TEXTO PAGINA: 37
NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 24 de julio de 2006 324857REPUBLICADELPERU ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA EL PLAN URBANO DIRECTOR DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO 1995-2010 Artículo 1º.- Aprobar el cambio de zonificación correspondiente al área que a continuación se detalla,de ZRE (Zona de Reglamentación Especial) a ZM (Zona Urbano Monumental): El perímetro conformado por la orilla del Océano Pacífico entre Jr. Roca y Jr. Adolfo King, Jr. Huancavelica, Jr. Manco Cápac, Jr. Paraguay, Av. Miguel Grau, Jr. Estados Unidos,Jr. Gamarra, Jr. Roca hasta el Océano Pacífico. Artículo 2º.- Modificar el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995-2010, en el extremo a que se contrae el ítem precedente. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, la implementación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.PÍO SALAZAR VILLARÁN Alcalde del Callao 00311-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/GCD/G6E/G64/G69/G63/G65/G20/G64/G65 /G55/G73/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G41/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G55/G72/G62/G61/G6E/G61/G73/G20/G79/G20/G65/G6C/G43/G75/G61/G64/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G4E/G69/G76/G65/G6C/G65/G73/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G46/G69/G6E/G65/G73/G20/G49/G6E/G64/G75/G73/G74/G72/G69/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000028 Callao, 5 de julio de 2006 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 5 de julio de 2006; Aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económicay administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000018 de fecha 5 de octubre de 1995, se aprobó el Plan Urbano Director delCallao 1995 - 2010, Instrumento de gestión muy importante que tiene como objetivo contrarrestar las tendencias negativas del crecimiento urbano del Callao y que tiene entrelineamientos operativos la implementación del plan; Que, la Ordenanza Municipal Nº 016-99 del 3 de setiembre de 1999, estableció que en los asentamientos humanosque no contaran con habilitación urbana se permitiría el funcionamiento de farmacias, boticas, bodegas, bazares, panaderías, salones de belleza, restaurantes, talleres demecánica automotriz, venta de materiales de construcción, ferreterías, depósitos de carretillas, cocheras, cerrajerías, carpinterías en general, y otros servicios que brindenservicios elementales de primera necesidad; Que la Ordenanza Nº 07-2001 del 25 de junio del 2001 derogó la ordenanza citada en el considerando anterior y ensu artículo 10º establece que en los asentamientos humanos y centros poblados que no cuenten con habilitación urbana o asignación de zonificación, la Dirección General de DesarrolloUrbano otorgará los certificados de compatibilidad de uso para las siguientes actividades: boticas, farmacias, panaderías, bazar, bodega, servicio postal, peluquería y servicios de internety otras actividades sólo podrán autorizarse de acuerdo al índice de usos, si la zonificación lo permite; Que, el índice para las actividades urbanas y cuadro de niveles operacionales para fines industriales del Reglamento Nacional de Construcciones resulta un documento obsoleto por su antigüedad y por la realidad actual del Cercado delCallao, que a raíz de las disposiciones municipales que flexibilizaron el índice de usos ha ocasionado un cambio de vocación de las áreas urbanas calificadas en el Plano de zonificación aprobado en el Plan Urbano Director 1995-2010, como zonas residenciales a comerciales, señalándose que han surgido actividades comerciales tales como la venta de gas, servicio de internet, que no estabanconsideradas específicamente en los índices de usos y en el cual sólo se establece una división de comercio al por mayor, por menor, restaurantes y hoteles; Que, las ordenanzas municipales citadas en los considerandos anteriores no se discriminó la ubicación (frente a calle o avenida) de la actividad comercial a desarrollar,razón por la cual se viene otorgando los certificados de compatibilidad de uso indistintamente, si el predio se ubica frente a una avenida, una calle o un parque, habiéndosegenerado en muchos casos la consolidación de la actividad comercial en zonas calificadas de residenciales. Que, la Ordenanza Municipal Nº 07-2001 menciona, en su artículo 10, únicamente a “asentamientos humanos y centros poblados”, debiéndose precisar es necesario precisar que la denominación se refiera a las urbanizaciones en general. Que, esta coyuntura ha creado la necesidad de hacer las precisiones del caso con el fin de no seguir afectando las áreas residenciales con actividades comerciales que puedan generar malestar a los vecinos y a la vez flexibilizar la ubicación de algunas actividades comerciales en relación a lo establecido en el Índice De Usos del ReglamentoNacional de Construcciones. Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972,se ha dado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE ÍNDICE DE USO PARA LAS ACTIVIDADES URBANAS Y EL CUADRO DE NIVELES OPERACIONALES PARA FINES INDUSTRIALES Artículo 1º.- Apruébase la modificación de Índice de Uso para las Actividades Urbanas y el Cuadro de Niveles Operacionales para Fines Industriales, que es parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- Modifícase, en lo pertinente, el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995-2010. Artículo 3º.- Encárgase a las Gerencias Generales de Desarrollo Urbano y Desarrollo Económico Local y Comercialización dar cumplimiento la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se publique y cumpla.PÍO SALAZAR VILLARÁN Alcalde del Callao 00314-1 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G42/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G49/G6E/G74/G65/G72/G65/G73/G65/G73/G20/G4D/G6F/G72/G61/G74/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G64/G65/G41/G6C/G63/G61/G62/G61/G6C/G61 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000029 Callao, 5 de julio de 2006EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 5 de julio de 2006; Aprobó la siguiente;Ordenanza Municipal: CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 27680 en concordancia con el Artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los GobiernosLocales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, el artículo 74º señala que los Gobiernos Locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;