Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2006 (10/02/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de febrero de 2006

EE-OECNTS/IG "Examen Especial a la Administracion de los Recursos del Programa de Administracion de Gestion - PAAG del Ministerio de Salud", en sesion del 30 de enero de 2006, se ha pronunciado en forma unanime por la procedencia de instaurar MORDAZA administrativo disciplinario a los senores MORDAZA Elfio MORDAZA MORDAZA (Observaciones Nº 01, Nº 02, Nº 03, Nº 04 y Nº 08), Willy MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observaciones Nº 01 y Nº 02), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observaciones Nº 01 y Nº 02), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observaciones Nº 03 y Nº 08) y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observaciones Nº 03 y Nº 04); ex Coordinadores Generales del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion PAAG; MORDAZA FERNANDINI CAPURRO (Observacion Nº 03), MORDAZA Enr ique MORDAZA ARZUBIAGA (Observacion Nº 03), MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Observaciones Nº 03, Nº 04, Nº 05, Nº 06, Nº 07 y Nº 08), MORDAZA MORDAZA CHONG CHUNG (Observaciones Nº 03, Nº 04, Nº 05 y Nº 06), MORDAZA MORDAZA JO MORDAZA (Observaciones Nº 03, Nº 04, Nº 05, Nº 06 y Nº 07) y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARCELA (Observaciones Nº 05 y Nº 06), ex Directores de Administracion del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion PAAG, por el incumplimiento de los deberes funcionales normados en los literales a), b) y d) del articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, configurando la presunta comision de falta de caracter disciplinario; Que, las faltas disciplinarias imputadas al ex funcionario se encontrarian detalladas en la irregular creacion y funcionamiento sin sustento legal de unidades operativas en el Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion - PAAG del Ministerio de Salud (Observacion Nº 01); el irregular ejercicio de funciones de control posterior sin respaldo legal por parte del personal de la Oficina de Control Interno del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion - PAAG (Observacion Nº 02); el Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion - PAAG, acumulo un importe de S/. 186'082,166.99 nuevos soles al 31 de diciembre de 2002 por concepto de fondos por encargos pendientes de rendir por parte de las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud y de las Direcciones Regionales de Salud - DIRESAS, desde el ano 1999 al 2002 (Observacion Nº 03); la demora de hasta 328 dias, durante los ejercicios 2001 y 2002, por parte del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion PAAG, en la habilitacion de fondos disponibles a las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud y de las Direcciones Regionales de Salud - DIRESAS, por el importe de S/. 55'471,325.46 nuevos soles (Observacion Nº 04); el atraso de hasta 184 dias en la rendicion de viaticos por el importe de S/. 194,606.84 nuevos soles, otorgados por comision de servicios durante el ejercicio 2002, por parte del personal del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion - PAAG (Observacion Nº 05); el importe total de S/. 49,410.83 nuevos soles pendiente de rendicion al 31 de diciembre del 2002, otorgados por concepto de viaticos al personal del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion - PAAG, durante los anos 1998 al 2002 (Observacion Nº 06); diferencias de S/. 13,703.08 y S/. 7,227.66 nuevos soles, determinadas entre las cifras de los inventarios fisicos de existencias de almacen al 31 de diciembre de los anos 2001 y 2002, respectivamente, con los importes de la Cuenta 21 "Suministros de Funcionamiento" de los Balances Constructivos del PAAG, a dicha fecha, verificandose ademas la diferencia de S/. 58,945.00 nuevos soles entre el Inventario Fisico del Activo fijo de la Subcuenta "Bienes por Distribuir" con los importes consignados en las PECOSAS (Observacion Nº 07); pago de obligaciones correspondientes a los anos 1998, 1999 y 2000, por un importe total de S/. 1'571,862.83 nuevos soles, que no fueron comprometidos ni devengados en el ejercicio respectivo, por el Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion - PAAG, los que se cancelaron indebidamente con presupuestos de los ejercicios siguientes (Observacion Nº 08); Que, de acuerdo con la normatividad acotada, la Resolucion Ministerial Nº 1879-2002-SA/DM y estando vigente la potestad coercitiva del Estado, resulta

procedente la expedicion de la resolucion viceministerial que instaure MORDAZA administrativo disciplinario a las personas anteriormente mencionadas; Estando a lo recomendado en el Informe Nº 0092006-CEPAD/MINSA de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el literal e) del articulo 9º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA administrativo disciplinario a los senores MORDAZA Elfio MORDAZA MORDAZA, Willy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Coordinadores Generales del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion - PAAG; MORDAZA FERNANDINI CAPURRO, MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARZUBIAGA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CHONG CHUNG, MORDAZA MORDAZA JO MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARCELA, ex Directores de Administracion del Programa de Administracion de Acuerdos de Gestion - PAAG, por los fundamentos vertidos en los considerandos de la presente resolucion. Articulo 2º.- Proceder a efectuar la notificacion en forma personal, o, en su defecto, con las formalidades contempladas por ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Viceministro de Salud 02498

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Amplian plazo al Comite Tecnico Multisectorial encargado de estudiar y proponer acciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo de los Estibadores Terrestres y Transportistas Manuales
RESOLUCION SUPREMA Nº 004-2006-TR MORDAZA, 9 de febrero de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 23-2006-CTMETTM, de fecha 24 de enero de 2006, del Presidente del Comite Tecnico Multisectorial de Estibadores Terrestres y Transportistas Manuales; y la Nota de Elevacion Nº 012-2006-MTPE/2, del Despacho Viceministerial de Trabajo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 054-2005TR, de fecha 5 de octubre de 2006, se creo el "Comite Tecnico Multisectorial encargado de estudiar, elaborar y proponer las acciones administrativas y normativas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo de los Estibadores Terrestres y Transportistas Manuales"; Que, el articulo 7º de la citada Resolucion Suprema, establece que el Comite Tecnico Multisectorial concluira las funciones descritas precedentemente, dentro de los sesenta (60) dias habiles siguientes desde la fecha de su instalacion; Que, a efectos de hacer un seguimiento adecuado de la labor desplegada por las diferentes entidades

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