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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (31/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de diciembre de 2006 336745 aceras, parque, jardín 1 y jardín 2 del terreno matriz de 49,734.00 m2 constituido por el Sub Lote A-I, con frente a Calle Las Guindas N° 227. Cooperativa de Vivienda Tayacaja, ubicado en el distrito de El Agustino, provincia y departamento de Lima que se encuentra enmarcado dentro de la Normatividad del Reglamento de Habilitación y Construcción Especial - MI VIVIENDA aprobado por D.S. Nº 053-98-PCM y sus modi fi catorias aprobadas por D.S. N° 030-2002-MTC y D.S.Nº 011-2003-VIVIENDA. Artículo 2°: AUTORIZAR a PROMOTORA y PROYECTOS DE VIVIENDA S.A.C en un plazo de dieciocho (18) meses, contados a partir de la fecha de notifi cación de la presente Resolución, las obras de Habilitación Urbana Nueva con construcción simultanea y venta garantizada de lotes, para Uso Residencial de Densidad Media R-4 correspondiente a los proyectos referente al trazado, lotizacion, pavimentación de calzadas, aceras, parque, jardín 1 y jardín 2 del terreno matriz de 49,734.00 m2 constituido por el Sublote A-I, con frente a la Calle Las Guindas N° 227. Cooperativa de Vivienda Tayacaja, ubicado en el distrito de El Agustino, provincia y departamento de Lima que se encuentra enmarcado dentro de la Normatividad del Reglamento de Habilitación y Construcción Especial - MI VIVIENDA aprobado por D.S. Nº 053-98-PCM y sus modi fi catorias aprobadas por D.S. N° 030-2002-MTC y D.S. Nº 011-2003-VIVIENDA. Artículo 3°: DISPONER que los interesados deberán efectuar la inscripción de los aportes reglamentarios y teniendo en cuenta las características y especi fi caciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: DISEÑO: AREA TOTAL BRUTA : 49,734.00 m2AREA UTIL DE LOTES : 27,623.06 m2AREA DE VIAS PUBLICAS : 16,407.09 m2AREA DE RECREACIÓN PÚBLICA (PARQUE) : 2,419.67 m2 AREA DE RECREACION PUBLICA (JARDIN 1) : 657.90 m² AREA DE RECREACION PUBLICA (JARDIN 2) : 1,328.52 m2AREA PARA MINISTERIO DE EDUCACION : 999.72 m2AREA PARA COMISARIA 298.08 m² AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO: Obras Sanitarias.- Serán ejecutadas de conformidad con el Esquema de agua potable “Tayacaja” debiendo elaborar sus proyectos de redes secundarias de agua potable y alcantarillado de acuerdo a los lineamientos generales establecidos en dicho esquema, debiendo además, tomar conocimiento SEDAPAL, sobre la fecha de inicio y término de las obras. ENERGÍA ELÉCTRICA: Electricidad.- Los interesados deberán solicitar a la Empresa de servicios EDELNOR la instalación de las redes primarias y secundarias de energía eléctrica publica y domiciliaria, los cuales serán ejecutados de acuerdo a los planes de expansión de dicha Empresa. PAVIMENTACIÓN DE PISTAS y VEREDAS: Sub Rasante.- Para conseguir en suelo estabilizado y teniendo ejecutado el corte a nivel de subrasante será necesario efectuar una evaluación de la super fi cie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escari fi cando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de materiales granular, mezclándose con riegos sucesivos y cercanos al óptimo contenido de humedad hasta alcanzar como mínimo el 95% de la Densidad Proctor Modi fi cado de laboratorio para un índice C.B.R., mínimo de 20. Las partículas sólidas de esta capa tendrán un diámetro máximo de 2”. Base.- Posterior a la capa anterior debe colocarse una capa de base afi rmada de 0.20 m., de espesor, compactado proveniente de cantera seleccionada, que contenga proporciones adecuadas de material grueso (con diámetro máximo de 1½”), fi nos y ligantes en proporciones adecuadas. La mezcla y compactación se efectuará con riegos sucesivos cercanos al óptimo contenido de humedad y hasta alcanzar como mínimo el 95 % de la Densidad Proctor Modi fi cado de laboratorio para un índice de C.B.R. de 80. Se procurará una super fi cie lisa y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicación de una futura capa estática de 2” de espesor. Super fi cie de rodadura.- Suelo estabilizado. Aceras.- Será de concreto simple de 4” de espesor con una resistencia a la compresión axial de f c=140kg/cm2., construido sobre una base granular de 4” de espesor compactada al 100% de la Densidad Seca Proctor Standar. Sardineles.- Se construirá sardineles de 30 cm. de profundidad con mezcla y acabados igual que las aceras. En caso que las aceras esté en medio de jardines se construirá en ambos lados, el vertido del concreto deberá realizarse de modo que requiera el menor manipuleo posible evitando a la vez la segregación de los agregados. Bermas laterales.- Deberán construirse con un pavimento de las mismas características de las calzadas adyacentes. Así también éstas quedarán en tierra nivelada compactada. Rampas peatonales.- En los abanicos de las aceras, se construirán rampas peatonales que conectaran los niveles superiores de las aceras y las calzadas de conformidad de las normas técnicas NTE U 190 adecuación urbanística para personas con discapacidad, aprobadas por Resolución Ministerial N° 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7 de febrero del 2001. Artículo 4°: CONSIDERAR la presente Habilitación Urbana con construcción simultanea y venta garantizada de los lotes de conformidad con el Plano N° 06-06-SGCAT/HU-GDU-MDEA, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 5°: DISPONER que los aportes reglamentarios correspondientes al proceso de Habilitación Urbana del predio aprobado sean entregados en área efectiva y que el propietario de predio indicado respete el derecho de vía del ferrocarril (Vía Colectora C-131) y el Reglamento Nacional de Ferrocarriles - Anexo Decreto Supremo N 032-2005-MTC del 6 de enero de 2006 así como la infraestructura y el servicio de transporte ferroviario preexistente al desarrollo urbano. Artículo 6°: CONSIDERAR la presente Habilitación de tipo PROGRESIVO para que los nuevos propietarios ejecuten en un plazo de 10 años la ornamentación del jardín 1 y jardín 2. Artículo 6°: TRANSCRIBIR a la Municipalidad Metropolitana de ima para las acciones de su competencia de acuerdo a la Ordenanza N° 76-MML, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, para los efectos de la inscripción de la habilitación Urbana, a SERPAR LIMA, al Ministerio de Educación y a los interesados para su conocimiento y fi nes. Artículo 7º: DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruanoz dentro del Plazo de 30 días contados a partir de su noti fi cación, debiendo los bene fi ciarios de la misma sufragar el costo de la publicación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VÍCTOR M. SALCEDO RÍOS Alcalde 11355-1 MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Establecen monto mínimo del Impuesto Predial y aprueban Cronograma de Pagos de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2007 ORDENANZA Nº 237-MPL Pueblo Libre, 14 de diciembre del 2006