Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2006 (28/02/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, martes 28 de febrero de 2006

NORMAS LEGALES

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Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial del MORDAZA, en el dia, el presente expediente, para que proceda a darle tramite segun el estado que corresponda. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 03654

Confirman Articulo MORDAZA de la Res. Nº 023-2006-JEE-HYO del MORDAZA Electoral Especial de Huancayo que deniega tramite de inscripcion de candidato al Congreso de la Republica
RESOLUCION Nº 201-2006-JNE

del MORDAZA electoral que corresponda, o cuenten con autorizacion expresa del partido politico al que pertenecen; Que, en el presente caso, se observa que la carta de renuncia de fojas 8, posee un sello que indica unicamente "recibi conforme", pero no indica en ninguna parte alguna senal o sello que permita identificar si el referido partido politico efectivamente lo recibio; por lo que en dicho contexto y siendo que en el presente expediente no existe prueba que acredite de manera inequivoca la afirmacion del apelante, en el sentido que dicha carta de renuncia ha sido presentada dentro del plazo establecido por la ley, se considera que don MORDAZA Vlicerio MORDAZA MORDAZA ha incurrido en la prohibicion establecida por el Articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos; mas aun si se tiene en cuenta que en la pagina Web de la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas sigue apareciendo el indicado ciudadano como afiliado en el partido politico "Alianza para el Progreso"; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Confirmar el Articulo MORDAZA de la resolucion Nº 023-2006-JEE-HYO de fecha 13 de febrero del 2006 expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo, en cuanto deniega a tramite la inscripcion del senor MORDAZA Vlicerio MORDAZA Perez. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de Huancayo, en el dia, el presente expediente, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) 03655

Exp. Nº 130-2006. MORDAZA, 27 de febrero de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 27 de febrero del 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Frente de Centro", MORDAZA Maritza MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Nº 023-2006-JEE-HYO de fecha 13 de febrero del 2006 expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo; CONSIDERANDO: Que, verificados los requisitos del recurso impugnativo, el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo concedio recurso de apelacion y vista la causa ha quedado expedita para resolver en MORDAZA y definitiva instancia, conforme establecen los Articulos 142º y 181º de la Constitucion Politica, 34º in fine y 36º de la Ley de Elecciones Nº 26486; Que, la Resolucion Nº 023-2006-JEE-HYO, en su articulo primero admitio a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos integrada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Zonia MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA para el Congreso de la Republica por el partido politico "Frente de Centro" para el Distrito Electoral de Huancayo en el MORDAZA de Elecciones Generales del ano 2006; y en su articulo MORDAZA, no admitio a tramite la solicitud de inscripcion de las candidatas por el referido partido politico para el citado distrito electoral, respecto a don MORDAZA Vlicerio MORDAZA MORDAZA, por encontrarse registrado como militante del partido politico "Alianza para el Progreso" y no haber acreditado renuncia, ni autorizacion expresa del mencionado partido politico al que pertenecen, conforme lo establece el Articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos, Nº 28094; Que, la apelante expresa agravios manifestando que don MORDAZA Vlicerio MORDAZA MORDAZA ya no pertenece al partido politico "Alianza para el Progreso" toda vez que renuncio a su militancia el 10 de junio de 2005 y asimismo mediante Resolucion Nº 026-05/TNE-CNI del Tribunal Nacional Electoral de la Coordinadora de Independientes, de fojas 10, resolvio respecto de su militancia en dicho partido, otorgando validez a la renuncia MORDAZA referida; Que, el Articulo 18º de la Ley Nº 28094 establece que no pueden inscribirse como candidatos en otros partidos politicos, los afiliados a un partido politico, movimiento u organizaciones politicas locales inscritos, a menos que hubiesen renunciado a su partido politico con cinco meses de anticipacion a la fecha de cierre de las inscripciones

Admiten a tramite solicitud de inscripcion de lista de candidatos del partido politico "Alianza para el Progreso" al Congreso de la Republica
MORDAZA ELECTORAL ESPECIAL MORDAZA CENTRO RESOLUCION Nº 0076-2006-JEE/LC

MORDAZA, 25 de febrero de 2006 VISTA: La solicitud de inscripcion de la lista de candidatos al Congreso de la Republica, presentada por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico "Alianza para el Progreso", para el Distrito Electoral de la Region MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Generales 2006, presentada el 31 de enero de 2006, expediente 001-2006-LC. CONSIDERANDO: Que, los Jurados Electorales Especiales ubicados en la capital del departamento tienen a su cargo la inscripcion de las listas de candidatos al Congreso de la Republica; Que, los partidos politicos o alianzas registrados en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones solo pueden inscribir una lista de candidatos al Congreso de la Republica en cada Distrito Electoral ante el MORDAZA Electoral Especial correspondiente, hasta

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