Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2006 (10/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2006

Articulo 2º.- Los Formularios de Verificacion, para la MORDAZA comprendida entre Punta Aguja, Punta Nonura y Punta Falsa, distrito y provincia de Sechura, departamento de MORDAZA, seran otorgados con caracter de excepcionales por la Direccion Nacional de Acuicultura. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, al Gobierno Regional de MORDAZA, a la Direccion Regional de la Produccion de MORDAZA, al Instituto MORDAZA del Peru y a las Direcciones Nacionales de Acuicultura, Pesca Artesanal, Seguimiento, Control y Vigilancia y, de Medio Ambiente de Pesqueria del Ministerio de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 02422

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el literal m) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y modificatoria, y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar el desistimiento del recurso de apelacion interpuesto por PESQUERA CHICAMA S.A.C. contra la Resolucion Directoral Nº 269-2004-PRODUCE/ DNEPP que declaro improcedente su solicitud de cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C., por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Viceministerial a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero para los fines correspondientes, y publicarla en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA EYZAGUIRRE Viceministro de Pesqueria 02423

Aceptan desistimiento de recurso de apelacion interpuesto por PESQUERA CHICAMA S.A.C. contra la R.D. Nº 2692004-PRODUCE/DNEPP
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 005-2006-PRODUCE/DVM-PE MORDAZA, 7 de febrero del 2006 Visto el escrito con registro Nº CE-03065001 de fecha 6 de enero de 2006, presentado por PESQUERA CHICAMA S.A.C.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 269-2004PRODUCE/DNEPP del 13 de octubre de 2004, se declaro improcedente la solicitud presentada por PESQUERA CHICAMA S.A.C. referida al cambio de titular de la licencia de operacion otorgada a PESQUERA INDUSTRIAL KATAMARAN S.A.C. a traves de la Resolucion Directoral Nº 028-2001-PE/DNEPP; Que a traves del escrito de fecha 8 de noviembre de 2004, PESQUERA CHICAMA S.A.C. interpuso recurso de apelacion contra la Resolucion Directoral Nº 269-2004PRODUCE/DNEPP, senalando que la administracion debio inhibirse de seguir conociendo el tramite de cambio de titular, y no declarar improcedente el mismo; Que posteriormente, con escrito del visto, la empresa PESQUERA CHICAMA S.A.C se desiste del recurso de apelacion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 269-2004-PRODUCE/DNEPP, manifestando que su representada ha resuelto de mutuo acuerdo con la propietaria, el contrato de arrendamiento de los inmuebles conformantes de la planta de harina y aceite de pescado de alto contenido proteinico, por lo que carece de interes y legitimidad para seguir impulsando el procedimiento administrativo; Que el articulo 190º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que el desistimiento de algun acto realizado en el procedimiento puede realizarse MORDAZA de que MORDAZA producido efectos, asimismo, puede desistirse de un recurso administrativo MORDAZA de que se notifique la resolucion final en la instancia, determinando que la resolucion impugnada quede firme, salvo que otros administrados se hayan adherido al recurso, en cuyo caso solo tendra efecto para quien lo formulo; Que de la evaluacion efectuada a la solicitud presentada por la empresa recurrente, y teniendo en cuenta ademas que la decision final no afecta intereses de terceros ni denota interes particular alguno, se concluye que es procedente aceptar el desistimiento planteado por la empresa PESQUERA CHICAMA S.A.C., respecto al recurso de apelacion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 269-2004-PRODUCE/DNEPP;

RELACIONES EXTERIORES
Dan por terminadas las funciones de Consul General del Peru en Frankfurt, Republica Federal de Alemania
RESOLUCION SUPREMA Nº 044-2006-RE MORDAZA, 8 de febrero de 2006 Vista la Resolucion Suprema Nº 144-2002-RE, de 1 de MORDAZA de 2002, que nombra al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA PintoBazurco Rittler, como Consul General del Peru en Frankfurt, Republica Federal de Alemania; De conformidad con los Articulos 7º, 13º inciso a) y la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; y los Articulos 62º, 185º inciso c) y 189º inciso b) del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por terminadas las funciones del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pinto-Bazurco Rittler, como Consul General del Peru en Frankfurt, Republica Federal de Alemania. Articulo Segundo.- Cancelar las Letras Patentes correspondientes. Articulo Tercero.- La fecha de termino de funciones y de traslado a Cancilleria se fijara por Resolucion Ministerial. Articulo Cuarto.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion, a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 02549

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