Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2006 (21/01/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

Pag. 310682

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de enero de 2006

JNE
Designan integrantes de los Jurados Electorales Especiales para el MORDAZA de elecciones generales del ano 2006
RESOLUCION Nº 018-2006-JNE MORDAZA, 19 de enero de 2006 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 096-2006-JNE se ha convocado a elecciones generales para el dia MORDAZA 9 de MORDAZA del ano en curso, para la eleccion del Presidente, de la Republica y Vicepresidentes, asi como de los Congresistas de la Republica y representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que por Resolucion Nº 389-2005-JNE de fecha 9 de diciembre de 2005, el MORDAZA Nacional de Elecciones definio treinta y ocho circunscripciones electorales y sus respectivas sedes en las cuales se constituira los Jurados Electorales Especiales, en cumplimiento con lo establecido en el articulo 32º de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones Nº 26486; Que los Jurados Electorales Especiales son organos electorales de caracter temporal, constituidos para un MORDAZA electoral especifico cuya administracion y control compete al MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el articulo 44º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; Que cada MORDAZA Electoral Especial esta integrado por tres miembros, uno elegido por la Corte Superior de Justicia bajo cuya jurisdiccion se encuentre la sede del MORDAZA Electoral respectivo, quien lo presidira; y, dos miembros designados por el MORDAZA Nacional de Elecciones mediante seleccion aleatoria sobre la base computarizada de los ciudadanos de mayor grado de instruccion que residen en la sede respectiva; de conformidad con lo previsto en el articulo 45º de la Ley

Organica de Elecciones; Que en acto publico de fecha 10 de enero del presente ano, se llevo a cabo el sorteo para la seleccion de los dos miembros titulares y suplentes para cada uno de los Jurados Electorales Especiales a instalarse en el territorio de la Republica, con excepcion del correspondiente a la circunscripcion de MORDAZA de Chuco; El MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el articulo 178º de la Constitucion Politica del Peru y articulo 13º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar que los Jurados Electorales Especiales para el MORDAZA de elecciones generales del ano 2006, estaran integrados conforme se detalla en el anexo que es parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Los Jurados Electorales Especiales se instalaran a mas tardar el 20 de enero de 2006, manteniendo su vigencia hasta diez dias despues de la proclamacion de resultados, de conformidad con lo establecido en el articulo 334º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859. Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, y de los Jurados Electorales competentes, la presente resolucion para los fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e)

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.