Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2006 (03/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano sabado 3 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

320129

Articulo 4º.- El incumplimiento de lo senalado en el articulo 3º de la presente Resolucion sera causal de caducidad del derecho otorgado o de aplicacion de las sanciones que pudieran corresponder, segun sea el caso. Articulo 5º.- Incorporar en el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, a la planta de congelado de productos hidrobiologicos de la empresa PACIFIC FREEZING COMPANY E.I.R.L, con la capacidad de congelado indicada en el articulo 1º de la presente Resolucion Directoral. Articulo 6º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion Regional de Produccion de MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero. 09793

Otorgan permisos a empresas para operar embarcaciones pesqueras de banderas salvadorena y venezolana en la extraccion de atun
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 151-2006-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2006 Visto los escritos con registro Nº 00027688 de fechas 28 de MORDAZA, 4 y 9 de MORDAZA del 2006, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA CARCOVICH MORDAZA, con domicilio legal en Av. MORDAZA Dasso Nº 126 Of. 304, Distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en representacion de la empresa extranjera CALVOPESCA EL MORDAZA S O CIEDAD ANONIMA DE CAPI TAL VARI ABLE (CALVOPESCA EL MORDAZA DE C.V.); CONSIDERANDO: Que el inciso c) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdiccionales peruanas, se efectuaran sobre el excedente de la captura permisible no aprovechada de recursos hidrobiologicos por la flota existente en el MORDAZA, sujetandose a los terminos y condiciones establecidos en la legislacion interna sobre preservacion y explotacion de los recursos hidrobiologicos y sobre los procedimientos de inspeccion y control, para lo cual los armadores extranjeros deberan acreditar domicilio y representacion legal en el pais; Que los articulos 44º y 45º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que el permiso de pesca es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, previo pago de los derechos correspondientes; Que el inciso c) del articulo 48º de la referida Ley dispone que la pesca en agua jurisdiccionales peruanas podra llevarse a cabo por embarcaciones de bandera extranjera para la extraccion de recursos de oportunidad o altamente migratorios o aquellos otros subexplotados que determine el Ministerio de la Produccion, mediante el pago de derechos por permiso de pesca; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003PRODUCE del 4 de noviembre del 2003, se aprobo el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, estableciendose en su numeral 7.3 del articulo 7º el monto

de los derechos de pesca para las embarcaciones pesqueras atuneras de bandera extranjera en US$. 50.00 (cincuenta dolares de los Estados Unidos de America) por cada tonelada de Arqueo Neto, por un periodo de tres (3) meses; Que mediante el escrito del visto, el senor MORDAZA MORDAZA CARCOVICH MORDAZA en representacion de la empresa CALVOPESCA EL MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE (CALVOPESCA EL MORDAZA S.A. DE C.V.), solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada "MONTELAPE" de bandera de la R e p u bl i c a d e E l S a l va d o r, l a c u a l c u e n t a c o n caracteristicas que se detallan en el siguiente cuadro, para la extraccion del recurso hidrobiologico atun, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las diez millas de la costa, con destino al consumo humano directo, equipada con redes de cerco de 41/2 pulgadas de longitud de abertura de malla, por un plazo determinado de tres (3) meses contados a partir de la fecha de notificacion de la presente resolucion; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, el recurrente acredita que la embarcacion pesquera "MONTELAPE", cumple con los requisitos sustantivos exigidos en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE asi como los requisitos exigidos en el procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resultaria procedente otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion mediante Informe Nº 127-2006-PRODUCE/DGEPP-Dch, y con la conformidad legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003PRODUCE, el Decreto Supremo Nº 008-2006PRODUCE; el procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE y publicado por Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa CALVOPESCA EL MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE (CALVOPESCA EL MORDAZA S.A. DE C.V.), representada en el MORDAZA por el senor MORDAZA MORDAZA CARCOVICH MORDAZA permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de cerco de bandera de la Republica de El MORDAZA, denominada «MONTELAPE», cuyas caracteristicas se detallan en el siguiente cuadro, para la extraccion del recurso hidrobiologico atun, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las diez (10) millas de la costa, con destino al consumo humano directo, equipada con redes de cerco de 41/2 pulgadas de longitud de abertura de malla, por un plazo determinado de tres (3) meses contados a partir de la fecha de notificacion de la presente resolucion.
NOMBRE DE LA EMBARCACION "MONTELAPE" Nº DE ARQUEO CAP. BOD. TAMANO MATRICULA NETO (m3) DE MALLA PROVISIONAL PU-056 617 1082 4 1/2" SIST. DE PRESERV. RSW

Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere el ar ticulo anterior, caducara automaticamente al vencer el plazo establecido en el citado articulo, por el cumplimiento de la cuota de esfuerzo pesquero que fije el Ministerio de la Produccion para la

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