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NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 24 de julio de 2006 324841REPUBLICADELPERU nutricional x 237 ml., con un peso bruto de 16,179.00 kilos, y con valor FOB de US $ 10,000.00 (Diez Mil y 00/ 100 Dólares Americanos) amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-2005-10-034769-01-0-00 defecha 12-Mar-05 arribados en un contenedor de 40' Nº SUDU463308-0, esta donación se distribuirá entre los beneficiarios que VIDA-Perú seleccione; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando: Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Volunteers for Inter American DevelopmentAssistance (VIDA) en cooperación con AmeriCares a favor de la ASOCIACION VIDA PERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuadapor Volunteers for Inter American Development Assistance (VIDA) en cooperación con AmeriCares a favor de la ASOCIACION VIDA PERU que consisten en 16 palletsconteniendo suplementos médicos: Ensure plus - suplemento nutricional x 1000 ml. y Perative -suplemento nutricional x 237 ml., con un peso bruto de 16,179.00kilos, y con valor FOB de US $ 10,000.00 (Diez Mil y 00/100 Dólares Americanos) amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-2005-10-034769-01-0-00 defecha 12-Mar-05 arribados en un contenedor de 40' Nº SUDU463308-0, esta donación se distribuirá entre los beneficiarios que VIDA-Perú seleccione. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazos establecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00323-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0840-2006-RE Lima, 19 de julio de 2006 Visto el expediente Nº 15433-2005, presentado por la ASOCIACION VIDA PERU, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a ladonación recibida de Volunteers for Inter American Development Assitance (VIDA), con sede en la ciudad de Emeryville, California, Estados Unidos; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC,aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de lasEntidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargo laAgencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente;Que, la ASOCIACION VIDA PERU se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruanade Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos de aceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial oeducacional provenientes del exterior, aprobada por Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 8 de julio de 2005, legalizado por el Consulado General del Perú en la ciudad de San Francisco, se observa que Volunteers for Inter American Development Assistance(VIDA), ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACION VIDA PERU; Que, los bienes donados consisten en 4,278 bultos conteniendo productos farmacéuticos y suplementos médicos, a excepción de los productos detallados en la Resolución Directoral Nº 0384-2005-SA/OGCI emitidapor la Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud; con un peso bruto de 12,875.20 kilos, y un valor FOB de US $ 10,000.00 (Diez Mil y00/100 Dólares Americanos), amparados con Declaración Única de Aduanas Nº 118-2005-10-103797- 01-0-00 de fecha 21-Jul-05, arribados en un contenedorde 40' Nº FSCU439051-8. Los bienes serán distribuidos entre los beneficiarios que Vida Perú seleccione; Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectación de IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor deENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores, aprobar la donación efectuada por Volunteers for Inter American Development Assistance (VIDA) a favor de la ASOCIACION VIDAPERU; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935,Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Volunteers for Inter AmericanDevelopment Assistance (VIDA) a favor de la ASOCIACION VIDA PERU consistente en 4,278 bultos conteniendo productos farmacéuticos y suplementosmédicos, a excepción de los productos detallados en la Resolución DirectoraI Nº 0384-2005-SA/OGCI emitida por la Oficina General de Cooperación Internacional delMinisterio de Salud; con un peso bruto de 12,875.20 kilos, y un valor FOB de US $ 10,000.00 (Diez Mil y 00/100 Dólares Americanos), amparados conDeclaración Única de Aduanas Nº 118-2005-10-103797- 01-0-00 de fecha 21-Jul-05, arribados en un contenedor de 40' Nº FSCU439051-8. Los bienes serán distribuidosentre los beneficiarios que Vida Perú seleccione. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00323-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0841-2006-RE Lima, 19 de julio de 2006 Visto el expediente Nº 2700-2006, presentado por la ASOCIACION VIDA PERU, mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e