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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006 (31/12/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de diciembre de 2006 336728 automática, inmediatamente después de vencido el plazo para el Registro de Participantes y Presentación de Propuestas, y conforme a los valores con fi gurados por el postor en su Agente Electrónico (valor de decremento y el precio límite inferior). En esta etapa podrán participar todos los postores con propuestas económicas válidas. Para tales efectos, el Sistema procesará la información de las propuestas económicas por ítem, determinará las propuestas válidas y las ordenará según el valor total de la oferta, lo que determinará el turno de los lances. En caso que dos (2) o más postores hubieran presentado el mismo monto en la propuesta económica, el Sistema efectuará automáticamente un sorteo para establecer el turno de los lances. Los lances se iniciarán con la propuesta económica de menor precio y se desarrollará conforme al siguiente procedimiento: a) A la propuesta económica de menor precio se le descontará el decremento programado por el postor obteniendo así el “menor precio”. b) Para efectuar el lance del siguiente postor, el Sistema restará al “menor precio” el decremento programado por este postor, pudiendo resultar que: - El precio obtenido sea mayor o igual que su precio límite inferior, en cuyo caso el Sistema lo registrará como el nuevo “menor precio”. - El precio obtenido sea menor que su precio límite inferior, en cuyo caso el Sistema registrará su precio límite inferior y lo excluirá de la siguiente ronda. c) El procedimiento continuará de la forma prescrita en el literal anterior con los agentes de las siguientes propuestas económicas y en rondas sucesivas hasta que quede sólo una propuesta con posibilidad de participar en la siguiente ronda; en ese momento, la propuesta económica que aún participa será declarada como ganadora de los Lances con Agentes Electrónicos, con lo cual concluirá dicho ciclo. Durante el desarrollo de los Lances con Agentes Electrónicos, el Sistema registrará el detalle de los lances efectuados en las rondas y el monto de la propuesta ganadora. Al concluir el ciclo de Lances con Agentes Electrónicos para todos los ítems del proceso, el Sistema registrará los resultados fi nales, los cuales serán considerados como los precios de inicio para el ciclo de Mejora de Precios, quedando abiertos todos los ítems con propuestas válidas para el desarrollo de dicho ciclo. Artículo 21º.- Mejora de Precios La Mejora de Precios permitirá que los postores cuyas propuestas económicas participaron en los Lances con Agentes Electrónicos puedan mejorar sus precios a través de lances sucesivos a ser realizados en línea. La Mejora de Precios se desarrollará conforme al siguiente procedimiento: a) En la fecha y hora indicadas en la convocatoria, el postor accederá al Módulo de Transacciones Electrónicas del SEACE, ingresando su clave y contraseña asignada por el Registro Nacional de Proveedores. b) El postor visualizará la propuesta económica ganadora de los Lances con Agentes Electrónicos (menor precio) y el monto de su propuesta. c) El postor podrá mejorar el monto de la propuesta económica de menor precio hasta ese momento y/o mejorar su propia propuesta económica durante el periodo indicado en la convocatoria. d) El postor no está obligado a enviar lances inferiores al menor precio vigente a ese momento, pero sus lances deberán ser siempre inferiores a su último precio ofertado. Cinco (5) minutos antes de la fi nalización del horario indicado en la convocatoria para efectuar las mejoras de precios, el Sistema enviará una alerta indicando el inicio del cierre aleatorio. La duración del cierre aleatorio será determinada por el Sistema en forma aleatoria, pudiendo variar entre uno (1) a treinta (30) minutos, tiempo durante el cual los postores podrán enviar sus últimos lances. Cerrado este ciclo no se admitirán más lances en el proceso. Artículo 22º.- Determinación de puntajes Una vez culminada la etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances, el Sistema procesará los lances recibidos del ítem o ítems del proceso de selección, ordenando a los postores por cada ítem según el valor de su último lance. Se asignará cien (100) puntos al postor que haya ofertado el menor precio, y al resto de propuestas válidas se les asignará un puntaje inversamente proporcional, estableciendo el orden de prelación de los postores en función del puntaje obtenido. Seguidamente, el Sistema asignará la boni fi cación especial establecida por la Ley de Promoción del Desarrollo Productivo Nacional y normas complementarias, al puntaje obtenido por los postores que hayan indicado que el bien ofertado corresponde a un producto nacional, reordenando la prelación de los postores, de ser el caso. De existir empate, el Sistema le dará prioridad al postor que esté registrado como MYPE. En caso persistiera el empate, el Sistema realizará un sorteo automático con valores aleatorios para seleccionar el orden de prelación. Artículo 23º.- Acta de la Apertura de Propuestas y Período de Lances El Sistema registrará el detalle de los puntajes fi nales asignados y el orden de prelación de los postores, generando el Acta con el detalle del desarrollo de la etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances, la cual quedará registrada en el Sistema y publicada automáticamente en la respectiva fi cha del proceso. Artículo 24º.- Otorgamiento de la Buena pro Para efectos de otorgar la Buena pro, previamente el Comité Especial deberá veri fi car la documentación exigida por las Bases al postor que haya obtenido el primer lugar en el orden de prelación, documentación a la que tendrá acceso a través del Sistema. En caso que la documentación presentada por el postor que haya obtenido el primer lugar reúna las condiciones requeridas por las Bases, el Comité Especial procederá a otorgarle la Buena Pro; caso contrario, procederá a descali fi carlo, y evaluará la documentación del postor que haya alcanzado el segundo lugar en el orden de prelación, y así de manera sucesiva. Si se presentara un solo postor con propuesta válida, se le otorgará la Buena Pro, en caso cumpla con lo dispuesto en las Bases, de acuerdo a lo establecido en el primer párrafo del artículo 32º de la Ley. En el supuesto que el proceso de selección sea declarado desierto por la ausencia de propuestas válidas hasta en dos (2) oportunidades, la dependencia encargada de las contrataciones y adquisiciones convocará a un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, conforme a lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley. Artículo 25º.- Acta de Otorgamiento de la Buena Pro El Comité elaborará el Acta del Otorgamiento de la Buena Pro con el resultado de la evaluación de los postores por cada ítem y con el sustento debido en los casos en que los postores sean descali fi cados. El acta deberá ser publicada en el SEACE el mismo día de otorgada la Buena Pro. Artículo 26º.- Consentimiento del otorgamiento de la Buena Pro El otorgamiento de la Buena Pro quedará automáticamente consentido si dentro del plazo establecido en el presente Reglamento ningún participante hubiera apelado ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 27º.- Solución de controversias durante la Fase de Selección Las discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes, desde la convocatoria hasta la celebración