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NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 320142El Peruano sábado 3 de junio de 2006 Aprueban donaciones destinadas a financiar actividades y desarrollo deestudios e investigaciones del InstitutoNacional de Ciencias Neurológicas y delInstituto Nacional de Salud del Niño RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 517-2006/MINSA Lima, 30 de mayo del 2006Visto, los Oficios Nº 356-2006-DG-OEPE/INCN del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas y Nº 1264- DG-091-OEA-62-DE-IESN-2006 del Instituto Nacional de Salud del Niño, solicitando la inclusión en el Presupuestodel Año 2006, las donaciones efectuadas por personas naturales y por las Fundaciones Ignacia Viuda de Canevaro y Vitol Charity; CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y de la Ley Nº 28652 que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, se expidió la Resolución Ministerial Nº 1008-2005 / MINSA, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2006, del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público; Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad, cuando provienen de las Fuentes de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito que se produzcan durante el año fiscal; Que, de acuerdo al artículo 69 º de la Ley N º 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobados por resolución del Titular de la Entidad, siendo el caso que tratándose de montos superiores a 5 UIT, la referida resolución se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad;FORMATO 2: Determinación de los PCC Etapa del Categoría y peligro Pregunta Pregunta Pregunta Pregunta Número de Proceso identificado 1 2 3 4 PCC FORMATO 3: Sistema de vigilancia o monitoreo del control de los PCC Punto Crítico Peligro Límites Vigilancia Acciones Registro de Control significativo críticosQué? Cómo? Frecuencia Quién?correctoras 09764 Que, la Unidad Ejecutora Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas, ha recibido donaciones efectuadas por la Fundación Ignacia Viuda de Canevaro para la atención de pacientes indigentes; Que, la Unidad Ejecutora Instituto Nacional de Salud del Niño, ha recibido donaciones efectuadas por personas naturales destinadas para pacientes de escasos recursos y por personas jurídicas como la Fundación Vitol Charity para la capacitación y perfeccionamiento así como para el desarrollo de estudios e investigaciones de la institución; Que, en dicho sentido resulta necesario incluir en el presupuesto del presente año, los mayores fondos públicos generados por las donaciones precitadas, en la Fuente de Financiamiento 13 Donaciones y Transferencias, hasta por la suma de CIENTO SIETEMIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 107 980.00); Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto; Con las visaciones del Viceministro de Salud y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en el numeral 42.1 del artículo 42º y el artículo 69 º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar las donaciones dinerarias provenientes de personas naturales y personas jurídicas, por un monto de CIENTO SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 107 980,00), destinados a financiar las actividades de Atención Especializada de Salud, Capacitación y Perfeccionamiento y el Desarrollo de Estudios e Investigaciones del Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas y el Instituto Nacional de Salud del Niño. Artículo 2º.- Autorizar un Crédito Suplementario en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2006, hasta por la suma de CIENTO SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 107 980,00), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: (En Nuevos Soles) FUENTE DE FINANCIAMIENTO 13.00 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 3.0.0 TRANSFERENCIAS 107 980,00 3.1.0 T ransferencias 107 980,00 3.1.1 Internas: Del Sector No Público 5 167,00 3.1.1.001 Donaciones-Personas Jurídicas 5 000,00 3.1.1.002 Donaciones-Personas Naturales 167,00 3.1.3 Externas 102 813,00 3.1.3.030 Donaciones-Personas Jurídicas 102 813,00 TOTAL INGRESOS: 107 980,00 ==========