Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2006 (21/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de diciembre de 2006

Municipal Nº 18 de 2006 a lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao 8073-1

Amplian plazo de la representacion otorgada a miembros de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Provincial del Callao
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000042 Callao, 22 de noviembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 22 de noviembre de 2006; Aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal tienen la atribucion de aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que el Consejo de Coordinacion Local Provincial, forma parte de la organizacion de los gobiernos locales, como organo de coordinacion de acuerdo a lo estipulado por el titulo II de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senalandose tambien que pueden establecerse otros mecanismos de participacion que aseguren una permanente comunicacion entre la poblacion y las autoridades; Que, de acuerdo al articulo 98º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su tercer parrafo establece que los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local Provincial son elegidos democraticamente por un periodo de dos anos, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel provincial, que se hayan inscrito en el registro que se abrira para tal efecto en la Municipalidad Provincial, siempre y cuando acrediten personeria juridica y un minimo de tres anos de actividad institucional comprobada, debiendo la eleccion ser supervisada por el organismo electoral correspondiente; Que, de acuerdo al articulo 101º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Consejo de Coordinacion Local Provincial se rige por su reglamento aprobado por ordenanza provincial, durante el primer semestre de su funcionamiento, a propuesta del Consejo de Coordinacion Local Provincial; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo senala que el Consejo de Coordinacion Local Provincial constituye una instancia de participacion en el MORDAZA de Programacion Participativa y que para el desarrollo del MORDAZA, conforman su directiva, elaboran y aprueban sus estatutos dentro del MORDAZA de sus respectivas leyes y normas; Que, mediante Ordenanza Nº 060-2005 se aprueba el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Provincial, el cual senala en su articulo 4 que los representantes de la sociedad civil son elegidos democraticamente por un periodo de dos anos, contados a partir de la fecha de instalacion del Consejo; Que, con fecha 6 de octubre de 2004, bajo estos precedentes se instalo el Consejo de Coordinacion Local

Provincial del Callao, segun consta en el Acta Nº 0012004; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 21-2006, se aprobo el Reglamento del MORDAZA de Programacion de Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2007 habiendose efectuado el registro del Plan de Inversiones 2007, siendo necesario validar los proyectos de inversion priorizados via programacion participativa para el ano 2007; Que, mediante el informe del visto la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalizacion, con fecha 30 de octubre de 2006, recomienda que habiendose cumplido en el mes de octubre del presente ano, el plazo para renovacion de representantes de la sociedad civil, y ante la carencia de un plazo para efectuar elecciones para tal fin, estima conveniente ampliar la vigencia de los representantes de la sociedad civil del actual Consejo de Coordinacion Local Provincial, por un periodo de tres meses; Que, el Reglamento del Consejo de Coordinacion Local Provincial, aprobado mediante la Ordenanza Municipal Nº 9-2005, en su Disposicion Final Unica establece que el Consejo o el Presidente determinaran las pautas a seguir en los casos no previstos en el Reglamento, de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y demas normas complementarias; Que, en la Comision de Poblacion luego de deliberar sobre la problematica suscitada en un periodo en el cual se han dado una serie de cambios en la conformacion del Concejo Provincial del Callao y de las Municipalidades Distritales, por causa del MORDAZA de elecciones municipales y regionales 2006, se aprobo, ampliar el plazo de vigencia de la representacion de los miembros de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinacion Local y Provincial por tres meses, en via de regularizacion; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE AMPLIA EL PLAZO DE REPRESENTACION DE LOS MIEMBROS DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL PROVINCIAL DEL CALLAO Articulo Primero.- Apruebase, en via de regularizacion, la ampliacion por un plazo de tres meses la vigencia de la representacion de los miembros de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Provincial del Callao. Articulo Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao 8068-1

Aprueban Reglamento de Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000043 Callao, 22 de noviembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 22 de noviembre de 2006, Aprobo la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE AUTORIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO NUESTRA SENORA DE LAS MORDAZA - MI PERU. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades como organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa

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