Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2006 (21/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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competencia, encontrandose facultada para ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ordenanza Nº 024-2005-MDLP/ALC de fecha 18 de enero del 2006, se aprobo el Programa de Incentivos "Temporada Alta y Temporada Baja" estableciendose descuentos para inquilinos de locales de la Municipalidad de La Punta que esten al dia en sus pagos; Estando a lo expuesto por la Gerencia de Rentas y Comercializacion, mediante Memorando Nº 215-2006MDLP/GRC y de conformidad a lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establezcase el Programa de Incentivos "Temporada Alta y Temporada Baja" a partir del ano 2007, a los inquilinos de locales comerciales de la Municipalidad Distrital de La Punta, debiendo de entenderse por: : los meses comprendidos entre Enero y Abril. b) Temporada Baja : los meses comprendidos entre MORDAZA y Diciembre. Articulo Segundo.- Durante el Programa de Incentivos "Temporada Alta", se otorgara a los inquilinos de locales a) Temporada Alta

comerciales un descuento del 30% sobre la MORDAZA conductiva pactada, siempre y cuando paguen dentro del mes de vencimiento y se encuentren al dia en sus pagos de arbitrios, convenios de fraccionamiento y/o compromisos de pago. Articulo Tercero.- Durante el Programa de Incentivos "Temporada Baja", se otorgara un descuento del 35% sobre la MORDAZA conductiva a los inquilinos de locales comerciales que paguen dentro del mes de vencimiento y se encuentren al dia en sus pagos de arbitrios, convenios de fraccionamiento y/o compromisos de pago. Articulo Cuarto.- Para acogerse al beneficio del descuento establecido en los articulos MORDAZA y/o tercero de la presente Ordenanza, los inquilinos deberan tener suscrito el respectivo contrato de arrendamiento por el periodo correspondiente. Articulo Quinto.- La Gerencia de Rentas y Comercializacion, sera la responsable de velar por el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Deroguese todos los dispositivos que se opongan a la presente ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERRETTI MORDAZA MORDAZA 8094-1

PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Proyecto de Resolucion que establecera cargo de interconexion tope por transporte conmutado local provisto por Telefonica del Peru S.A.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 078-2006-CD/OSIPTEL MORDAZA, 14 de diciembre de 2006 : Nº 00004-2004-CD-GPR/IX Revision del Cargo de InterMATERIA : conexion Tope por Transporte Conmutado Local. ADMINISTRADOS : Telefonica del Peru S.A.A. VISTO: El Proyecto de Resolucion presentado por la Gerencia General, mediante el cual se dispone la publicacion del Proyecto de Resolucion que establecera el cargo de interconexion tope por transporte conmutado local, conjuntamente con su Exposicion de Motivos y el Informe Sustentatorio; CONSIDERANDO: Que en el Texto Unico Ordenado de las Normas de Interconexion - aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 043-2003-CD/OSIPTEL y sus normas modificatorias, y publicado en el Diario Oficial El Peruano el dia 7 de junio de 2003 - se definen los conceptos basicos de la interconexion, y se establecen las normas tecnicas, economicas y legales a las cuales deberan sujetarse: a) los contratos de interconexion que se celebren entre operadores de servicios publicos de telecomunicaciones; y, b) los pronunciamientos sobre interconexion que emita OSIPTEL; Que asimismo, en el numeral 46 de los Lineamientos de Politica de Apertura del MORDAZA de las Telecomunicaciones en el Peru, aprobados por Decreto Supremo Nº 020-98MTC, se establece la informacion que servira de base para el establecimiento de cargos de interconexion; Que mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 123-2003-CD/OSIPTEL publicada en el Diario Oficial EXPEDIENTE El Peruano el dia 25 de diciembre de 2003 se aprobo el "Procedimiento para la Fijacion o Revision de Cargos de Interconexion Tope" (en adelante, el Procedimiento), en cuyo Articulo 7º se detallan las etapas y reglas a que se sujeta el procedimiento de oficio que inicie OSIPTEL; Que mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 100-2004-CD/OSIPTEL, publicada el 24 de diciembre de 2004, OSIPTEL dio inicio al procedimiento de oficio para la revision del cargo de interconexion tope por transporte conmutado local; Que de acuerdo con lo establecido en el Articulo 7º del Procedimiento y en merito a los fundamentos que sustentan el Proyecto de Resolucion senalado en la seccion VISTA, se considera pertinente disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, definiendo el plazo para que los interesados puedan presentar sus comentarios respecto de dicho proyecto, convocar a la correspondiente Audiencia Publica y disponer la publicacion, en la pagina web de OSIPTEL, de la respectiva documentacion sustentatoria; Que forma parte de la motivacion de la presente resolucion el Informe Sustentatorio Nº 055-GPR/2006 elaborado por la Gerencia de Politicas Regulatorias de OSIPTEL; En aplicacion de las funciones previstas en el inciso b) del Articulo 75º del Reglamento General de OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-CD/OSIPTEL y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 284; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion, en el Diario Oficial El Peruano, del Proyecto de Resolucion mediante el cual se establecera el cargo de interconexion tope por transporte conmutado local provisto por Telefonica del Peru S.A.A., conjuntamente con su Exposicion de Motivos. Asimismo, seran publicados en la pagina web de OSIPTEL (http://www.osiptel.gob.pe), el referido Proyecto Normativo, su Exposicion de Motivos, el modelo de costos y el Informe Nº 055-GPR/2006 que sustenta el cargo de interconexion tope por transporte conmutado local.

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