Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2006 (21/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

335101

Total de canales: 14 La MORDAZA e.r.p. en la direccion de MORDAZA ganancia de antena a ser autorizada en esta localidad sera de 0.1 KW." Articulo 4º.- La Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones tecnicas previstas en los Planes de Asignacion de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluacion de las solicitudes de autorizacion y de modificacion de caracteristicas tecnicas observara su estricto cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 8280-1

VIVIENDA
Aprueban transferencia financiera a favor de EPS SEMAPACH S.A. para la ejecucion de Proyecto de Agua Potable y Desague del Centro Poblado de Hoja Redonda
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 485-2006-VIVIENDA MORDAZA, 19 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, en el articulo 4º de la Ley Nº 28452 - "Ley que complementa la Ley Nº 27677 disponiendo la transferencia de los activos del saldo resultante a valor de realizacion del FONAVI en Liquidacion y la UTE FONAVI en desactivacion, informacion y acervo documentario, se establece que el Ministerio de Economia y Finanzas encargara al Viceministerio de Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, la ejecucion, culminacion y liquidacion tecnico-financiera de las obras y proyectos de la UTE FONAVI que se encontrasen inconclusos a la entrada en vigencia de la Ley Nº 28111; Que, segun Ley Nº 27677 - Ley de Uso de los Recursos de la Liquidacion del FONAVI, se establece en su articulo primero que los recursos provenientes de la Liquidacion del Fondo Nacional de Vivienda (FONAVI) establecidos mediante Ley Nº 26969 seran intangibles; asimismo se establece que el Fondo MIVIVIENDA sera encargado de la administracion de los fondos como de su recuperacion y de la canalizacion a traves de las instituciones financieras intermediarias; Que, en el Decreto de Urgencia Nº 064-2002 del 04/12/2002 se establece en el Articulo 2º - La intangibilidad de los Fondos Ley Nº 27677;- que los recursos provenientes de la Liquidacion del ex Fondo Nacional de Vivienda - FONAVI que conformen el fondo creado mediante Ley Nº 27677 en adelante "Fondo Ley Nº 27677" son intangibles. La intangibilidad supone que los recursos no pueden ser destinados a finalidad distinta a la senalada en la Ley Nº 27677; Que, segun Decreto Supremo Nº 032-2006-EF del 16 de marzo de 2006, el Ministerio de Economia y Finanzas autoriza el Credito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado para el Ano Fiscal 2006, hasta por la suma de Seis Millones Seiscientos Cuarenta y Nueve Mil Ochocientos Sesenta y Seis y 00/100 Nuevos Soles (S/. 6 649 866.00) para la ejecucion de la obra de Agua y Desague de Hoja Redonda y las Obras Complementarias para la obra de Agua y Desague de San Clemente; Que, conforme al literal h) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28652, solo se aprueban por resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, entre otras, las Transferencias Financieras que realiza el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para proyectos de inversion de saneamiento, incluyendo las que se realicen a las Empresas Prestadoras de Servicio de Saneamiento Municipales - EPS y a SEDAPAL;

Que, de conformidad con el literal a) del articulo 4º de la Ley Nº 27792 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dicho Ministerio tiene entre sus funciones la de ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales, en materia de urbanismo, desarrollo MORDAZA y saneamiento conforme a ley. Asimismo, de conformidad con el literal l) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 0022002-VIVIENDA, se establece como una de sus funciones generales, la de generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestacion, en especial de los sectores de menores recursos economicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2006-VIVIENDA del 21 de setiembre de 2006 se dispone la incorporacion en la relacion de proyectos prioritarios de agua y desague a que se refiere la Ley Nº 28870 - Ley para Optimizar la Gestion de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento y la aplicacion del procedimiento simplificado a que se refiere el Decreto Supremo Nº 024-2006-VIVIENDA. Asimismo en el Articulo 2º del mencionado Decreto Supremo Nº 0272006-VIVIENDA se autoriza a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. - EPS SEMAPACH S.A. para la ejecucion de la obra "Proyecto de Agua Potable y Desague del Centro Poblado Hoja Redonda, senalando expresamente que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento mediante Resolucion Ministerial dispondra las transferencias financieras que correspondan con el objeto de financiar la ejecucion de dichas obras, previa suscripcion del convenio correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28652, Decreto Supremo Nº 032-2006-EF, la Directiva Nº 001-2006-EF/76.01, Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario del Gobierno Nacional para el Ano Fiscal 2006, aprobada por Resolucion Directoral Nº 052-2005-EF/76.01; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia financiera hasta por la suma de S/. 3 190 118,00 (TRES MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CIENTO DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha S.A. - EPS SEMAPACH SA. para la ejecucion del Proyecto descrito en el Anexo que forma parte de esta Resolucion Ministerial, y conforme se detalla a continuacion: PROYECTOS Proyecto de Agua y Desague del Centro Poblado de Hoja Redonda - Obra - Supervision de Obra TOTAL MONTO MORDAZA MORDAZA DE EJECUCION A TRANSFERIR PRESUPUESTARIA (Nuevos Soles)

INDIRECTA

3 009 545 180 573 3 190 118

Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion del proyecto descrito en el Anexo que se adjunta, quedando prohibido que el SEMAPACH S.A. efectue anulaciones presupuestarias con cargo a tales recursos. Articulo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el articulo precedente se realizara con cargo al presupuesto aprobado del presenta ano fiscal 2006 de la Unidad Ejecutora 003 Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, Proyecto 2.021522 Infraestructuras de Saneamiento FONAVI en Liquidacion, en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Especifico de Financiamiento del Proyecto de Inversion a celebrarse entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y la EPS SEMAPACH SA. Articulo 4º.- Autorizar al Viceministro de Construccion y Saneamiento, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a suscribir a nombre

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