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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2006 (28/02/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 32

PÆg. 313418 NORMAS LEGALES Lima, martes 28 de febrero de 2006 sesenta (60) días naturales antes de la fecha de las elecciones, conforme lo establece el artículo 115º de laLey Orgánica de Elecciones Nº 26859, concordante con el artículo 11º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094. Primero.- Que, habiéndose procedido a calificar y procesar la solicitud presentada, en cuanto a los requisitos positivos referidos a la edad, nacionalidad, goce del derecho de sufragio y ejercicio de la ciudadaníade los candidatos, requisitos negativos concernientes a los impedimentos y condición de inelegibilidad, cuota de género, declaración jurada de vida, democracia internay demás exigencias legales previstas en la Constitución y la Ley Orgánica de Elecciones, Ley de Partidos Políticos y otras normas conexas, además del TUPA; esprocedente la admisión a tramite de la solicitud de inscripción, conforme lo dispone el artículo 9º del Reglamento para la recepción, calificación e inscripciónde la lista de candidatos al Congreso de la República, aprobado por Resolución Nº 047-2006-JNE; se procede a admitir a trámite la solicitud de inscripción de los candidatos señalados en el artículo primero de la parte resolutiva de la presente Resolución. Segundo.- Que, respecto a la solicitud de inscripción de los candidatos que se encuentran omisos al sufragio, atendiendo que mediante Resolución Nº 138-2006-JNE de fecha 21 de febrero de 2006, publicada en el diarioOficial El Peruano en la fecha, máxima autoridad en materia electoral dispone que aun cuando el sufragio a la vez de un derecho es un deber, tanto al artículo 112ºinciso c) de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859, como el inciso c) del artículo 3º de la Resolución Nº 047- 2006-JNE, establecen que para ser elegido Congresistade la República se requiere gozar del derecho de sufragio, derecho que no se constituye con la asistencia o inasistencia de un elector a sufragar en algún procesoelectoral; en consecuencia en aplicación a lo dispuesto por el Jurado Nacional de Elecciones el Pleno de el Jurado Electoral Especial Lima Centro acuerda apartarsedel criterio adoptado al respecto en anteriores resoluciones y admitir a trámite la solicitud de inscripción de los candidatos al Congreso de la República que seencontrasen con omisión al sufragio de anteriores procesos electorales; Tercero.- Que, se advierte que no se ha dado cumplimiento de lo establecido en el artículo 114º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº26859 concordante con el artículo 4º del Reglamento para la recepción,calificación e inscripción de formulas de candidatos al Congreso de la República en las Elecciones Generales de 2006 - Resolución Nº 047-2006-JNE, respecto atrabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos y de los Organismos y Empresas del Estado que no han cumplido con adjuntar el otorgamiento de la licencia singoce de haber, concedida sesenta (60) días antes de la fecha de las elecciones; en consecuencia se deniega la admisión a trámite la solicitud de inscripción de lossiguientes candidatos: Cuba García Herbert Ulises con número de inscripción 03 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 10542170 , por cuanto no hacumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha labora en el Ministerio de Salud el que conforme al organigrama delEstado Peruano pertenece al Poder Ejecutivo desarrollándose como Médico; de Torres Anaya Dante Fernando con número de inscripción 08 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 07463071, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fechalabora en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Organismo descentralizado autónomo con personería Jurídica de Derecho Público Interno, desarrollándosecomo Profesor Asociado; de Suyón Hurtado Juan Félix con número de inscripción 11 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 06619795, porcuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha viene desempeñándose como Asesor de Alcaldía en laMunicipalidad Distrital de Barranco Organismo Público del Estado Peruano; de Valentín Alvarez de MorenoGraciela Guadalupe con número de inscripción 16 e identificado con Documento Nacional de IdentidadNº 08064575, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha viene laborando en el Centro EducativoNº 3019, perteneciente al Ministerio de Educación el que conforme al organigrama del Estado Peruano pertenece al Poder Ejecutivo, desempeñando el cargo de Directora;de Castillo Guerra Christian Gustavo con número de inscripción 21 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 15648915, por cuanto no ha cumplido conadjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha labora en el Centro de Salud de Manzanares, dependencia del Ministerio de Salud el queconforme al organigrama del Estado Peruano pertenece al Poder Ejecutivo desarrollándose como Cirujano Dentista; de Estela Huamán José Alberto con número de inscripción 22 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 06711501, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce dehaber, siendo que a la fecha viene desempeñándose como Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de San Borja Organismo Público del Estado Peruano, yparalelamente como docente en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y Universidad Federico Villarreal, Organismos descentralizados autónomos con personeríaJurídica de Derecho Público Interno; de Palpán Luna Di Stefano Pedro con número de inscripción 23 e identificado con Documento Nacional de IdentidadNº 08615733, por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha viene laborando en el Ministerio de laProducción el que conforme al organigrama del Estado Peruano pertenece al Poder Ejecutivo, desempeñando el cargo de Especialista de Comercialización; de Arbulú Tejero Italo Fernando con número de inscripción 24 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 07768142 , por cuanto no ha cumplido con adjuntar elotorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha viene laborando en el Ministerio de Salud el que conforme al organigrama del Estado Peruanopertenece al Poder Ejecutivo, desempeñándose como Jefe del Centro de Salud de Chorrillos; de Carpio Caceres de Dávila Martha Beatriz con número de inscripción 30 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 06996743 , por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendoque a la fecha labora en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Organismo descentralizado autónomo con personería Jurídica de Derecho Público Interno,desarrollándose como Docente; de Arias Vivar Pedro Francisco con número de inscripción 34 e identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 105130 52,por cuanto no ha cumplido con adjuntar el otorgamiento de su licencia sin goce de haber, siendo que a la fecha viene laborando en el Centro Educativo Roque Blas delVillar, perteneciente al Ministerio de Educación el que conforme al organigrama del Estado Peruano pertenece al Poder Ejecutivo, desempeñando el cargo de Docente,según su propia Declaración Jurada de Vida a fojas 278; Tercero.- Que, sobre las causales de impedimento para ser candidato a Congresista de la República, elartículo 113º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº26859 concordante con el artículo 4º del Reglamento para la recepción, calificación e inscripción de formulas decandidatos al Congreso de la República en las Elecciones Generales de 2006 (Resolución Nº 047-2006-JNE), señala que no pueden ser candidatos a representantesal Congreso de la República, salvo que renuncien seis (06) meses antes de la fecha de las elecciones: a) Los ministros y viceministros de Estado, el Contador Generalde la República y las autoridades regionales, b) Los miembros del Tribunal Constitucional, del Consejo Nacional de la Magistratura, del Poder Judicial, delMinisterio Público, de los Organismos integrantes del Sistema Electoral y el Defensor del Pueblo; c) El Presidente del Banco Central de Reserva, elSuperintendente de Banca y Seguros, el Superintendente Nacional de Aduanas y el Superintendente de