Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2006 (21/12/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES
CODIGO C19

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de diciembre de 2006

Sexta.- Apliquese supletoriamente la Ley Nº 27596 y su reglamento el D.S. Nº 006.-2002-SA, en todo aquello que no contemple la Ordenanza. Septima.- Mediante Decreto de Alcaldia se expediran todas las normas y disposiciones que se requieran para la complementacion y/o aplicacion del presente reglamento, asi como la inclusion de nuevas infracciones y su correspondiente sancion. Octavo.- Esta Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA VILLARAN MORDAZA del Callao

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ANEXO I. CUADRO DE ESCALAS Y MULTAS
MULTA INFRACCION De la proteccion de los canes C1 No identificar, registrar y obtener la 2 licencia del can establecida conforme al Reglamento de la Ley 27596 y a la presente Ordenanza que lo ratifica. C2 Carecer o tener vencido el documento 2.5 de vacunacion antirrabica (para canes mayores a tres meses de edad) C3 Dejar de alimentarlos o alimentarlos 3 con basura o alimentos contaminados. C4 Criarlos o abandonarlos en vias y areas de uso 6 publico. C5 Someterlos a practicas de crueldad o maltratos 10 innecesarios C6 No prestarles asistencia veterinaria cuando es6 tos lo necesiten. C7 Organizar o participaren peleas de ca7 nes en lugares publicos o privados. C8 Ejecutar otras formas de sacrificio diferente a la 15 eutanasia De los centros de Comercio, Atencion y Adiestramiento de canes C9 No contar con la licencia de funcionamiento. 8 C10 No contar con la regencia de un Medico Veteri15 nario Colegiado. C11 No contar con el informe favorable de 6 una organizacion cinologica reconocida por el Estado. C12 No contar con la Autorizacion Sanitaria 20 otorgada por la Direccion de Salud del Callao. C13 No mantener en condiciones higienico 10 sanitarias a los canes y los ambientes de adiestramiento, atencion y comercio, permitiendo olores y ruidos u otros que signifiquen molestia para el vecindario. C14 Realizar adiestramiento de canes diri8 gido a acrecentar y reforzar su agresividad C15 Utilizar adiestradores que no cuenten 10 con un certificado emitido por una de las organizaciones cinologicas reconocidas por el Estado que acredite su capacitacion. De la proteccion de la seguridad personal, salud publica y ambiental C16 Contaminar las vias y areas de uso pu6 blico con deposiciones, orines o secreciones organicas propios del animal. C17 Permitir el ingreso, permanencia o te10 nencia de canes en establecimientos de salud y educacion, centros de beneficio, mataderos, establecimientos de fabricacion de alimentos, centros de acopio y distribucion, comercializacion y expendio de alimentos, locales de espectaculos publicos deportivos y culturales y otros lugares de recreacion y de concurrencia masiva. 2 C18 No reportar a la autoridad competente la zoonosis (enfermedad del can). CODIGO

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C25 C26

MULTA INFRACCION No mantener en condiciones higienico 6 sanitarias a los canes y a los ambientes de crianza, favoreciendo la proliferacion de heces, orines o secreciones organicas, aumentando el riesgo de aparicion de pulgas, moscas, o cualquier otro vector transmisor de enfermedades; ademas de ocasionar olores y ruidos u otros que signifiquen molestia para el vecindario. Conducir por cualquier lugar publico a 3 los canes sin correas, o con correas que no ofrezcan resistencia de acuerdo con el tamano y fuerza del animal. O tambien sin bozal (para el caso de canes considerados potencialmente peligrosos) Permitir la agresion del can contra la 10 integridad fisica de personas o animales. Permitir la demostracion de 5 agresividad del can hacia las personas causandoles dano emocional, o generar ruido excesivo producto de los ladridos que perturben la tranquilidad del vecindario. De la circulacion y traslado de canes Permitir la circulacion y permanencia 3.5 de canes en areas de uso publico sin compania de la persona responsable de su cuidado Trasladarlos en transporte publico 5 sin tomar en cuenta las medidas de proteccion y seguridad (dentro de jaulas o MORDAZA adecuadas). Ingresar a establecimientos publicos o 4 privados. No contar con la documentacion 3 requerida o expedida por el Ministerio de Agricultura para la importacion de canes.

8072-1

Convocan a Elecciones de Autoridades de la Municipalidad del Centro Poblado Nuestra Senora de las MORDAZA - Mi Peru
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000039 Callao, 17 de octubre de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion de fecha 17 de octubre de 2006, Aprobo la siguiente: Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades como organos de gobierno local tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; en su articulo 130º establece el periodo de alcaldes y regidores de los centros poblados en cuatro anos contados a partir de su creacion; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; en su articulo 132º establece que el procedimiento para la eleccion del MORDAZA y regidores de los centros poblados se regula por la ley de la materia; Que, la Ley Nº 28440, Ley de Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados, en su articulo 2º, establece que la convocatoria a elecciones

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