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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de diciembre de 2006 334580 situación de desabastecimiento inminente la contratación de los bienes y servicios antes referidos, de la obra en mención, por un periodo de siete (7) días calendario, hasta por la suma de S/. 978,071.65 (Novecientos setenta y ocho mil setenta y uno con 65/100 nuevos soles), Que, de no ejecutarse las referidas obras en el presente ejercicio presupuestal, haría que los riesgos antes señalados se hagan realidad con el consecuente efecto negativo en la integridad física de los internos del citado penal, incluidas las visitas; la situación expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del artículo 19º e inciso a) del artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; conforme se re fi ere en el Informe Legal Nº 430-2006-INPE/06, de fecha 13 de diciembre de 2006; Que, según el artículo 21º del acotado dispositivo legal, se considera situación de desabastecimiento inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situación faculta a la adquisición o contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economía en el proceso de adjudicación de acuerdo al artículo 3º de la referida norma legal; Que, conforme lo dispone el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084 –2004- PCM, se debe disponer las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubiese originado la presencia o con fi guración de la situación de desabastecimiento inminente; Que, en el artículo 148º de la normatividad legal antes citada, se encuentran señalados los procedimientos para los procesos de selección exonerados, debiendo la Dirección Regional Lima sujetarse estrictamente a la norma indicada para la compra de lo indispensable, a fi n de paliar la situación sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones defi nitivas; Que, mediante Informe Nº 195-2006-INPE/13-01, de fecha 11 de diciembre de 2006, la encargada de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina General de Infraestructura señala que existe disponibilidad presupuestal para realizar dichos procesos; Estando a lo solicitado por la O fi cina General de Infraestructura del INPE y a lo opinado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, contándose con sus visaciones, y; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, Resolución Ministerial N° 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas mediante Resolución Suprema Nº 128-2006-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1°.- DECLARAR, en situación de desabastecimiento inminente la adquisición de bienes y servicios de las siguientes partidas: 1).- ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN y 2).- CONTRATACIÓN DE SERVICIOS, para la obra: “MANTENIMIENTO Y REPOSICIÓN DEL EPRCO LURIGANCHO”, por un período de siete (7) días calendario, a partir del 15 de diciembre al 21 de diciembre de 2006, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- EXONERAR, a la O fi cina General de Infraestructura del requisito del proceso de adjudicación directa pública para la adquisición de bienes y servicios que se señalan en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3°.- AUTORIZAR, a la O fi cina General de Infraestructura, para la adquisición de bienes y servicios señalados en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución. Dicha autorización es por el período de siete (7) días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la situación de desabastecimiento Inminente prevista en el artículo precedente, debiéndose efectuar las adquisiciones de estos bienes y servicios en forma directa mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Artículo 4°.- COMUNICAR, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 5°.- REMITIR, copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fi nes de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSA DELSA MAVILA LEON PresidenteInstituto Nacional Penitenciario ANEXO 1 DESCRIPCIÓN NATURALEZAVALOR REFERENCIALTIPO DE PROCESO DE SELECCIÓN ADQUISICIÓN DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN PARA LA OBRA: “MANTENIMIENTO Y REPOSICIÓN DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO” POR ITEMS:ADQUISICIÓN 753 978.43ADJUDICACIÓN DIRECTA PÙBLICA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA LA OBRA: “MANTENIMIENTO Y REPOSICIÓN DEL E.P.R.C.O. LURIGANCHO” POR ITEMS: CONTRATACIÓN 224 093.22ADJUDICACIÓN DIRECTA PÙBLICA TOTAL 978.071,65 6812-1 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de equipos de laboratorios del CENAN y CNCC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 714-2006-J-OPD/INS Lima, 6 de diciembre del 2006 Visto el Informe Nº 191-2006-DG-OGA/INS de 4 de octubre de 2006 del Director General de la O fi cina General de Administración, el Memorando Nº 1351-2006-DG-CENAN/INS de 7 de agosto de 2006 y el Memorándum Nº 2072-2006-DG-CENAN-INS de 3 de noviembre de 2006 del Centro Nacional de Alimentación y Nutrición, el Memorando Nº 455/2006-DG-CNCC-INS de 25 de setiembre de 2006 y el Memorando Nº 517/2006-DG-CNCC-INS de 31 de octubre de 2006 del Centro Nacional de Control de Calidad así como el Informe Nº 242-2006-OGAJ/INS de 1 de diciembre de 2006, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, referidos a la autorización de la exoneración del proceso de selección correspondiente a la contratación del “Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de Equipos de Laboratorios del CENAN y CNCC”; CONSIDERANDO Que, el Instituto Nacional de Salud como Organismo Público Descentralizado del Sector Salud, requiere la provisión de bienes y servicios que aseguren el logro de los objetivos programados para el presente ejercicio presupuestal;