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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 326612El Peruano sábado 19 de agosto de 2006 Artículo 42º.- Todos los comerciantes del mercado deberán permanecer en sus puestos, correctamentevestidos y/o uniformados. La Municipalidad podráaprobar, mediante Resolución de Alcaldía los modelosde los uniformes que deben usar los comerciantes, todoello en coordinación con la Gerencia de Servicios a laCiudad. Artículo 43º.- Únicamente se consideran causales para la suspensión de la atención al público lassiguientes: a. Circunstancias en las que el orden público se haya visto alterado, sin la posibilidad del prontorestablecimiento de la normalidad (caso de tumultos,conmoción civil, violencia, etc.). b. Otros casos no previstos, previa evaluación del Administrador del Mercado o de Defensa Civil. c. Emergencias naturales (casos de sismos u otros) que previa evaluación, puedan originar el cierre temporaldel Mercado o de parte de sus instalaciones. Artículo 44º.- Se deberá implementar un registro de ocurrencias, reclamos, sugerencias, felicitaciones y otroshechos de interés relacionados a la atención al públicousuario y/o los servicios que ofrece el Mercado Municipal.Dicho registro estará a disposición tanto de los visitantes,como de las autoridades de la Municipalidad cuando searequerido. CAPÍTULO IX DE LAS OBLIGACIONES DEL COMERCIANTE Artículo 45º.- Concordante con lo desarrollado en la presente Ordenanza, los comerciantes estáncomprometidos a: a. Conducir personalmente su negocio, pudiendo tener ayudantes previa autorización del órgano competentede la Municipalidad en coordinación con el Administradordel Mercado Municipal, siendo responsable de lasirregularidades e infracciones de dicho personal. b. Empadronarse y actualizar sus datos, en la Administración del mercado y mantener vigente larespectiva autorización municipal. c. Cumplir puntualmente con el pago de la renta del puesto de venta o depósito de propiedad del MercadoMunicipal. Asimismo, sufragar los gastos en queincurran por concepto de servicio de agua potable,energía eléctrica y el costo por el mantenimiento. Elpago lo efectuarán en la Tesorería de la Municipalidady entregarán copia del recibo cancelado al Adminis-trador. d. Mantener el puesto o establecimiento limpio y en buenas condiciones de salubridad e higiene. e. Exhibir en forma visible, todos los productos que se expenden, consignando en forma clara y precisa elprecio de los mismos, de acuerdo a las disposicionesestablecidas. f. Contar con balanzas, pesas y medidas manteniéndolas operativas y en buen estado deconservación. g. Usar mandil, guardapolvo o uniforme según el caso, limpios y en buenas condiciones. h. Portar en todo momento su Carné Sanitario vigente, así como el de sus ayudantes. i. Tener un extintor en caso de juguerías, venta de alimentos cocidos, de emplear fuego o en aquellos dondese expendan materiales inflamables como plásticos, telas,cartones, papel, etc. CAPÍTULO X DE LA SEGURIDAD E HIGIENE DEL MERCADO Artículo 46º.- En las instalaciones del Mercado Municipal deberá haber un mínimo de 1 extintor depolvo químico seco con carga vigente por cada 50puestos. Artículo 47º.- El Administrador del Mercado Municipal deberá establecer la cantidad mínima de personas quese requiera para una efectiva vigilancia del local encondiciones normales, así como en las especiales y solicitarla oportunamente. Artículo 48º.- Por ningún motivo se podrá rebasar la capacidad máxima de aforo de las personas permitidasal interior del Mercado Municipal, que ponga en riesgo suintegridad, de conformidad con las especificaciones y normas establecidas por Defensa Civil de la Municipalidad de San Isidro. Artículo 49º.- La toma de acciones referidas a accidentes y otros casos de emergencia que puedanpresentarse en las instalaciones del mercado, deberánceñirse al Plan de Seguridad y Emergencia vigente, establecido por el área de Defensa Civil de la Municipalidad, incluyendo la señalización, luces deemergencia, extintores, etc. Artículo 50º.- Los casos de emergencias de salud, que se produzcan al interior del mercado, durante lashoras de atención al público, y que requieran primeros auxilios, serán atendidos con el Botiquín debidamente abastecido de medicina básica, ubicado en la Administración. En los casos de emergencias mayores, se deberá coordinar con el Administrador del Mercado para la evacuación respectiva hacia el Centro de Saludmás cercano. Artículo 51º.- El Mercado deberá contar con luz de emergencia en las zonas que así lo requieran para facilitarla evacuación del público en caso de falta de fluidoeléctrico durante la noche. La evacuación del públicoque se encuentre en el interior se hará orientando y/oayudando a las personas a alcanzar las puertas de salida, mediante el uso de silbatos y linternas hasta que se confirme la evacuación de todas las personas que seencontraban en el interior. Artículo 52º.- Las ocurrencias diarias, casos de emergencias de salud u otras, deberán ser registradasen el Libro de Ocurrencias, señalando los datos de los involucrados y el motivo. CAPÍTULO XI DE LAS PROHIBICIONES Artículo 53º.- Se encuentra prohibido en el Mercado: a. La venta ambulatoria en el interior del Mercado y la circulación y comercio ambulatorio hasta una distancia de cien (100) metros del perímetro del local. b. El ingreso de personas no autorizadas fuera del horario señalado para comerciantes y público. c. La guardianía de carretas, bultos, u otros provenientes de vendedores ambulantes. d. La instalación de establecimientos provisionales en los pasillos o vías de circulación del interior y perímetroexterior del mercado. e. La circulación de triciclos, bicicletas y carretas con ruedas de hierro o enllantadas, a la hora de atención al publico, con excepción de las dedicadas a trabajos de albañilería y/o servicios de reparación. f. Exhibición de propaganda y degustación de productos sin la debida autorización municipal. g. Transferencia o subarriendo de los puestos a terceros. h. Ocupar mayor extensión que la asignada o hacer modificaciones sin la autorización correspondiente. i. Permanecer en el mercado sin la debida autorización de funcionamiento. j. Venta o tenencia de artículos en descomposición o presentados antihigiénicamente. k. Utilizar pesas y medidas desequilibradas y/o fraudulentas. l. Vender con falta de peso y/o vender un producto condicionándolo a otro. m. Almacenar, vender o consumir bebidas alcohólicas y/o fomentar y participar en juegos de azar dentro delmercado o en los alrededores. n. Utilizar altoparlantes o megáfonos particulares dentro del mercado. Sin la autorización expresa del administrador del Mercado Municipal. o. Venta de productos, sin observar las disposiciones legales que regulan la comercialización.