Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2006 (26/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 26 de enero de 2006

El Informe Nº 04-2006-SGAT-GAR/MDB, de fecha 18 de enero del 2006, de la Sub-Gerencia de Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica en asuntos de su competencia; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario establece que los Gobiernos Locales, mediante la Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que conforme la MORDAZA parte del Articulo 41º del Codigo Tributario, excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren; Que, es necesario otorgar incentivos tributarios condonando los reajustes e intereses moratorios de aquellos contribuyentes e infractores que por distintas razones no hayan cumplido con sus obligaciones tributarias; Con las atribuciones que confiere los Incs. 8º y 9º del articulo 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; por votacion nominal con siete votos a favor de los Regidores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Vargas; Un MORDAZA en contra del Regidor MORDAZA Wong Fox y una Abstencion de la Regidora Luz MORDAZA MORDAZA Elescano; aprobado por Mayoria; y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; ORDENANZA QUE APRUEBA, BENEFICIO TRIBUTARIO EN LA JURISDICCION DISTRITAL DE BRENA Articulo Primero.- PLAZO Apruebese un Beneficio Tributario a partir del 20 al 31 de enero del 2006. Articulo Segundo.- BENEFICIOS AL IMPUESTO PREDIAL La presente Ordenanza reduce el 100% de los intereses y reajustes a las deudas originadas por concepto del Impuesto Predial desde el ano 1996 al 2005. Articulo Tercero.- BENEFICIOS A LOS ARBITRIOS MUNICIPALES La presente Ordenanza reduce el 100% de los intereses y reajustes de los Arbitrios Municipales al ano 2005. Articulo Cuarto.- CONTRIBUYENTES EN PROCESOS FISCALIZACION Las deudas tributarias que hayan sido determinadas por acciones de Fiscalizacion ejercitadas al MORDAZA del articulo 62º del Codigo Tributario no se encuentran dentro de los alcances de los beneficios que aprueba la siguiente Ordenanza. Articulo Quinto.- CONTRIBUYENTES CON DEUDAS DE INSOLUTO MAYORES A S/. 500,000.00 Aquellos contribuyentes que tengan deudas superiores al monto insoluto de S/. 500,000.00 al ano 2005 no se encuentran comprendidos dentro del alcance de los beneficios de la presente ordenanza. Articulo Sexto.- DEUDAS EN MORDAZA DE COBRANZA COACTIVA Los beneficios que aprueba la presente Ordenanza alcanzan a aquellos que se encuentran en MORDAZA de cobranza coactiva, siempre y cuando que se acojan voluntariamente al beneficio de la presente Ordenanza y su deuda no este ejecutada por la Unidad de Ejecutoria Coactiva. Articulo Setimo.- PAGO DE COSTAS PROCESALES Disponer exonerar las costas procesales.

Articulo Octavo.- DEUDAS EN MORDAZA DE RECLAMACION Los deudores tributarios que hayan interpuesto reclamacion contra las Resoluciones de Determinacion hasta la fecha de dacion de la presente Ordenanza cualquiera que sea el estado en que se encuentren, podran acogerse a los beneficios que aprueba la presente Ordenanza, previo desistimiento expreso de los Recursos Impugnativos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al MORDAZA para mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecucion de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 01456

Otorgan beneficio tributario por pronto pago de arbitrios municipales correspondientes al ano 2006
ORDENANZA Nº 187-2006/MDB Brena, 19 de enero del 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Brena, en Sesion Ordinaria de la fecha y con dispensa del tramite de aprobacion del Acto; VISTO: El Informe Nº 005-2006-SGAT-GAR/MDB de fecha 18 de enero del 2006, de la Sub-Gerencia de Administracion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado establece que los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario establece que los Gobiernos Locales, mediante la Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, para el presente ejercicio fiscal es necesario establecer politicas tributarias que permitan otorgar mayores beneficios a los contribuyentes que cumplan con cancelar el integro de los arbitrios dentro del plazo de vencimiento de la primera cuota; por lo que, resulta necesario suspender para el ejercicio fiscal 2006 el porcentaje de descuento que hace referencia la MORDAZA parte del articulo 5º del Texto Unico Ordenado del MORDAZA Normativo de los Arbitrios Municipales aprobado por Decreto de Alcaldia Nº 010-2002-DA/MDB; Con las atribuciones que confiere los Incs. 8º y 9º del articulo 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; por votacion nominal con siete votos a favor de los regidores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Vargas; dos Abstenciones de la Regidora Luz MORDAZA MORDAZA Elescano y MORDAZA Wong Fox; aprobado por mayoria; y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta;

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