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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (21/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de diciembre de 2006 335098 sectoriales en materia de salud, comprendidas en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2005”; Que, con el visado del Despacho del Viceministro de Salud, de la O fi cina General de Descentralización y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2005, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, la Directiva Nº 002-CND-P-2005, aprobada por Resolución Presidencial Nº 033-CND-P-2005; y en uso de las atribuciones conferidas por el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que el Gobierno Regional de Puno ha culminado en el Ciclo de Acreditación del Año 2005, el proceso de transferencia de determinadas funciones sectoriales en materia de salud, contenidas en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Loc ales del año 2005”, aprobado por Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, de acuerdo al Anexo Nº 01, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALLEJOS SOLOGUREN Ministro de Salud 8278-3 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1155-2006/MINSA Mediante O fi cio Nº 3122-2006-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 1155-2006/MINSA, publicada en la edición del día 15 de diciembre de 2006. En el Artículo Único: DICE: Designar a la médico y maestra en salud pública Silvia Ester PESSAH ELJAY, en el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Transferencia Tecnológica y Capacitación de la O fi cina General de Investigación y Transferencia Tecnológica del Instituto Nacional de Salud, Nivel F-4. DEBE DECIR: Designar a la médico y maestra en salud pública Silvia Ester PESSAH ELJAY, en el cargo de Director Ejecutivo de la Ofi cina Ejecutiva de Transferencia Tecnológica y Capacitación de la O fi cina General de Investigación y Transferencia Tecnológica del Instituto Nacional de Salud, Nivel F-3. 8369-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Dictan disposiciones sobre el uso de goce vacacional de los trabajadores del Ministerio durante el período comprendido entre el 18 y el 31 de diciembre de 2006 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 424-2006-TR Lima, 20 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 193-2006-EF se ha facultado a los titulares de los organismos y entidades públicas del Poder Ejecutivo a disponer el período de goce vacacional de las personas que prestan servicios en dichas instituciones, durante el período del 18 hasta el 31 de diciembre de 2006; Que, para efectos de dar cumplimiento a lo anterior, la norma antes citada señala que los titulares determinan la relación de personas y el cronograma correspondiente al plazo vacacional; Que, el artículo 2º del mencionado Decreto Supremo establece la obligación, por parte de las entidades, de garantizar la continuidad de los servicios públicos básicos y las labores indispensables de la institución, señalando expresamente que los días comprendidos en el período indicado se consideran como días hábiles; De conformidad con la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el artículo 12º inciso d) del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR; y el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 193-2006-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que el personal del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo haga uso del goce vacacional, con e fi cacia anticipada, durante el período comprendido entre el 18 y el 31 de diciembre de 2006, de acuerdo a lo señalado en la presente Resolución Ministerial, delegando a la Secretaría General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo la facultad para aprobar la relación y el cronograma de personal que se acogerá al citado bene fi cio. Artículo 2º.- Establecer que para efectos del goce vacacional mencionado en el artículo 1º, los superiores jerárquicos de las distintas unidades orgánicas y programas del ministerio remiten a la Secretaría General la relación de personal y el cronograma respectivo, los cuales deben garantizar la continuidad de los servicios públicos básicos y las labores indispensables. Artículo 3º.- Considerar, para efecto del cómputo de los plazos en los procedimientos administrativos del ministerio, como días hábiles aquellos comprendidos dentro del período del 18 al 31 de diciembre 2006. Artículo 4º.- El personal que hubiere gozado durante el presente año del período vacacional completo correspondiente al año 2006, podrá tomar su descanso vacacional adelantado. El período de descanso vacacional restante se gozará una vez cumplido el récord vacacional correspondiente. En el caso del personal que cese antes de cumplir con el récord vacacional señalado en el párrafo anterior y que hubiese percibido la remuneración respectiva, ésta será detraída de la liquidación de sus bene fi cios sociales. Artículo 5º.- Encargar a la Secretaría General adoptar las medidas complementarias para la aplicación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA ISABEL PINILLA CISNEROS Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 8873-1 Designan representante ante Comité Técnico Multisectorial constituido mediante R.S. Nº 032-2005-TR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 425-2006-TR Lima, 20 de diciembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 032-2005- TR de fecha 8 de julio de 2005, se constituyó un Comité Técnico Multisectorial encargado de analizar y proponer las medidas que tengan por fi nalidad mejorar las condiciones laborales y la formación profesional de los trabajadores dedicados al servicio de transporte urbano e interprovincial de pasajeros; Que, el artículo 2º de la citada Resolución Suprema establece que dicho Comité Técnico Multisectorial estará conformado, entre otros, por un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quien la presidirá;