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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (22/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G33/G30/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 22 de febrero de 2006 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G67/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F /G70/G65/G72/G75/G61/G6E/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G52/G65/G66/G6C/G65/G78/G69/GF3/G6E/G20 /G73/G6F/G62/G72/G65/G20 /G65/G6C/G20 /G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20 /G64/G65/G49/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G53/G75/G64/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 079-2006-RE Lima, 20 de febrero de 2006 CONSIDERANDO: Que el Perú asigna particular importancia a la inserción estratégica en Sudamérica a partir de la pertenencia a laComunidad Andina y a la convergencia de la ComunidadAndina con el Mercosur con miras a la conformación de laComunidad Sudamericana de Naciones; Que, en la III Reunión de los Presidentes de los países de América del Sur, celebrada el 8 de diciembre de 2004,mediante la Declaración de Cusco se decidió conformarla Comunidad Sudamericana de Naciones que sedesarrollará a través del impulso de los procesos deconcertación y coordinación política; profundización de la convergencia comercial; integración de la infraestructura de transportes, energía y comunicaciones; iniciativas dedesarrollo rural; transferencia de tecnología y cooperaciónen las áreas de ciencia, educación y cultura; Que, en la Reunión Extraordinaria de los Jefes de Estado de la Comunidad Sudamericana, realizada en Montevideo el 9 de diciembre de 2005, los mandatarios sudamericanos aprobaron la decisión sobre la creación de la "ComisiónEstratégica de Reflexión sobre el Proceso de IntegraciónSudamericano", cuyo objetivo será elaborar propuestaspara impulsar la integración sudamericana en todos susaspectos (político, económico, social, cultural, energía e infraestructura) y presentarlas a la próxima Cumbre Sudamericana que se realizará en Bolivia, en el transcursodel presente año; Que, dicha decisión establece que la Comisión tendrá 12 miembros y estará constituida por representantespersonales designados por los Presidentes de los países que conforman la Comunidad Sudamericana; Que, en consecuencia, es necesario designar al representante peruano ante la Comisión Estratégica deReflexión sobre la integración Sudamericana de Naciones; Teniendo en cuenta lo dispuesto mediante la Hoja de Trámite (GPX) Nº , del Gabinete de Coordinación del Secretario de Política Exterior, de fecha ; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Luis Thais Díaz para que, en representación del gobierno peruano, integre la Comisión Estratégica de Reflexión sobre el Proceso deIntegración Sudamericano, cuyo objetivo será elaborarpropuestas para impulsar la integración sudamericana entodos sus aspectos -político, económico, social, cultural,energía e infraestructura- y presentarlas a la Segunda Reunión de Jefes de Estado de la Comunidad Sudamericana de Naciones, que se realizará en Bolivia, durante el año 2006. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 03262 /G44/G65/G6C/G65/G67/G61/G6E/G20/G66/G61/G63/G75/G6C/G74/G61/G64/G65/G73/G20/G61/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F /G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G62/G69/G72/G20/G65/G6C/G20/G22/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G64/G65/G20 /G41/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20 /G4D/G75/G74/G75/G61/G20 /G65/G6E/G74/G72/G65/G20 /G6C/G61/G73/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G41/G64/G75/G61/G6E/G65/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 080-2006-RE Lima, 20 de febrero de 2006Visto el Memorándum (NOR-EUA) Nº 9, de 2 de febrero de 2006, de la Dirección General de Norteaméricadel Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el "Convenio de Asistencia Mutua entre las Administraciones Aduaneras delPerú y de los Estados Unidos" ; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembrede 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembrede 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Delegar en la persona del doctor Eduardo Ferrero Costa, Embajador del Perú en los Estados Unidos deAmérica, las facultades suficientes para que suscriba el"Convenio de Asistencia Mutua entre las Administraciones Aduaneras del Perú y de los Estados Unidos" . 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al doctor Eduardo Ferrero Costa, Embajador del Perú enlos Estados Unidos de América. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 03263 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G67/G72/G69/G63/G75/G6C/G74/G75/G72/G61 /G79/G20/G61/G6C/G20/G41/G72/G63/G68/G69/G76/G6F/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6C/G70/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G63/G75/G6F/G74/G61/G73/G20/G61/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G6F/G72/G67/G61/G6E/G69/G73/G6D/G6F/G73 /G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 081-2006-RE Lima, 20 de febrero de 2006 VISTO:El Oficio Nº 225-2006-AG-SEGMA, de fecha 1 de febrero de 2006, del Ministerio de Agricultura por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores laexpedición de la Resolución Suprema que autorice elpago de las contribuciones al Grupo Consultivo deInvestigación Agrícola Internacional (CGIAR) y al InstitutoInteramericano de Cooperación para la Agricultura (IICA); CONSIDERANDO: Que el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas delGobierno peruano a los organismos internacionales delos cuales el Perú es miembro; Que es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el beneficio delos flujos de cooperación y asistencia técnicainternacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de cuotas a los mencionados organismos internacio- nales, con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Agricultura, a efectuar el pago de cuotas, a los siguientes organismosinternacionales: