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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de diciembre de 2006 335151 competencia, encontrándose facultada para ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 024-2005-MDLP/ALC de fecha 18 de enero del 2006, se aprobó el Programa de Incentivos “Temporada Alta y Temporada Baja” estableciéndose descuentos para inquilinos de locales de la Municipalidad de La Punta que estén al día en sus pagos; Estando a lo expuesto por la Gerencia de Rentas y Comercialización, mediante Memorando Nº 215-2006-MDLP/GRC y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establézcase el Programa de Incentivos “Temporada Alta y Temporada Baja” a partir del año 2007, a los inquilinos de locales comerciales de la Municipalidad Distrital de La Punta, debiendo de entenderse por: a) Temporada Alta : los meses comprendidos entre Enero y Abril. b) Temporada Baja : los meses comprendidos entre Mayo y Diciembre. Artículo Segundo.- Durante el Programa de Incentivos “Temporada Alta”, se otorgará a los inquilinos de locales comerciales un descuento del 30% sobre la merced conductiva pactada, siempre y cuando paguen dentro del mes de vencimiento y se encuentren al día en sus pagos de arbitrios, convenios de fraccionamiento y/o compromisos de pago. Artículo Tercero.- Durante el Programa de Incentivos “Temporada Baja”, se otorgará un descuento del 35% sobre la merced conductiva a los inquilinos de locales comerciales que paguen dentro del mes de vencimiento y se encuentren al día en sus pagos de arbitrios, convenios de fraccionamiento y/o compromisos de pago. Artículo Cuarto.- Para acogerse al bene fi cio del descuento establecido en los artículos segundo y/o tercero de la presente Ordenanza, los inquilinos deberán tener suscrito el respectivo contrato de arrendamiento por el período correspondiente. Artículo Quinto.- La Gerencia de Rentas y Comercialización, será la responsable de velar por el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- Deróguese todos los dispositivos que se opongan a la presente ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. ELSA MARINA JORDAN FERRETTI Teniente Alcalde 8094-1 PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Proyecto de Resolución que establecerá cargo de interconexión tope por transporte conmutado local provisto por Telefónica del Perú S.A.A. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 078-2006-CD/OSIPTEL Lima, 14 de diciembre de 2006 EXPEDIENTE : Nº 00004-2004-CD-GPR/IX MATERIA :Revisión del Cargo de Inter- conexión Tope por Transporte Conmutado Local. ADMINISTRADOS : Telefónica del Perú S.A.A. VISTO: El Proyecto de Resolución presentado por la Gerencia General, mediante el cual se dispone la publicación del Proyecto de Resolución que establecerá el cargo de interconexión tope por transporte conmutado local, conjuntamente con su Exposición de Motivos y el Informe Sustentatorio; CONSIDERANDO: Que en el Texto Único Ordenado de las Normas de Interconexión - aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL y sus normas modi fi catorias, y publicado en el Diario O fi cial El Peruano el día 7 de junio de 2003 - se de fi nen los conceptos básicos de la interconexión, y se establecen las normas técnicas, económicas y legales a las cuales deberán sujetarse: a) los contratos de interconexión que se celebren entre operadores de servicios públicos de telecomunicaciones; y, b) los pronunciamientos sobre interconexión que emita OSIPTEL; Que asimismo, en el numeral 46 de los Lineamientos de Política de Apertura del Mercado de las Telecomunicaciones en el Perú, aprobados por Decreto Supremo Nº 020-98- MTC, se establece la información que servirá de base para el establecimiento de cargos de interconexión; Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 123-2003-CD/OSIPTEL publicada en el Diario O fi cial El Peruano el día 25 de diciembre de 2003 se aprobó el “Procedimiento para la Fijación o Revisión de Cargos de Interconexión Tope” (en adelante, el Procedimiento), en cuyo Artículo 7º se detallan las etapas y reglas a que se sujeta el procedimiento de o fi cio que inicie OSIPTEL; Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 100-2004-CD/OSIPTEL, publicada el 24 de diciembre de 2004, OSIPTEL dio inicio al procedimiento de o fi cio para la revisión del cargo de interconexión tope por transporte conmutado local; Que de acuerdo con lo establecido en el Artículo 7º del Procedimiento y en mérito a los fundamentos que sustentan el Proyecto de Resolución señalado en la sección VISTA, se considera pertinente disponer su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, de fi niendo el plazo para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto de dicho proyecto, convocar a la correspondiente Audiencia Pública y disponer la publicación, en la página web de OSIPTEL, de la respectiva documentación sustentatoria; Que forma parte de la motivación de la presente resolución el Informe Sustentatorio Nº 055-GPR/2006 elaborado por la Gerencia de Políticas Regulatorias de OSIPTEL; En aplicación de las funciones previstas en el inciso b) del Artículo 75º del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-CD/OSIPTEL y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 284; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación, en el Diario Ofi cial El Peruano, del Proyecto de Resolución mediante el cual se establecerá el cargo de interconexión tope por transporte conmutado local provisto por Telefónica del Perú S.A.A., conjuntamente con su Exposición de Motivos. Asimismo, serán publicados en la página web de OSIPTEL (http://www.osiptel.gob.pe), el referido Proyecto Normativo, su Exposición de Motivos, el modelo de costos y el Informe Nº 055-GPR/2006 que sustenta el cargo de interconexión tope por transporte conmutado local.