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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2006 (26/01/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 100

PÆg. 311126 NORMAS LEGALES Lima, jueves 26 de enero de 2006 permiso de operación vencido habilita a la persona jurídica o transportador a continuar con el trámite de renovación del Permiso de Operación. Artículo 28º.- Suspender definitivamente la autorización de paraderos en zonas rígidas desde la publicación de la presente Ordenanza, manteniendo suvigencia los paraderos otorgados a la fecha de publicación. Suspender definitivamente la ampliación de zonas de estacionamientos y la incorporación de nuevas unidades que incremente la flota vehicular. Artículo 40º.- Las Sanciones por infracción a la presente Ordenanza serán impuestas por los inspectores Municipales designados y autorizados por laMunicipalidad Distrital de Comas; pudiendo contar con el apoyo de la Policía Nacional del Perú de la Jurisdicción Distrital, tal como lo disponen los Decretos SupremosNº 004-2000-MTC y Nº009-2000-MTC. Artículo 43º.- Si al momento de la intervención del inspector Municipal, el conductor se negara a presentar o no tuviera consigo la Tarjeta de Identificación Vehicular, la Licencia de Conducir, Pólizade Seguro vigente; podrá solicitar el apoyo de la Policía Nacional del Perú de la Jurisdicción para que el vehículo sea trasladado o internado en el DepósitoOficial de Vehículos Menores de la Municipalidad de Comas, según la sanción que corresponda en concordancia con el Cuadro de Infracciones ySanciones al Servicio de Transporte Público Especial de Vehículos Menores; asentando en el momento según sea el caso el Acta por el traslado o internamiento delvehículo así como aplicará la papeleta de infracción que deberá ser firmado por el infractor entregándole una copia a éste y la original será entregado a laSubgerencia de Tránsito y Transporte. Artículo 44º.- Las Sanciones con multa para infracciones cometidas por el transportador o conductor cuando estén previstas para ambos, sólo se aplicará a una de ellas, salvo que éstas sean reincidentes; seránimpuestas de acuerdo al anexo del Cuadro de Infracciones y Sanciones que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Su calificación de la Papeletade Multa será comunicada por la Subgerencia de Tránsito y Transporte de la Municipalidad Distrital. Los conductores que reincidan en cometer la misma infracción serán sancionados con el doble de la multa y los que vuelvan a reincidir serán sancionados con el triple de la multa y así sucesivamente, hasta un montono mayor al 5% de la UIT, no siéndoles aplicable beneficios tributarios autorizados se tomará en cuenta al artículo 19º del Decreto Supremo Nº 004-2000-MTC. Si lainfracción se comete después de (90) días no se considerará reincidencia. Artículo 45º.- El infractor con la Constancia o copia de la Papeleta de Sanción deberá acercarse a la Sub- Gerencia de Transito y Transporte de la Municipalidadde Comas para obtener la calificación y orden de pago correspondiente, la misma que tendrá un cincuenta por ciento (50%) de reducción , si es cancelada en laSubgerencia de Tesorería, en las Agencias Zonales u otras autorizadas por la Municipalidad Distrital de Comas, dentro de los diez (10) días contados desdeel día siguiente que fue impuesta la Papeleta de Sanción. Artículo 47º.- Contra la Papeleta de Infracción podrán interponerse los recursos impugnatorios establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General LeyNº 27444; siendo los siguientes: a) Recurso de Reconsideración será presentado debidamente sustentado, ante la Gerencia de Desarrollo Urbano; si de la documentación presentada se evidencia que será declarado procedente el recurso y el vehículomenor se encuentra internado en el Depósito Municipal, la Subgerencia de Tránsito y Transporte con Resolución motivada de la Gerencia de Desarrollo Urbano ordenarála libertad del vehículo menor, sin pago por Derecho Administrativo alguno; con cargo a resolver la impugnación presentada.b) Recurso de Apelación en segunda instancia, será resuelto por el Alcalde, con Resolución de Alcaldía, dándose por Agotada la vía administrativa. Artículo 50º.- El o los vehículos internados en el Depósito Municipal de Vehículos Menores, deberán ser puestos a disposición de la DIROVE o del Juzgadocompetente cuando estos lo soliciten de conformidad a los procedimientos legales respectivos; cuando el vehículo menor internado permanezca más de cientoveinte (120) días calendario en el Depósito Municipal de Vehículos Menores del Distrito de Comas, sin ser reclamados por sus propietarios o sin que la DIROVEo el Juzgado competente lo soliciten, la Municipalidad Distrital procederá a rematarlo mediante subasta pública, luego de dos días consecutivos depublicación en el Diario Oficial El Peruano y/o en otro de mayor circulación, solicitando que su propietario lo retire del Deposito Municipal de Vehículos Menores,cumpliendo con la cancelación de los pagos correspondientes. CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL REGLAMENTO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS A - 06 No cumplir la utilización del Permiso de Operación .............................................. 5.00 % UIT. A - 14 Permitir el Servicio de Mantenimiento Mecánico o lavado en zonas de Estacionamiento y/o Paraderos .................. 3.00 % UIT. A - 15 Por permitir que los Vehículos de su flota se estacionen a la espera de pasajeros en lugares de vía pública no Autorizados ........................................... 5.00 % UIT B - 26 Por prestar servicio reiterativo y constante (piratear) en las vías colindantes a los paraderos y/o Zonasde estacionamiento correspondiente a otras Personas Jurídicas ............................ 3.00 % UIT Intern. Vehíc. B - 30 Estacionarse a la espera de pasajeros en lugares de la Vía Pública no autorizadas ................................................. 3.00 % UIT. C - 01 Por prestar el servicio sin pertenecer a una Persona Jurídica debidamente autorizada ( por primera vez ) ...................... 5.00%UIT Intern. Vehíc. Por ocho (08) días. C - 02 Por reincidencia a la infracción C-01 y/o C-02....................................................... 15.00 % UIT. Intern. Vehíc. Por quince ( 15 ) días. Artículo Tercero.- (Ordenanza Nº109-2004-C/MC; Los vehículos menores que prestan Servicio Especial sin pertenecer a una Persona Jurídica debidamente autorizada serán internados en el Depósito Oficial deVehículos Menores , la primera vez por el lapso de 8 (ocho) días, aplicándole la sanción de Multa del 5% de la UIT; en caso de reincidir dichos vehículos seráninternados por el lapso de 15 días aplicándoles la sanción de Multa del 15% de la UIT. No tienen en ninguno de los casos derecho a beneficio alguno, de no sercanceladas las multas antes citadas en los días señalados se iniciará el procedimiento de ejecución coactiva. Artículo Segundo.- Queda suspendido definitivamente el Otorgamiento de Permiso de Operación para el Serviciode Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados así como se deja sin efecto la Ordenanza Nº 019-2001-C/MC. Artículo Tercero.- DISPENSAR, de la Lectura y Aprobación del Acta, para que el presente Acuerdo entreen vigencia de inmediato. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ÁNGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 01448