Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2006 (24/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 24 de MORDAZA de 2006

del 2006 la Procuraduria Publica Regional interpone Apelacion la cual es admitida con fecha 3 de MORDAZA del 2006, encontrandose en estos momentos para resolverse por la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA de Dios; Que, la Direccion Regional de Asesoria Juridica mediante Oficio Nº 199-2006-GOREMAD/OAJ de fecha 1 de junio del 2006, recomienda que la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que en vista a no encontrarse consentida la sentencia de la causa materia de autos, se espere a la resolucion de vista que resolvera en MORDAZA instancia la demanda de accion de cumplimiento interpuesta por el Sindicato Unico de Trabajadores de la Educacion MDD, expediente tramitado ante el Primer Juzgado Mixto con Nº de Registro 137-2004-1JM-PJ; Por lo que; el Consejo Regional luego del analisis y debate correspondiente, y con dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 27783 Ley de Bases de Descentralizacion y en uso de las atribuciones contenidas en el articulo 15º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada segun Ley Nº 27902, y conforme a lo establecido en la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y "Directiva para la Ejecucion del MORDAZA Presupuestario de los Gobiernos Regionales para el Ano Fiscal 2006", aprobado por Resolucion Directoral Nº 002-2006-EF/76.01; Ley Nº 28750; ACUERDA: Articulo 1º.- La INCORPORACION, de los fondos provenientes del Credito Suplementario aprobado por Ley Nº 28750, al Pliego 454 Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. Articulo 2º.- INCORPORESE, previa sentencia judicial consentida a expedirse por la Sala Mixta de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA de MORDAZA, los fondos provenientes de Creditos Suplementarios al Pliego 454 Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para el pago de los devengados correspondiente al Decreto de Urgencia Nº 037-1994-PCM, sobre Bonificacion Especial aplicada al sector de Educacion de MORDAZA de MORDAZA tanto para el personal activo y cesante. Articulo 3º.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial el cumplimiento del presente teniendo en cuenta que la distribucion de la Bonificacion Especial es para los servidores de la administracion publica del sector de educacion activos y no para las plazas que se encuentren vacantes. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA a los cuatro dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA DE LA MORDAZA DEL MAESTRO MORDAZA Presidente Regional 00339-2

14 de MORDAZA del ano 2006 y el Informe 1146-2006-10-GAJ/ MSI de fecha 12 de MORDAZA del ano 2006; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme lo establece el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la Ordenanza Nº 105-MSI aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad de San MORDAZA, modificado por Ordenanzas Nº 120-MSI y Nº 138-MSI, y mediante Decreto de Alcaldia Nº 002 del 28 de febrero del 2006 se aprobo su Texto Ordenado; Que, las modificaciones solicitadas se enmarcan en lo dispuesto en la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y en la Resolucion Jefatural Nº 248-2006-JEF/RENIEC, que revoca las facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o) y q) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497 que por encargo tenian las Oficinas de Registro del Estado Civil de las municipalidades; Que, estas modificaciones se refieren a la desactivacion de la Subgerencia de Registro Civil y a precisar las funciones que corresponden a la Secretaria General del Concejo; y, En uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se aprobo por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion de actas la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES - ROF Articulo 1º.- Aprobar la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de San MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 105-MSI y modificado por Ordenanzas Nº 120-MSI y Nº 138-MSI; que comprende eliminar los Articulos 80º y 81º y modificar los Articulos 74º, 76º y 77º, quedando redactados como se indica en el Anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Disponer que las modificaciones aprobadas entraran en vigencia al dia siguiente de la publicacion de la presente Ordenanza. Registrese publiquese y cumplase. Dado en San MORDAZA, a los veinte dias del mes de MORDAZA del ano dos mil seis. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 161-MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA Vistos, en Sesion Ordinaria de fecha 18 de MORDAZA del ano 2006, el Dictamen Nº 062-2006-CAJ/MSI de fecha

ANEXO DE LA ORDENANZA Nº 161-MSI MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA (Aprobado por Ordenanza Nº 105-MSI y modificado por Ordenanzas Nºs. 120-MSI y 138-MSI) Los Articulos 74º, 76º y 77º del Capitulo I, Titulo Octavo del Reglamento de Organizacion y Funciones-ROF, quedan redactados de la siguiente forma: CAPITULO I SECRETARIA GENERAL DEL CONCEJO Articulo 74º.- La Secretaria General del Concejo Municipal es el organo de apoyo a las acciones

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