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PÆg. 311125 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de enero de 2006 ORDENANZA QUE ESTABLECE EL OTORGAMIENTO DE BENEFICIO TRIBUTARIO POR PRONTO PAGO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES AL AÑO 2006 Artículo Primero.- Establecer un descuento por pronto pago de los Arbitrios Municipales a aquelloscontribuyentes que cumplan con el pago de los Arbitrios Municipales 2006 dentro del plazo de vencimiento de la primera cuota, de acuerdo al detalle siguiente: Arbitrio anual menor a 0.50 de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) - Cancelación automática del mes de junio, siempre que se cumpla con el pago en una sola armada los mesesde enero a mayo. - Cancelación automática del mes de diciembre, siempre que se cumpla con el pago en una sola armadalos meses de julio a noviembre. Arbitrio anual igual o mayor a 0.50 de Unidad Impositiva Tributaria (UIT) - Cancelación automática del mes de diciembre, siempre que se cumpla con el pago en una sola armada los meses de enero a noviembre. Artículo Segundo.- Déjese en suspenso para el presente ejercicio fiscal el porcentaje de descuento por pronto pago a que se refiere el artículo 5º del Texto ÚnicoOrdenado del Marco Normativo de los Arbitrios Municipales aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 010- 2002-DA/MDB POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS SANDOVAL BLANCAS Alcalde 01457 MUNICIPALIDAD DE COMAS Modifican el Reglamento del Servicio de Transporte Pœblico Especial dePasajeros y Carga en Vehículos MenoresMotorizados y No Motorizados y su Cuadro de Infracciones y Sanciones ORDENANZA Nº 178-2005-C/MC Comas, 28 de diciembre del 2005EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 28 de diciembre del 2005, el Dictamen de la Comisión deTránsito y Transporte sobre la Modificación de la Ordenanza Nº 011-2000-C/MC; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 011-2000-C/MC de fecha 14 de abril del 2000, se aprueba el Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y noMotorizados del Distrito de Comas, modificado por las Ordenanzas Nº 047-2002-C/MC, Nº 057-2002-C/MC, Nº 109-C/MC, del 4 de enero del 2004; Que, es necesario actualizar las citadas Ordenanzas para Ordenar y mejorar la calidad del servicio público de transporte menor en vehículos motorizados y nomotorizados en la Jurisdicción Distrital, acorde con las nuevas disposiciones emitidas por las autoridades competentes; Que, de conformidad con el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” y las competencias que le otorgan la Ley Nº 27181 “LeyGeneral de Transporte y Tránsito Terrestre", la LeyNº 27189 “Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores”, los Decretos Supremos Nº 004-2000-MTC, Nº 009-2000-MTC y Nº 009-2004-MTC; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9º Inc. 8) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, luego del debatecorrespondiente, el Pleno del Concejo Municipal aprobó por Mayoría la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Modifíquese el Texto de los artículos 3º incisos b) y c), agréguese el inciso g); 9º numeral 7), 18º inciso g), 19º, 28º, 40º, 43º, 44º, 45º, 47º, 50º (Ordenanza Nº 011-2000-C/MC), el Cuadro deInfracciones y Sanciones del Reglamento del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y no Motorizados y elartículo tercero de la Ordenanza Nº 109-C/MC, aprobado por la Ordenanza Nº 011-2000-C/MC y sus modificatorias aprobadas por las Ordenanzas Nº 047-2002-C/MC, Nº 057-2002-C/MC y Nº 109-2004-C/MC, en los siguientes términos. Artículo 3º.- b) Ley Nº27972 de la Ley Orgánica de Municipalidades. c) Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC Reglamento Nacional de Administración de Transporte. g) Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC Reglamento Nacional de Vehículos. Artículo 9º.- 7) Derechos Administrativos Regulados por el TUPA: 7.1 Inspección Técnica de Zonas de Estacionamiento ............................................. 1.22 % UIT. 7.2 Inspección Técnica Vehicular por Persona Jurídica............................................................ 1.52 % UIT. 7.3 Inspección Técnica Vehicular por Sustitución de Unidades .................................................... 0.46 % UIT. 7.4 Sticker Vehicular o duplicado ........................ 0.22 % UIT. 7.5 Visación de Credencial de Conductor o duplicado .......................................................... 0.07 % UIT. 7.6 Zona de Estacionamiento y/o paraderos para cubrir costos indicados en el artículo27º de la Ordenanza ....................................... 0.46 % UIT. 7.7 Modificación del Padrón de Conductores.. 0.61 % UIT. 7.8 Modificación del Padrón de Vehículos ........0.61 % UIT. 7.9 Visación de Carnet de Educación y Seguridad Vial o duplicado ............................ 0.03 % UIT. Artículo 18º.- g ) Abandonar o no prestar el Servicio Especial en las zonas de estacionamiento y/o paraderos, por más de ocho (8) días consecutivos, o 15 días alternados al mes, sujetos a un mínimo de tres (3) informes técnicos sobrelas diligencias de inspección e investigación practicadas, hecho que dará lugar a la pérdida de sus zona (s) de estacionamiento (s) y/o paradero (s) que los abandonany en el caso de la no ocupación del 100% (total) de la (s) Zonas (s) de Estacionamiento y/o Paraderos darán lugar a la anulación del Permiso de Operación, estos seránotorgados a las Personas Jurídicas autorizadas que ameriten con el cumplimiento de los Derechos Administrativos y que estén operando en los sectoresaledaños, las mismas que serán evaluados por la Subgerencia de Transito y Transporte, previa oportuna convocatoria a las referidas Personas Jurídicas. Artículo 19º.- El permiso de Operación será Renovado por periodos iguales de tres (03) años asolicitud del representante legal de la Persona Jurídica o Transportador Autorizado con vigencia de mandato, siempre que no medién observaciones de laMunicipalidad, las mismas que deberán ser comunicadas en un máximo de diez (10) días habíles, contados a partir de la presentación de la Solicitud deRenovación. A la Persona Jurídica o Transportador autorizado que se le aplique la infracción A-09, la cancelación de la Infracción por prestar servicios con