otros que deben ser verificados durante la diligencia de ITSDC a establecimientos de salud que no se contemplaban en el anexo 5.5 del vigente Manual; asi como otros aspectos referidos explicitamente a las condiciones de los centros hospitalarios, que no se encontraban desarrolladas en ninguna de las listas de verificacion vigentes, como son los referidos a los almacenes de sustancias quimicas, seguridad de equipamiento, la referencia al tanque elevado de almacenamiento, el MORDAZA de captacion de agua, entre otros; Que por lo senalado precedentemente, resulta necesario efectuar la modificacion del Manual en los aspectos relacionados con listas de verificacion para los locales de salud, debiendo reemplazarse el anexo 5.5 por la lista de verificacion mencionada en el considerando precedente; Que, por lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el articulo 1º e inciso (b) del articulo 6º del Decreto Ley Nº 19338 - Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, corresponde al INDECI expedir la presente Resolucion; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Sustituir el anexo 5.5 del "Manual para la Ejecucion de las Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil", aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 419-2004-INDECI de fecha 15 de noviembre de 2004, por el anexo que se adjunta a la presente. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion Nacional de Prevencion remitir a la Oficina de Estadistica y Telematica la version electronica actualizada del Manual modificado conforme al articulo primero de la presente Resolucion para su publicacion en la Pagina Web de INDECI. Articulo Tercero.- Encargar a la Unidad de Imagen Institucional la difusion de la presente Resolucion que aprueba la modificacion al Manual al que se hace referencia en el articulo primero, para conocimiento y cumplimiento de los organos componentes del Sistema Nacional de Defensa Civil. Articulo Cuarto.- Disponer que la Secretaria General ingrese la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, asi como remita MORDAZA autenticada por fedatario a la Direccion Nacional de Prevencion, Direccion Nacional de Educacion y Capacitacion, Oficina de Estadistica y Telematica, Oficina de Asesoria Juridica y Direcciones Regionales de Defensa Civil. Articulo Quinto.- Disponer que la Secretaria General se encargue de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

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