Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2006 (26/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

MORDAZA, jueves 26 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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de de de de

Convocan a elecciones de Comite Electoral y de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2006-A/MC Comas, 13 de enero de 2006 VISTO: El Informe Nº 01-2006-GPV/MC de la Gerencia de Par ticipacion Vecinal, respecto a la Renovacion de Consejo de Coordinacion Local Distrital CCLD; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en la Nueva Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, que en su articulo 102º que regula la estructura, organizacion y funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital, en merito del cual se emitio el Decreto de Alcaldia Nº 10-2003-A/MC y la Ordenanza Nº 093-C/MC, con la finalidad de efectuar los procesos de convocatoria de eleccion del Comite Electoral y la eleccion del Comite Directivo del CCLD, cuyo periodo ha concluido en el ano 2005; Que, mediante la Ordenanza Nº 093-C/MC de fecha 11 de setiembre del 2003, se aprueba el Reglamento de la Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital; Que, de conformidad con el articulo 11º del Reglamento aprobado mediante la Ordenanza senalada en el considerando anterior, se establece que la convocatoria a eleccion del Comite Electoral y de representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, sera mediante Decreto de Alcaldia, estableciendose el lugar, la fecha y la hora en el que se procedera a la eleccion; Que, siendo politica de la presente gestion, garantizar la efectiva participacion democratica de las Organizaciones de la Sociedad Civil, mediante sus representantes en el Consejo de Coordinacion Local Distrital, es viable convocarlos a dicha eleccion; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, la Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; y, Con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asuntos Juridicos, Gerente de Participacion Vecinal y del Gerente Municipal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONVOCAR, a los participantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil de la jurisdiccion del distrito de Comas, a fin de registrarse en el Libro de Registro de las Organizaciones de la Sociedad Civil, el cual se encontrara en la Subgerencia de Organizaciones Sociales de la Gerencia de Participacion Vecinal, desde el 16 de enero al 30 de enero del 2006, en el horario de 8:00 a.m. hasta las 4:00 p.m. Articulo Segundo.- CONVOCAR, a los delegados registrados en el Libro, al que se refiere el articulo primero, para el dia 5 de febrero del 2006, a horas 9:00 a.m. (hora exacta) en el local del Auditorium Municipal, ubicado en el Palacio de la Municipalidad Distrital de Comas, a efectos de elegir el Comite Electoral que se encargue del MORDAZA de Eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de acuerdo a la Ordenanza Nº 93-C/MC, que aprueba el Reglamento de Elecciones. Articulo Tercero.- CONVOCAR, a los delegados habiles registrados en el Libro, a que se refiere en el articulo primero de las Organizaciones de la Sociedad Civil de la jurisdiccion del distrito de Comas, para el dia 26 de febrero del 2006, desde las 9:00 a.m. hasta las 3:00 horas (improrrogable), en los lugares que seran publicos tanto en el Anexo Municipal Nº 01, como en el Palacio Municipal de la Municipalidad Distrital de Comas, a fin de elegir a los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de acuerdo a la Ordenanza Nº 93-C/MC.

Articulo Cuarto.- ENCARGAR, el cumplimiento lo dispuesto en el primer articulo a la Gerencia Participacion Vecinal, Gerencia Municipal, Gerencia Planeamiento y Racionalizacion, Gerencia Administracion y Finanzas.

Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01450

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 239-MDMM que prohibio la instalacion y/o funcionamiento de centros de ensenanza a una distancia menor o igual a 200 metros de establecimientos de venta de combustibles
ORDENANZA Nº 249-MDMM MORDAZA MORDAZA, 17 de enero de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Nº 02 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 239-MDMM la Municipalidad prohibio la instalacion y/o funcionamiento de centros de ensenanza a una distancia menor o igual a 200 metros de establecimientos de venta de combustibles, teniendo entre su sustento al D.S. Nº 054-93-EM, modificado por el D.S. Nº 020-2001-EM, que aprobo el Reglamento de Seguridad para establecimientos de venta al publico de combustibles derivados de hidrocarburos; Que, mediante D.S. Nº 027-2005-EM, se modifico la distancia aprobada por los decretos supremos senalados en el considerando precedente, reduciendose de 200 metros a 50 metros radiales; Que, a efectos de que las disposiciones aprobadas por la Ordenanza Nº 239-MDMM se encuentren concordadas con las normas de la materia emitidas por el gobierno central resulta necesario la modificacion de la mencionada ordenanza; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta la siguiente: ORDENANZA Articulo Unico.- Modifiquese los articulos primero, MORDAZA y MORDAZA de la Ordenanza Nº 239-MDMM conforme al siguiente texto: Articulo Primero.- Prohibase la instalacion y/o funcionamiento de centros de ensenanza en general (colegios privados y nacionales a todo nivel, universidades, academias, institutos superiores, CEOS y CEOGNES) a una distancia menor o igual a 50 metros radiales de establecimientos de servicio o puestos de venta de combustible (grifos). Articulo Cuarto.- Constituye infraccion a la presente ordenanza:

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