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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de diciembre de 2006 336737 Metropolitana de Lima, cuyo texto consta de 24 artículos y cuatro Disposiciones Complementrias, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 5º.- NORMAS MODIFICATORIAS DEL ROF Y SU ESTRUCTURA ORGÁNICA 5.1. Modifíquense los artículos 46º y 47º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por la Ordenanza Nº 812 y modi fi catoria N° 916, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: Artículo 46º .- La Gerencia de Defensa del Ciudadano es el órgano a nivel corporativo, encargado de atender, hacer el seguimiento y canalizar los reclamos de los ciudadanos contra los órganos, organismos descentralizados y empresas de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Interviene en los casos en que existan indicios de de fi ciencia en la atención de los trámites, o en aquellos que supongan una inadecuada prestación de servicios públicos o administrativos, así como en cualquier situación en la que el ciudadano estime que sus derechos han sido vulnerados por acción, omisión o defi ciente actuación de los funcionarios o servidores públicos de la Corporación Municipal. También es el órgano encargado de recibir y tramitar ante los órganos, organismos descentralizados y empresas de la Municipalidad Metropolitana de Lima las sugerencias, que propongan los ciudadanos, respecto a simpli fi car los procedimientos administrativos y trámites en general, mejorar la atención al público usuario y la calidad de los servicios que presta la Municipalidad; asimismo brinda orientación e información de carácter general a los ciudadanos en lo referente a los servicios públicos y procedimientos administrativos que brinda la Corporación Municipal. Artículo 47º .- Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Defensa del Ciudadano las siguientes: 1. Programar, dirigir, ejecutar y evaluar las actividades propias de su función. 2. Identi fi car a través de la atención de los reclamos y sugerencias los problemas en la normatividad o en los procesos o servicios públicos, comunicándolos a los órganos de línea de las gerencias, de los organismos descentralizados y de las empresas municipales, con conocimiento de la Gerencia Municipal Metropolitana, proponiendo medidas de solución. 3. Recibir, coordinar y tramitar los reclamos presentados por los ciudadanos contra los órganos, organismos descentralizados y las empresas de la Corporación Municipal, a efectos de orientar a los ciudadanos sobre el estado de sus procedimientos e informar a los órganos de línea de las gerencias, de los organismos descentralizados y de las empresas municipales, con conocimiento de la Gerencia Municipal Metropolitana, en los casos que corresponda. 4. Informar a los ciudadanos el curso seguido por los reclamos presentados. 5. Brindar orientación e información general a los ciudadanos sobre los procedimientos y cualquier consulta referida a los órganos, los organismos descentralizados y las empresas de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 6. Recibir y tramitar ante los órganos, los organismos descentralizados y las empresas de la Municipalidad Metropolitana de Lima las sugerencias presentadas por los ciudadanos a fi n de coordinar la viabilidad en la implementación de las mismas. 7. Elaborar el informe consolidado anual para el Concejo Municipal Metropolitano de Lima, respecto de los reclamos a nivel de la Corporación. 8. Elaborar informes estadísticos de manera periódica dirigidos al Alcalde Metropolitano con copia a la Gerencia Municipal Metropolitana y a los órganos, los organismos descentralizados y las empresas de la Municipalidad Metropolitana de Lima que hayan sido objeto de reclamos. 9. Recomendar y coordinar normas y procedimientos con el fi n de optimizar la atención de reclamos así como otros aspectos que permitan la simpli fi cación y la mejora continua de procedimientos administrativos. 10. Proponer la suscripción de convenios con las Municipalidades Distritales de Lima a efecto de apoyar la implementación del Sistema de Defensa del Ciudadano. 11. Otros que le asigne el Alcalde Metropolitano de Lima. 5.2.Agréguense los artículos 47a) y 47b) al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera: Artículo 47 a).- La Subgerencia de Atención al Ciudadano es el órgano de apoyo de la Gerencia de Defensa del Ciudadano encargado de recibir, evaluar, coordinar la solución y comunicar los resultados de los reclamos, así como tramitar las sugerencias presentadas por los ciudadanos. Artículo 47 b) .- Son funciones de la Subgerencia de Atención al Ciudadano las siguientes: 1. Recibir, coordinar y tramitar los reclamos presentados por los ciudadanos contra los órganos, organismos descentralizados y empresas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como en cualquier situación en la que el ciudadano estime que sus derechos han sido vulnerados por acción, omisión o de fi ciente actuación de los funcionarios o servidores públicos de la Corporación Municipal 2. Solicitar información a los órganos, organismos descentralizados y empresas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que considere necesaria para la solución del reclamo presentado. 3. Proponer medidas de solución para los reclamos presentados en los casos que fuera necesario, en coordinación con el área de la corporación involucrada en los mismos. 4. Proponer las recomendaciones que deberá cursar la Gerencia de Defensa del Ciudadano a los órganos municipales, los organismos descentralizados y las empresas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la mejora en sus procesos de atención. 5. Elaborar la información que será presentada a la Gerencia Municipal Metropolitana sobre las actuaciones de los funcionarios y servidores de los órganos, organismos descentralizados y empresas de la Municipalidad Metropolitana de Lima. 6. Recopilar la información necesaria para que la Gerencia de Defensa del Ciudadano pueda elaborar el informe consolidado anual dirigido al Concejo Metropolitano. 7. Elaborar los proyectos de informes a ser suscritos por la Gerencia de Defensa del Ciudadano. 8. Recibir y tramitar las sugerencias que planteen los ciudadanos a fi n de mejorar la calidad o atención de algún servicio público o administrativo. 9. Las demás funciones que le asigne la Gerencia de Defensa del Ciudadano. 5.3. Modifíquese la Estructura Orgánica de la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobada por el artículo 2º de la Ordenanza N° 812 y modi fi catoria Ordenanza N° 916, conforme al Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICAEncárguese a la Gerencia de Plani fi cación, Subgerencia de Informática, la elaboración del Sistema Informático de Reclamos y Sugerencias (SIRESU), de acuerdo a las especi fi caciones que la Gerencia de Defensa del Ciudadano determine. En tanto se implementa dicha herramienta, la Gerencia de Defensa del Ciudadano desarrollará los mecanismos que procuren el registro secuencial correspondiente a los reclamos y sugerencias recibidas en las distintas unidades autorizadas para tal fi n. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera .- A partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y para efectos de homogeneizar criterios y