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NORMAS LEGALESEl Peruano lunes 24 de julio de 2006 324843REPUBLICADELPERU Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e ImpuestoSelectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuada por Volunteers for Inter-American Development Assistance (VIDA) a favor de laASOCIACION VIDA PERU que consiste en un (01) monitor multiparámetro, marca Propaq, modelo 110, serie Nº AEO 01668 y un (01) monitor multiparámetro, marcaPropaq, modelo 102, serie Nº TCO 2368, usados, con un peso bruto de 40.00 kilos, y un valor CIF de US $ 4,483.00 (Cuatro Mil Cuatrocientos Ochentaitres y00/100 Dólares Americanos), amparados con Decla- ración Única de Aduanas Nº 235-2006-10-007228-01 de fecha 25-Ene-06. El instrumental ha sido donado alHospital Nacional Daniel Alcides Carrión. Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00323-5 SALUD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G22/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G53/G61/G6E/G69/G74/G61/G72/G69/G61/G20/G64/G65 /G56/G69/G67/G69/G6C/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G45/G70/G69/G64/G65/G6D/G69/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/GE1/G6E/G63/G65/G72/G20/G2D/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G73/G20/G48/G6F/G73/G70/G69/G74/G61/G6C/G61/G72/G69/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 660-2006/MINSA Lima, 20 de julio del 2006 Visto el Expediente Nº 05-557648-001, que contiene el Oficio Nº 1033-2006-DGE-DVE/MINSA de la Dirección General de Epidemiología; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Epidemiología, tiene la responsabilidad de lavigilancia en salud pública, y en particular la vigilancia epidemiológica del cáncer que se realiza por intermedio del Registro Hospitalario, el cual está orientado a larecepción y el análisis de la información, con la finalidad de orientar las políticas de intervención, incluyendo asimismo acciones para el reconocimiento, el diagnósticoprecoz y la adopción de medidas de prevención y controles eficaces, para disminuir el impacto de dicha enfermedad en las estadísticas de morbilidad, mortalidad y letalidad; Que, en este contexto, la Dirección General de Epidemiología, en coordinación con el Instituto Especializado de Enfermedades Neoplásicas, Direcciones de Salud y losHospitales de Referencia de la ciudad de Lima, ha elaborado la "Directiva Sanitaria de Vigilancia Epidemiológica del Cáncer - Registros Hospitalarios", cuyo objetivo es contarcon las pautas para la notificación y funcionamiento del Registro Hospitalario del Cáncer, contribuyéndose de esta forma a la generación de información, prevención y controldel cáncer y, a la toma de decisiones por niveles de atención; Estando a lo informado por la Dirección General de Epidemiología y, con la visación de la Oficina General deAsesoría Jurídica; Con la visación del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Sanitaria Nº 004- MINSA/DGE-V.01: "Directiva Sanitaria de VigilanciaEpidemiológica del Cáncer - Registros Hospitalarios", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección General de Epidemiología, a través de la Dirección de Vigilancia Epidemiológica, es responsable de la difusión e implementación de la mencionada Directiva Sanitaria. Artículo 3º.- Las Direcciones de Salud y las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional, a través de sus Oficinas de Epidemiología, sonresponsables de la difusión y cumplimiento de la citada Directiva Sanitaria, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones. Artículo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones publicará la referida Directiva Sanitaria en el Portal de Internet del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PILAR MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 00345-1 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65 /G41/G68/G6F/G72/G72/G6F/G20/G79/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G68/G69/G6E/G63/G68/G61/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G6C/G61 /G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G64/G69/G74/G6F/G72/GED/G61 /G65/G78/G74/G65/G72/G6E/G61/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G20/G79/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G74/G69/G76/G61 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 212-2006-CG Lima, 20 de julio de 2006VISTOS; la Hoja de Recomendación Nº 043-2006- CG/SOA emitida por la Gerencia de Sociedades deAuditoría, sobre ampliación del alcance de los servicios de auditoría externa de la Sociedad de Auditoría Luis Quintana y Asociados Contadores Públicos SociedadCivil, solicitada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Chincha S.A., para que efectúe el examen a los estados financieros y operativos, por el período del1.1.2006 al 30.6.2006; CONSIDERANDO: Que, con la Resolución de Contraloría Nº 010-2006- CG de 16.1.2006 se autorizó a la CMAC Chincha, a conducir directamente el proceso de selección para la designación de una sociedad de auditoría que efectué elexamen a los estados financieros y operativos de la Entidad, por el ejercicio 2005. Que, el literal b) del artículo 6º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, señala que en los casos de empresas públicas en liquidación, entreotros supuestos, las Entidades pueden solicitar que los exámenes se realicen en forma integral por un período mayor, sustentando las razones excepcionales quejustifiquen dicha solicitud, para la evaluación y acción correspondiente de la Contraloría General; Que, el artículo 59º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, establece que "la Contraloría General puede autorizar la ampliacióndel alcance de la auditoría materia de designación, previa solicitud de la Entidad sustentada documentalmente en compromisos institucionales ineludibles o circunstanciasimprevisibles, verificados con posterioridad a la convocatoria del concurso público de méritos, para cuyo efecto emite la Resolución correspondiente estableciendolos términos y condiciones de dicha autorización”; Que, la ampliación del alcance de la auditoría a los estados financieros y operativos de la CMAC Chincha sesustenta en el Acta de la Sesión Nº 007-2006 de la Junta General de Accionistas de la Entidad de fecha 2.5.2006, en la cual se acuerda aprobar el proyecto de fusión por