Norma Legal Oficial del día 06 de junio del año 2006 (06/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano martes 6 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

320315

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario posteriores a su retorno al MORDAZA, el funcionario cuyo viaje se autoriza, debera presentar al titular de su Institucion un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 10038

Accion para la Integracion de la Infraestructura Regional Sudamericana - IIRSA". Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 10039

ENERGIA Y MINAS
Actualizan Bandas de Precios de combustibles y determinan Factores de Compensacion y Aportacion
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 077-2006-EM/DGH MORDAZA, 5 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designo como Administrador del Fondo a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 035-2005 se dispuso que la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 0102004, sera hasta el 29 de junio de 2006; Que, el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 0102004 dispone, que es obligacion del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periodicamente, en los plazos que establezca el Reglamento, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, el articulo 6º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF preve que el Administrador del Fondo debera publicar por lo menos una vez cada mes en el Diario Oficial El Peruano las mencionadas Bandas de Precios; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2005-EM se incluyo en la lista de productos referidos en el literal m) del articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 010-2004 los productos: Diesel y Petroleos Industriales utilizados por las generadoras en la generacion electrica; Que, con fecha 25 de MORDAZA de 2006, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la MORDAZA actualizacion de la Banda de Precio para el Diesel 2 y se mantuvo las Bandas de Precios para los demas combustibles, incluido los productos Diesel 2 GE, Petroleo Industrial Nº 6 GE y Petroleo Industrial 500 GE; Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF que aprueba las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004, asi como del Decreto de Urgencia Nº 019-2005 que amplia el plazo de vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Actualizar la Banda de Precio para la Gasolina de 84 y mantener las Bandas de Precios para los demas combustibles.

Ratifican Acuerdo de PROINVERSION que modifica Plan de Promocion de la Inversion Privada para entrega en concesion de tramos viales del Eje Multimodal del Amazonas Centro del IIRSA
RESOLUCION SUPREMA Nº 034-2006-EF MORDAZA, 5 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 081-2003EF de fecha 7 de marzo de 2003 se ratifico el Acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, en virtud del cual se incorporo al MORDAZA de promocion de la inversion privada, las obras y el mantenimiento de la infraestructura de transporte multimodal de los proyectos incluidos en el "Plan de Accion para la Integracion de la Infraestructura Regional Sudamericana - IIRSA", para ser entregados en concesion bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el TUO aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96PCM y demas modificatorias, complementarias y reglamentarias; Que, por Resolucion Suprema Nº 206-2003-EF se ratifico el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION, mediante el cual se aprobo el Plan de Promocion de la Inversion Privada del MORDAZA MORDAZA referido, el mismo que fue modificado mediante Resolucion Suprema Nº 137-2005-EF de fecha 19 de octubre de 2005; Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION adoptado en sesion de fecha 16 de MORDAZA de 2006, se aprobo la modificacion al Plan de Promocion de la Inversion Privada del MORDAZA, el mismo que requiere ser ratificado mediante Resolucion Suprema; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 3 del Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y el Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSION en su sesion de fecha 16 de MORDAZA de 2006, conforme al cual se aprueba la modificacion al Plan de Promocion de la Inversion Privada para la entrega en concesion de los tramos viales del Eje Multimodal del Amazonas Centro del "Plan de

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