Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2006 (20/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, lunes 20 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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resolucion para interponer contra MORDAZA los recursos que la ley franquea no permitiendose ejercitar el derecho de defensa correspondiente; Que el mencionado MORDAZA judicial se ha transgredido la garantia del debido MORDAZA establecido en el numeral 3) del articulo 139º de la Constitucion Politica del Estado, no permitiendole al Estado-Ministerio del Interior ejercer el derecho de defensa procediendose a dictar resoluciones contra el expreso mandato de la ley, siendo el caso que los Magistrados que han expedido las resoluciones resolviendo infundada la nulidad formulada por la Procuraduria Publica y los Magistrados de MORDAZA Instancia que han dictado la resolucion Nº 38 de fecha 30 de setiembre del 2005, lo han efectuado mediando vicios substanciales causados por dolo, fraude, colusion y afectando el derecho a un debido MORDAZA que no refleja la verdadera voluntad de nuestro ordenamiento juridico para las pretensiones demandadas; Que a fin de efectivizar la defensa del Estado frente a dichos actos contrarios a la ley, resulta necesario ejercer la accion del Estado conforme a lo dispuesto por el articulo 178º del Codigo Procesal Civil mediante el inicio de la accion civil correspondiente, asi como ejercer las acciones legales de toda indole en defensa de los intereses del Estado Per uano contra las resoluciones dictadas contrario al mandato expreso de la ley; Que de conformidad con lo dispuesto por el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, Decreto Ley Nº 17537 Ley de Defensa Judicial del Estado en Juicio, su modificatoria y estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga la accion civil de Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta, contra las resoluciones judiciales dictadas por el Juez del MORDAZA Juzgado Especializado en lo Civil de Chiclayo doctor MORDAZA Contena MORDAZA y los Vocales Caroajulca MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Pisfil Capunay en el MORDAZA seguido por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Ministerio del Interior sobre Accion de Amparo. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion y antecedentes del caso a la Procuraduria Publica encargada de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para su conocimiento y demas fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 03007

PRODUCE
Aprueban Convenio de Cooperacion con el ITP para ejecutar el Programa "Apoyo Alimentario a Centros de Educacion Inicial y Promocion del Consumo de Productos Hidrobiologicos"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 049-2006-PRODUCE MORDAZA, 16 de febrero del 2006 Visto los Memorandos Nº 00241 y Nº 00341-2006PRODUCE/DVM-PE mediante los cuales el Viceministro de Pesqueria aprueba dar tramite al proyecto de convenio de cooperacion interinstitucional con el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ­ ITP para la ejecucion del Programa "Apoyo Alimentario a Centros de Educacion Inicial y Promocion del Consumo de Productos Hidrobiologicos".

Que, el Plan Estrategico Nacional 2002-2006, aprobado por Decreto Supremo Nº 187-2001-EF, senala como una de las principales prioridades nacionales, el brindar nutricion, promocion, prevencion y complementacion alimentaria a familias en alto riesgo, en especial a los ninos menores de cinco anos, madres gestantes y lactantes; Que, la Estrategia Nacional de Seguridad Alimentaria 2004-2015, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 0662004-PCM, senala en el numeral 4.5, entre otros, como Objetivos y Metas Especificas, la reduccion del porcentaje de practicas inadecuadas de alimentacion y nutricion de 60% a 40% y de los hogares con deficit de acceso calorico de 35,8% a 25%, estableciendo que el Ministerio de la Produccion, conjuntamente con el Ministerio de Agricultura, debera determinar el incremento de la meta de superavit de la balanza comercial de alimentos, asi como el aumento de la meta en la disponibilidad per-capita diaria de calorias procedentes de alimentos de origen nacional en 10%; Que, el Ministerio de la Produccion tiene como funciones formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas en materia de industria y pesqueria, promoviendo el incremento de la produccion asi como el uso racional de los recursos, de acuerdo a su Ley de Organizacion y Funciones, Nº 27789; Que, el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP) es un organismo publico descentralizado y tiene como finalidad promover y realizar investigaciones cientificas y tecnologicas con el proposito de lograr el optimo aprovechamiento de los recursos hidrobiologicos y difundir sus resultados, de acuerdo al Decreto Legislativo Nº 92; Que, en concordancia a la politica de seguridad alimentaria y las prioridades sectoriales orientadas a promover el consumo de recursos hidrobiologicos y contribuir a la mejora de la nutricion infantil, es conveniente ejecutar el Programa "Apoyo Alimentario a Centros de Educacion Inicial y Promocion del Consumo de Productos Hidrobiologicos" a traves del ITP; Que, el Despacho Viceministerial de Pesqueria, mediante los documentos del visto, autoriza el tramite de aprobacion del Convenio, y mediante el Informe Tecnico Nº 005-2006-PRODUCE/OGDPE-Opies la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estrategico recomienda la aprobacion del referido convenio de cooperacion interinstitucional; para lo cual a traves del Memorando Nº 006-2006-PRODUCE/OP se acredita la disponibilidad presupuestal respectiva; Que, de conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Nº 28411, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano 2006, Nº 28652, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, Nº 27789 y Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Nº 27785; y en uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del articulo 11º del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y modificatoria; Con el visado de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, Desarrollo y Planeamiento Estrategico, de Administracion y del Despacho Viceministerial de Pesqueria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Convenio de Cooperacion Interinstitucional entre el Ministerio de la Produccion y el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru, para la ejecucion del Programa "Apoyo Alimentario a Centros de Educacion Inicial y Promocion del Consumo de Productos Hidrobiologicos", hasta por un monto de S/. 325 000,00 (Trescientos Veinticinco Mil y 00/100 Nuevos Soles), para el periodo enero ­ junio de 2006. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Pesqueria a suscribir el Convenio a que se refiere el articulo precedente. Articulo 3º.- Las Oficinas Generales de Administracion y de Desarrollo y Planeamiento Estrategico del Ministerio

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