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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de diciembre de 2006 334592 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DEROGA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 027-GR-HVCA/CR. Artículo 1º.- DERÓGUESE en todas sus partes la Ordenanza Regional Nº 027-GR-HVCA/CR, y todos los actos administrativos que se opongan a la presente. Artículo 2º.- RATIFÍQUESE la vigencia de la Ordenanza Regional Nº 006-GR-HVCA/CR, en su integridad, que expresa la Designación de los funcionarios de con fi anza de los Órganos Intermedios en todas las Direcciones Regionales Sectoriales es de competencia del Presidente Regional, a propuesta de los Directores Regionales Sectoriales, con aprobación del Consejo Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil cinco. SALVADOR CRISANTO ESPINOZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil cinco. SALVADOR C. ESPINOZA HUAROCC Presidente 6673-13 Aprueban “Plan Vial Departamental Participativo del Gobierno Regional de Huancavelica” ORDENANZA REGIONAL Nº 058-GR-HVCA/CR Huancavelica, 22 de noviembre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA:Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL “PLAN VIAL DEPARTAMENTAL PARTICIPATIVO DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA” Artículo 1º.- Aprobar el Plan Vial Departamental Participativo del Gobierno Regional de Huancavelica, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, conforme dispone el artículo 42º de la Ley Nº 27867. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil cinco.R.P. SALVADOR CRISANTO ESPINOZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veintidós días del mes de noviembre del año dos mil cinco. SALVADOR C. ESPINOZA HUAROCC. PresidenteGobierno Regional de Huancavelica 6673-14 Ordenanza Regional que declara “Año del Sesquicentenario del Nacimiento de Daniel Hernández Morillo” en la Región Huancavelica ORDENANZA REGIONAL Nº 063-GR-HVCA/CR Huancavelica, 30 de diciembre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA;Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA “AÑO DEL SESQUICENTENARIO DEL NACIMIENTO DE DANIEL HERNÁNDEZ MORILLO” EN LA REGIÓN HUANCAVELICA Artículo 1º.- DECLÁRESE el año 2006 como: “AÑO DEL SESQUICENTENARIO DEL NACIMIENTO DE DANIEL HERNÁNDEZ MORILLO”, en la Región Huancavelica. Artículo 2º.- Durante el año 2006 se consignará dicha frase en los documentos o fi ciales que se emitan dentro del ámbito del Gobierno Regional de Huancavelica. Artículo 3º.- El Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Huancavelica, será la encargada de difundir, la consignación de la denominación del año conmemorativo. Artículo 4º.- El Gobierno Regional de Huancavelica y las Direcciones Regionales Sectoriales competentes serán las encargadas de organizar actividades y eventos destinados a conmemorar el sesquicentenario del nacimiento de Daniel Hernández Morillo, el día primero de agosto del año 2006, con arreglo a los alcances de la denominación asignada al presente año. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgación. En Huancavelica, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil cinco. R.P. SALVADOR CRISANTO ESPINOZA HUAROCC Presidente del Consejo Regional de Huancavelica POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil cinco. SALVADOR C. ESPINOZA HUAROCC PresidenteGobierno Regional de Huancavelica 6673-16