Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2006 (21/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- Prorroguese hasta el 29 de Diciembre del 2006, la vigencia de la Ordenanza Nº 000029-2006. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, a la Gerencia General de Transporte MORDAZA y a la Gerencia de Informatica el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. POR TANTO: Publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao 8066-1

Establecen disposiciones para la MORDAZA de requisitos y documentos a que se refiere el D.A. Nº 000021, por parte de las empresas de transporte
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000030 Callao, 13 de diciembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Municipalidades Provinciales son organos del Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 81º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades Provinciales son competentes en materia de transporte, para normar y regular el servicio de transporte publico y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros. Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 000021, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 26.8.2006, se establecieron las disposiciones complementarias al Plan Regulador de Rutas y Diseno Operacional del Sistema MORDAZA de Transporte Publico de Pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 00007, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el 2.3.2006. Que, el citado Decreto de Alcaldia establecio en su articulo MORDAZA, que las Empresas de Transportes que mantengan su autorizacion y deseen adecuar sus autorizaciones por el plazo de vigencia de diez (10) anos, cumplan con presentar los requisitos exigidos dentro del plazo de noventa (90) dias calendario computados a partir de la fecha publicacion de la citada norma. Que, en tal sentido estando por vencer el plazo establecido en el articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 000021, para la MORDAZA de los requisitos y documentos exigidos en la citada MORDAZA municipal, resulta necesario prorrogar su fecha de MORDAZA, a efectos de que las Empresas de Transportes puedan adecuar la vigencia de sus autorizaciones por el plazo de 10 anos. Por lo expuesto y estando a las consideraciones expuestas, con la visacion de la Gerencia General de Transporte MORDAZA y Gerencia General de Asuntos Juridicos y Conciliacion, y en ejercicio de las facultades que confiere al senor MORDAZA, el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo establecido en el articulo MORDAZA del Decreto de Alcaldia Nº 000021, para la MORDAZA de los requisitos y documentos exigidos en la referida MORDAZA municipal a cargo de las Empresas de Transportes, hasta el 27 de diciembre del 2006. Articulo Segundo.- La Gerencia General de Transporte MORDAZA, dentro del plazo de 30 dias habiles computados a partir del dia siguiente de la fecha senalada en el articulo precedente, debera evaluar y calificar las solicitudes presentados por las Empresas de Transportes, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Alcaldia Nº 000021. Articulo Tercero.- AMPLIAR el plazo establecido en la primera disposicion final del Decreto de Alcaldia Nº 000021, hasta el 15 de diciembre del 2006, para la expedicion de las resoluciones, a cargo de la Gerencia General de Transporte MORDAZA, correspondientes a la adecuacion de las fichas tecnicas de cada una de las actuales rutas urbanas disenadas para la prestacion del servicio de transporte publico MORDAZA de pasajeros, conforme al MORDAZA diseno operacional aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 00007. Articulo Cuarto.- Los datos y especificaciones tecnicas contenidas en las fichas tecnicas de cada ruta MORDAZA, entraran en vigencia a partir del 1 de MORDAZA del 2007, salvo los datos referidos a la flota vehicular de la ruta, cuya vigencia estara sujeta al cronograma de

Modifican MORDAZA de la Municipalidad dejando sin efecto el cobro de derechos por MORDAZA de recursos de reconsideracion y apelacion
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000029 Callao, 24 de noviembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en la pagina web del Tribunal Constitucional, se ha publicado la sentencia del Expediente Nº 3741-2004AA/TC, en la que se ha establecido como precedente vinculante, entre otros puntos, que todo cobro que se MORDAZA establecido al interior de un procedimiento administrativo, como condicion o requisito previo a la impugnacion de un acto de la propia administracion publica, es contrario al derecho constitucional del debido MORDAZA, derecho de peticion y de acceso a la tutela jurisdiccional, por lo tanto las normas que lo autorizan son nulas y no pueden exigirse a partir de la publicacion de dicha sentencia; Que, en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 publicada el 25 de MORDAZA del 2006, se ha establecido el pago de derechos para la MORDAZA de los recursos impugnativos de reconsideracion y de apelacion; Que, dentro de este MORDAZA, en cumplimiento de lo resuelto por el Tribunal Constitucional que constituye un precedente vinculante, es necesario dejar sin efecto el cobro de dichos derechos; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º numeral 38.5 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, debe realizarse mediante Decreto de Alcaldia; Estando a lo expuesto, con la visacion de la Gerencia General de Asesoria Juridica y en uso de las facultades otorgadas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial del Callao, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 publicada el 25 de MORDAZA del 2006, dejando sin efecto el cobro de derechos de pago por la MORDAZA de los recursos impugnativos de reconsideracion y de apelacion. Articulo Segundo.- Comuniquese la presente resolucion a las diversas Dependencias de esta Corporacion Edil. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao 8061-1

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