Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2006 (05/07/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano miercoles 5 de MORDAZA de 2006

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

NORMAS LEGALES

322957

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Restituir el derecho administrativo de permiso de pesca de la embarcacion pesquera HUALLAGA 4 de matricula CE-1846-PM, otorgado a favor de la empresa P.E.E.A. HUALLAGA S.R.L. mediante Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE de fecha 14 de septiembre de 1994; y en consecuencia restituir el derecho de sustitucion que recae sobre la referida embarcacion pesquera. Articulo 2º.- Reincorporar a la embarcacion pesquera HUALLAGA 4 de matricula CE-1846-PM con permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 371-94-PE, en los listados de embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente publicado por Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE, y en el listado de embarcaciones con derecho de sustitucion publicado en Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el Por tal de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 11627

el 31 de marzo del ano 2008 y del Contrato de Asociacion en Participacion y su addenda celebrado con el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de fechas 10 de MORDAZA de 2004 y 10 de diciembre de 2005, documentos con los cuales se acredita la posesion del bien inmueble y de las maquinarias y equipos que forman parte de la planta de harina de pescado de alto contenido proteinico; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se concluye que la empresa NATURAL PROTEIN TECHNOLOGIES S.A.C. ha cumplido con los requisitos sustantivos previstos en la normatividad pesquera vigente, asi como los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 1712006-PRODUCE/DGEPP-Dchi y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio del titular de la licencia de operacion otorgada mediante la Resolucion Directoral Nº 131-2004-PRODUCE/DNEPP, a favor de la empresa NATURAL PROTEIN TECHNOLOGIES S.A.C. hasta el 31 de marzo de 2008, para que se dedique a la actividad de procesamiento de productos hidrobiologicos, a traves de su planta harina de pescado de alto contenido proteinico, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en el Pasaje Virgen de MORDAZA s/n, Sector San MORDAZA, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 4 t/h, de procesamiento de materia prima, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada. Articulo 2º.- Vencido el plazo a que se contrae el articulo anterior, la titularidad de la licencia de operacion revertira a favor del Sr. MORDAZA MORDAZA ALCA. Articulo 3º.- NATURAL PROTEIN TECHNOLOGIES S.A.C. debera operar la planta de procesamiento de productos hidrobiologicos cumpliendo las normas legales y reglamentarias del ordenamiento juridico pesquero, asi como de seguridad industrial pesquera que garanticen el desarrollo sostenido de la actividad pesquera. Asimismo debera implementar un sistema de seguridad de control del MORDAZA que garantice la optima calidad del producto final, asi como ejecutar las medidas de mitigacion planteadas en la MORDAZA de Verificacion Nº 001-2004-PRODUCE/ DINAMA de fecha 27 de enero de 2004, otorgada por la Direccion Nacional de Medio Ambiente, hoy Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria. Articulo 4º.- Incorporar al Anexo IV-A (Planta de Procesamiento Pesquero - harina de pescado de alto contenido proteinico) de la Resolucion Ministerial Nº 0412002-PRODUCE y al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 502-2003-PROCUCE, la planta de procesamiento de harina de pescado materia del cambio de titular. Articulo 5º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo 3º de la presente Resolucion, asi como el incremento de la capacidad instalada de la planta de procesamiento materia del cambio de titular, sera causal de caducidad del derecho otorgado o de las sanciones que resulten aplicables conforme a la normatividad vigente, segun corresponda. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de la Produccion MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 11628

Aprueban cambio de titular de licencia de operacion para el procesamiento de productos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 196-2006-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 8 de junio de 2006 Visto los escritos con registros Nºs. CE-03490003 de fechas 18 de MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2004, 10 de enero de 2005, 11 de MORDAZA de 2006 y 00001629 del 10 de enero, 7 de junio de 2005 y 00036819 del 9 de noviembre de 2005, presentados por NATURAL PROTEIN TECHNOLOGIES S.A.C. CONSIDERANDO: Que los articulos 43º incisos b) y d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la autorizacion de instalacion de los establecimientos industriales pesqueros y para la operacion de plantas de procesamiento de productos pesqueros se requiere de la autorizacion y licencia correspondiente, los que constituyen derechos que el Ministerio de la Produccion otorga a nivel nacional; Que el articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, establece que durante la vigencia de la licencia de operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 1312004-PRODUCE/DNEPP de fecha 6 de MORDAZA de 2004, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, licencia para la operacion de una planta de harina de pescado de alto contenido proteinico, con una capacidad de 4 t/h de procesamiento de materia prima, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en Pasaje Virgen de MORDAZA s/n, Sector San MORDAZA, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que mediante los escritos del visto la empresa NATURAL PROTEIN TECHNOLOGIES S.A.C. solicita a su favor el cambio de titular de licencia de operacion otorgada mediante la Resolucion Directoral Nº 131-2004PRODUCE/DNEPP, en vir tud del Contrato de Subarrendamiento celebrado con la empresa PACIFIC NATURAL FOODS S.A.C. -PANAFOODS- de fecha 1 de MORDAZA de 2004, cuya vigencia ha sido establecida hasta

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.