Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2006 (24/07/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 324840El Peruano lunes 24 de julio de 2006 Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio de laProducción: w.w.w.produce .gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 00325-7 RELACIONES EXTERIORES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G49/G6E/G61/G66/G65/G63/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G47/G56/G20/G65/G20/G49/G6D/G2D /G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20 /G53/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20 /G61/G6C/G20 /G43/G6F/G6E/G73/G75/G6D/G6F/G20 /G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G2D/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G64/G61/G73/G20/G61/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G73/G69/G6E/G20/G66/G69/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G75/G63/G72/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0838-2006-RE Lima, 19 de julio de 2006 Visto, el expediente Nº 0310-2006, presentado por CARE PERU mediante el cual solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donaciónrecibida de Care International, con sede Atlanta, Georgia, Estados Unidos de América, financiada con fondos del Departamento de Desarrollo Internacional de GranBretaña; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo -ISC, aprobado por Decreto SupremoNº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, CARE PERU, se encuentra inscrita en el Registro de ENIEX que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional- APCI, de conformidad con elDecreto Legislativo Nº 719-91-PCM - Ley de Cooperación Técnica Internacional y el Decreto Supremo Nº 015-92- PCM -Reglamento de la Ley de Cooperación TécnicaInternacional; Que, mediante Carta de Donación de fecha 11 de febrero de 2004, legalizada por el Consulado del Perú enla ciudad de Washington D.C., se observa que, Care International, con financiada con fondos del Departamento de Desarrollo Internacional de Gran Bretaña, ha efectuadouna donación a favor de CARE PERU; Que, el bien donado consiste en dos (02) cajas conteniendo una (01) computadora P4, marca DELLOptilex GX270T, 2.66 GHz, serie Nº HOL2741 con accesorios, con un peso bruto de 36.00 kilos y con valor FOB de US $ 868.00 (Ochocientos Sesenta y Ocho y00/100 Dólares Americanos), será utilizada en apoyo a la ejecución del proyecto "Mejorando la Salud de los Pobres: Un Enfoque de Derechos" (CARE-DFID); Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2004-EF se delega al Ministerio de Relaciones Exteriores, la facultad de aprobar mediante Resolución Ministerial la inafectaciónde IGV e ISC a las donaciones efectuadas a favor de ENIEX, ONGD-PERU e IPREDA, a que se refiere el primer considerando; Que, en consecuencia corresponde al Sector Relaciones Exteriores aprobar la donación efectuada por Care International a favor de CARE PERU;De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 055-99-EF , Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 041-2004-EF y la Resolución Suprema Nº 508-93-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) correspondiente a la donación efectuadapor Care International, financiada con fondos del Departamento de Desarrollo Internacional de Gran Bretaña, a favor de CARE PERU, consistente en dos (02)cajas conteniendo una (01) computadora P4, marca DELL Optilex GX270T, 2.66 GHz, serie Nº HOL2741 con accesorios, con un peso bruto de 36.00 kilos y con valorFOB de US $ 868.00 (Ochocientos Sesenta y Ocho y 00/100 Dólares Americanos), será utilizada en apoyo a la ejecución del proyecto "Mejorando la Salud de los Pobres:Un Enfoque de Derechos" (CARE-DFID). Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT y al interesado, para los efectos a que se contrae el Decreto Supremo Nº 041-2004-EF , dentro de los plazosestablecidos. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 00323-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0839-2006-RE Lima, 19 de julio de 2006 Visto el expediente Nº 2699-2006, presentado por la ASOCIACION VIDA PERU, mediante el cual solicitan la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) eImpuesto Selectivo al Consumo (ISC) respecto a la donación recibida de Volunteers for Inter American Development Assistance (VIDA), con sede en Emeryville,California, Estados Unidos, en cooperación con AmeriCares; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el literal k) del artículo 2º y el segundo párrafo del artículo 67º del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas - IGV e Impuesto Selectivo al Consumo - ISC, aprobado por Decreto SupremoNº 055-99-EF y normas modificatorias, no se encuentran gravadas con el IGV e ISC, entre otros, las donaciones que se realicen a favor de las Entidades e InstitucionesExtranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX), Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD-PERU) nacionales e InstitucionesPrivadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA), que se encuentren inscritas en el Registro que tiene a su cargola Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), y siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del Sector correspondiente; Que, la ASOCIACION VIDA PERU se encuentra inscrita en el Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácterasistencial o educacional (IPREDA), que conduce la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, de conformidad con la Directiva de procedimientos deaceptación y aprobación, internamiento de donaciones de carácter asistencial o educacional provenientes del exterior, aprobada por Decreto Supremo Nº 508-93-PCM; Que, mediante Certificado de Donación de fecha 23 de febrero de 2005, legalizado por el Consulado General del Perú en la ciudad de San Francisco, se observa queVolunteers for Inter American Development Assistance (VIDA) en cooperación con AmeriCares, ha efectuado una donación a favor de la ASOCIACION VIDA PERU; Que, los bienes donados consisten en 16 pallets conteniendo suplementos médicos: Ensure plus - suplemento nutricional x 1000 ml. y Perative -suplemento