Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2006 (24/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano lunes 24 de MORDAZA de 2006

traslade a la administracion sus inquietudes, aportes y criticas, dentro de una politica de apertura y promocion de la participacion ciudadana; Que, la funcion vigente que se encuadraria en dicho supuesto, es la de "proponer al Superintendente Nacional la expedicion de las directivas que estime convenientes para el mejor funcionamiento de cada Registro", la misma que, al restringir la participacion de los Consejos Consultivos vinculandola con la expedicion de directivas, conviene reformularla al MORDAZA de lo establecido en el considerando precedente; Que, constituyendo el Consejo Consultivo un ente de intermediacion mediante el cual se hace de conocimiento de la entidad, las inquietudes de la ciudadania, es prescindible la participacion de un representante de la Sede Central de la SUNARP en los Consejos Consultivos de las Zonas Registrales; Que, en atencion a los principios de transparencia y de rendicion de cuentas, es oportuno establecer un mecanismo periodico que permita difundir o conocer los logros del ejercicio por parte del Consejo Consultivo; Que, mediante Resolucion Nº 027-2002-SUNARP/SN, de 17 de enero de 2002, se constituyo el Consejo Consultivo de la entonces Oficina Registral de Ucayali, hoy MORDAZA Registral Nº VI ­ Sede Pucallpa, estableciendose adicionalmente sus funciones, su composicion y sus normas de organizacion interna; Que, mediante Resolucion Nº 460-2003-SUNARP/SN, de 24 de setiembre de 2003, se constituyo el MORDAZA Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº VI ­ Sede Pucallpa; Que, conforme al contenido de los Oficios Nº 01672006/Z.R.NºVI-SP-JEF, de 30 de MORDAZA de 2006 y Nº 02012006/Z.R.NºVI-SP-JEF, de 15 de junio de 2006, remitidos por el Jefe de la MORDAZA Registral Nº VI ­ Sede Pucallpa, las instituciones que conforman el Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº VI ­ Sede Pucallpa han renovado su compromiso de participar activamente en el; Que, mediante el citado Oficio Nº 0201-2006/ Z.R.NºVI-SP-JEF, se alcanza la propuesta de los integrantes del MORDAZA Consejo Consultivo; Estando a lo dispuesto por el literal v) del articulo 7º del Estatuto de la Sunarp, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS y por la Resolucion Nº 5992002-SUNARP/SN; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar los articulos 3º y 4º de la Resolucion Nº 027-2002-SUNARP/SN, conforme al siguiente texto: "Articulo 3º.- El Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº VI ­ Sede Pucallpa estara integrado por: a) Un representante de la Camara de Comercio, Industria y Turismo de Ucayali. b) Un representante del Colegio de Abogados de Ucayali. c) Un representante del Colegio de Ingenieros del Peru ­ Consejo Departamental de Ucayali. d) Un representante del Colegio de Notarios de Ucayali. e) Un representante de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo. f) Un representante del Gobierno Regional de Ucayali. El mandato de los miembros sera por un ano, computado a partir de la fecha de instalacion del Consejo Consultivo, pudiendo ser renovado por un periodo similar. El Consejo podra invitar a las sesiones al funcionario o autoridad que estime pertinente. Articulo 4º.- Son funciones del Consejo Consultivo, las siguientes: a) Emitir opinion con caracter ilustrativo, en los asuntos que le MORDAZA solicitados por el Superintendente Nacional, el Superintendente Adjunto o el Directorio de la SUNARP. b) Actuar, a solicitud del Presidente del Tribunal Registral, como organismo tecnico consultor de apoyo al mismo, en las materias vinculadas al contenido y alcance de las normas aplicables a la funcion registral. c) Proyectar y/o emitir opinion cuando asi se solicite, sobre la normativa que debe dictar la SUNARP, a fin de hacer mas eficiente la funcion registral.

d) Canalizar las iniciativas de los usuarios con miras a optimizar el funcionamiento del servicio registral con el fin de que la SUNARP adopte las normativas o directivas que MORDAZA necesarias. Quedan exceptuados los titulos en calificacion, que no pueden ser objeto de consulta. e) Regir sus actos conforme a la presente MORDAZA legal y las que se aprueben para su mejor funcionamiento. f) Otras que le asigne el Superintendente Nacional." Articulo Segundo.- El Presidente del Consejo Consultivo, MORDAZA de terminar su periodo de gestion, presentara, en ceremonia publica, un Informe Anual conteniendo las actividades realizadas por dicho organo. Articulo Tercero.- Agradecer a los senores integrantes del MORDAZA Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº VI ­ Sede Pucallpa, por la valiosa gestion realizada en beneficio de la Institucion, durante el periodo 2003-2004. Articulo Cuarto.- Aprobar la designacion de los integrantes del Tercer Consejo Consultivo de la MORDAZA Registral Nº VI ­ Sede Pucallpa, para el periodo 20062007, el mismo que quedara conformado de la siguiente manera:
REPRESENTANTE MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA M. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kostyuk de MORDAZA MORDAZA Amayo MORDAZA ENTIDAD Camara de Comercio, Industria y Turismo de Ucayali Colegio de Abogados de Ucayali Colegio de Ingenieros del Peru ­ Consejo Departamental de Ucayali Colegio de Notarios de Ucayali Municipalidad Provincial de MORDAZA Portillo Gobierno Regional de Ucayali

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Publicos 00237-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban Presupuesto Institucional Modificado del Gobierno Regional correspondiente al ano fiscal 2006
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 228-2006-CR/RMDD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria llevada a cabo el dia catorce de junio del dos mil seis, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional. VISTO: El Proyecto de Presupuesto Institucional Modificado del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para el ano fiscal 2006, presentado por el Presidente Regional de MORDAZA de MORDAZA, en su calidad de Titular del Pliego y en cumplimiento a lo previsto segun articulo 43º literal f) de la Directiva Nº 011-2005-EF/76.01 de Programacion, Formulacion y Aprobacion de Presupuesto de los Gobiernos Regionales para el Ano Fiscal 2006; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 35º de la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, los Gobiernos Regionales tienen como competencia exclusiva la de aprobar su

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