Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2006 (21/12/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de diciembre de 2006

NORMAS LEGALES

335147

Articulo 22º.- No pueden ser miembros de mesa los candidatos o los personeros de las listas participantes. Articulo 23º.- Las listas de electores por cada mesa se elaboraran por orden alfabetico, sobre la base de los ciudadanos registrados en el Padron Electoral. Articulo 24º.- El Comite Electoral del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru, publicara oportunamente la relacion de miembros de mesa indicando el lugar de votacion. Los miembros de mesa recabaran sus respectivas credenciales del Comite Electoral. Articulo 25º.- La votacion se efectuara el primer MORDAZA de febrero a partir de las 0800 hasta las 400 p.m. Articulo 26º.- Cada lista podra acreditar un personero ante la mesa de sufragio quien sera el encargado de observar los actos de instalacion, sufragio y escrutinio, formulando las impugnaciones y observaciones pertinentes. Articulo 27º.- La instalacion de las mesas se MORDAZA con la presencia de los miembros titulares, si faltase cualquiera de los titulares, estos seran reemplazados por los suplentes y a falta de estos con los electores que se encuentren presentes en la fila de votacion. CAPITULO V DEL SUFRAGIO, ESCRUTINIO Y COMPUTO DE RESULTADOS Articulo 28º.- La cedula de sufragio, es un documento publico, por medio del cual todo vecino elige a los candidatos de su preferencia. Articulo 29º.- El Comite Electoral elaborara la cedula de sufragio la cual sera aprobada por la Municipalidad Provincial del Callao, mediante resolucion de alcaldia. Articulo 30º.- El sufragio y el escrutinio se regiran por lo senalado en lo correspondiente por la Ley Organica de Elecciones (Ley Nº 26859). Articulo 31º.- Las impugnaciones de los votos seran resueltas en instancia definitiva por el Comite Electoral del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru. Articulo 32º.- Resueltas las impugnaciones de los votos formuladas en cada una de las Mesas de Sufragio, el Presidente del Comite Electoral del Centro Poblado, en presencia de los personeros legales que lo deseen, procedera al computo de resultados, luego de recibir de los miembros de mesa las actas electorales respectivas. Articulo 33º.- La lista ganadora sera la que MORDAZA alcanzado la mas alta votacion, correspondiendole la eleccion del MORDAZA y cinco regidores, hecho que quedara registrado en las actas elaboradas por el Comite Electoral. Se elaboraran tres actas electorales oficiales: - Una para el Comite Electoral - Una para la Municipalidad Provincial del Callao - Una para el MORDAZA Nacional de Elecciones Podra emitir actas para los personeros legales de las listas que lo soliciten. Articulo 34º.- Con los resultados obtenidos, el Comite Electoral del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru, oficiara a la Municipalidad Provincial del Callao los resultados oficiales, los cuales deberan ser publicados en los lugares mas concurridos y visibles del centro poblado y de ser posible por los principales medios de comunicacion, por un plazo de 24 horas. Vencido este plazo los moradores tienen tres dias calendario contados a partir del ultimo dia de publicacion para impugnar el resultado del sufragio, previo pago al Comite Electoral de un derecho correspondiente al 15 % de la UIT. Las impugnaciones deberan ser resueltas en primera instancia por el Comite Electoral en un plazo de dos dias calendario. En caso de apelacion de esta resolucion, sera resuelto en MORDAZA y MORDAZA instancia por el Concejo Provincial del Callao, en un plazo de 10 dias calendario. Una vez resuelta la impugnacion el MORDAZA Provincial proclamara al MORDAZA y a su lista de regidores que alcanzo la mas alta votacion, comunicando el cuadro de autoridades electas al MORDAZA Nacional de Elecciones y al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Los casos no contemplados en el presente Reglamento seran resueltos por el Comite Electoral del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru.

Segunda.- En caso de no presentarse listas de candidatos, el Comite Electoral informara a la Municipalidad Provincial del Callao la decision al respecto. Tercera.- Los electores que no esten inscritos en el Padron Electoral, podran votar si muestran su Documento Nacional de Identidad en el que figure su domicilio en el Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru, debiendose registrar su nombre, domicilio, firma y huella digital en el padron. Cuarta.- El Comite Electoral tiene un plazo de tres dias habiles despues del dia de la eleccion, para rendir cuentas de sus ingresos y egresos al Concejo Provincial del Callao y en caso encontrarse un saldo favorable, este se depositara a favor de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru, siendo indispensable la MORDAZA del recibo bancario, bajo responsabilidad. Quinta.- Aplicase como normas supletorias al presente Reglamento las siguientes: - Ley Nº 26859 - Ley Organica de Elecciones. - Ley Nº 26864 - Ley de Elecciones Municipales. - Resolucion Nº 007-2006-JNE, publicada el 12 de enero del 2006, que aprueba el Reglamento sobre difusion y control de Propaganda Electoral durante el MORDAZA de elecciones generales. - Resolucion Nº 1233-2006-JNE, publicada el 14 de MORDAZA del 2006, Reglamento de Difusion de Propaganda Electoral para las Elecciones Regionales y Municipales. - Resolucion Nº 1234-2006-JNE, publicada el 14 de MORDAZA del 2006, que precisa cuota de genero reconocida por la Ley Nº 26864. - Resolucion Nº 1231-2006-JNE, publicada el 11 de MORDAZA del 2006, que estable el minimo de candidatos varones y mujeres que deben integrar las listas de candidatos a regidores del Concejo Municipal. - Resolucion Nº 1338-2006-JNE, que establece cuota de candidatos jovenes para las listas a concejos municipales y provinciales. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao 8071-1

Modifican Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000044 Callao, 22 de noviembre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 22 de noviembre de 2006; Aprobo la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO, APROBADO POR ORDENANZA Nº 004-04 Articulo 1º.- Incluyase el literal t) al articulo 82 de la Ordenanza Municipal Nº 04-2004 el cual tendra la siguiente redaccion: "t. Planificar, administrar, coordinar y supervisar los proyectos referentes al uso de vehiculos menores no motorizados, asi como los de mejoramiento de las infraestructuras requeridas para las ciclovias." Articulo 2º.- Incluyase un literal w) al articulo 85 de la Ordenanza Municipal Nº 04-2004 el cual tendra la siguiente redaccion: "w. Programar, dirigir ejecutar y controlar los proyectos referentes al uso de vehiculos menores no motorizados,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.